Resolución N° 1771-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 14-08-2023 - Normativa - VLEX 942583038

Resolución N° 1771-4 de la Gaceta Ambiental ANLA, 14-08-2023

Fecha14 Agosto 2023
Fecha de publicación07 Septiembre 2023
Número de resolución1771-4
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1771
(14 AGO. 2023)
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Por la cual se efectúa un ajuste vía seguimiento y se adoptan otras determinaciones
EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES ANLA
En uso de sus facultades legales asignadas en la Ley 99 de 1993, la Ley 1437 de 2011, el Decreto-
ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, el Decreto 376 de
11 de marzo de 2020, la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021, Resolución 1223 del 19 de
septiembre de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 1712 de 29 de agosto de 2006, el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial MAVDT (hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible), en
adelante Ministerio, otorgó Licencia Ambiental a la sociedad Meta Petroleum Ltd., para el proyecto
"Construcción y Operación de la Línea de Conducción de Hidrocarburos desde el Campo Rubiales
ubicado en jurisdicción del municipio de Puerto Gaitán - departamento del Meta hasta las facilidades
del CPF Cusiana ubicado en el municipio de Tauramena - departamento de Casanare.
Que a través de la Resolución 1500 del 27 de agosto de 2008, el Ministerio, autorizó la cesión de la
Licencia Ambiental otorgada a la sociedad Meta Petroleum Ltd, a favor de la sociedad Oleoducto de
los Llanos Orientales S.A. - ODL, para el proyecto “Construcción y operación de la Línea de
conducción de hidrocarburos Campo Rubiales CPF Cusiana”.
Que por Resolución 1617 del 17 de septiembre de 2008, el Ministerio, modificó la Resolución 1712 del
29 de agosto de 2008, en el sentido de autorizar la derivación denominada “El Viento- Estación
Monterrey”, aprueba unas actividades, modifica permisos de uso y aprovechamiento de los recursos
naturales renovables e impone unas obligaciones.
Que mediante la Resolución 1623 del 19 de agosto de 2010, el Ministerio, modificó la Resolución 1712
de 29 de agosto de 2006, en el sentido de adicionar actividades relacionadas con la construcción y
operación de dos (2) estaciones de rebombeo; concesión de aguas superficiales; permiso de
vertimientos; compensación por afectación paisajística, fauna y flora; permiso de emisiones
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atmosféricas; ajuste a las fichas del Plan de Manejo Ambiental; aprobación transitoria del Plan de
Inversión del 1%; además se adicionan obligaciones asociadas con los registros de los volúmenes de
residuos sólidos producidos y entregados, el uso de fibras naturales, entre otros.
Que a través de la Resolución 553 del 7 de junio de 2013, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, modificó el numeral tercero del Artículo Quinto de la Resolu ción 1712 del 29 de agosto
de 2006, en el sentido de adicionar actividades relativas al Plan de Contingencias.
Que por medio de la Resolución 182 del 28 febrero de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, modificó la Resolución 1712 del 29 agosto de 2006, en el sentido de adicionar
actividades de expansión de la Estación de rebombeo de Rubiales, Corocora y Jaguey; construcción
y operación de campamentos entre otras.
Que mediante la Resolución 1202 del 15 de octubre de 2014, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, modificó el numerales 2 y 4, del Artículo Primero de la Resolución 182 del 28 de febrero
de 2014, en el sentido de realizar anualmente capacitación y/o divulgación a las comunidades del área
de influencia del Proyecto el Plan de contingencias. De igual manera se modificó el literal f del Artículo
Primero de la Resolución 1623 de 19 de agosto de 2010 con relación a la construcción de la
infraestructura eléctrica.
Que a través de la Resolución 619 del 28 de mayo de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, modificó la Resolución 182 del 28 febrero de 2008, relacionado con los ajustes de la
Ficha del PMA del medio Biótico BS-3 Manejo de Fauna.
Que mediante la Resolución 1002 del 12 de septiembre de 2016 la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales modificó la Resolución 1712 del 29 de agosto de 2006, con relación a la concesión de
aguas subterráneas para los pozos profundos perforados en las estaciones de rebombeo Corocora y
Jagüey; aprovechamiento forestal, para la Estación Trompillos; ajustes a las fichas del medio Abiótico
y Socioeconómico; información asociada a la evaluación económica; ajustes al valor de la inversión
del 1%
Que a través de la Resolución 450 del 2 de abril de 2018, la Autoridad Nacional de Lic encias
Ambientales modificó la Resolución 1002 del 12 de septiembre de 2016, modificatoria del artículo
tercero de la Resolución 1712 del 29 de agosto de 2006, con relación a la concesión de aguas
subterráneas para los pozos profundos en las estaciones de rebombeo Corocora y Jaguey.
Que mediante la Resolución 2233 del 3 de diciembre de 2018, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, modificó la Resolución 1617 del 17 de septiembre de 2008, con relación a la obligación
forzosa de no menos del 1%.

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