Resolución N° 174 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-17 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881760370

Resolución N° 174 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-17

Fecha17 Enero 2012
Número de resolución174
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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Corporación Autónoma
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or a cua se IniCiaun sanciona ono
y
se es a eean o ras ISPOSIClones.
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLlMA"
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 99 de
1993, y demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES Y HECHOS:
El Decreto 4741 de 2005 por medio del cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los
residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral,
establece:
Artículo 27°, Del Registro de Generadores. El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y
Desarrollo Territorial expedirá dentro de los seis (6) meses siguientes a la
entrada en vigencia del presente decreto, el acto administrativo sobre el Registro
de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, de acuerdo con los
estándares para el acopio de datos, procesamiento, transmisión, y difusión de la
información que establezca ellDEAM para tal fin.
Artículo 28°. De la Inscripción en el Registro de Generadores. Los
generadores de residuos o desechos peligrosos están obligados a inscribirse en el
Registro de Generadores de la autoridad ambiental competente de su jurisdicción,
teniendo en cuenta las siguientes categorlas y plazos:
Categorías:
a) Gran Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en una
cantidad igualo mayor a 1,000.0 kg/mes calendario considerando los periodos de
tiempo de generación del residuo y llevando promedios ponderados y media móvil
de los últimos seis (6) meses de las cantidades pesadas.
b) Mediano Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igualo mayor a 100.0 kg/mes
y
menor a 1,000.0 kg/mes calendario
considerando los periodos de tiempo de generación del residuo y llevando
promedios ponderados y media móvil de los últimos seis (6) meses de las
cantidades pesadas.
c) Pequeño Generador. Persona que genera residuos o desechos peligrosos en
una cantidad igualo mayor a 10.0 Kg.lmes
y
menor a 100.0 kg/mes calendario
CJ- considerando los períodos de tiempo de generación del residuo y ¡levando
Dirección Territorial
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Dirección TenitOriiil1 f)lrección Territona/l {)irección Tenitorfal
5tJr: Norte:. Suroriente: Oriente:
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