Resolución N° 1788 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2021-06-15 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881809376

Resolución N° 1788 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2021-06-15

Número de resolución1788
Fecha15 Junio 2021
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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SEDE CENTRAL
Dirección Territorial Sur
.
Dirección Territorial Norte:
Dirección Territorial Oriente(
Dirección Territorial
Av Del Ferrocarril con Calle 44 Esquina
Extensión: 401 • 406
Extensión 400- 408
Extensión 403-409
Sur Oriente(
Teléfonos: (578)2653260 • 2655444 - 2657775 -2655452-2655445-2660101.
Telefax' (578)1462779
Telefax
-
1578)- 1890014
Telefax: (578)1456876
Extensión 402 -407
2640517 • 2660149 2657186
2654940 - 1654555 - 2654554-26S5378
CC. (oloromo Cm. ONO.
Calle 20 Sur No 6-81
Calle 6 No. 23 • 37 segundo piso,
Telefax: (578)1181104
Linea Nacional: 018000956666 desde el resto del Poli
cortolimaPcortolima.covco
INeb, www.cyfloiimoqov.co
- 24/18 Ofi.
301-310,
Chaparral • Tolima
Avenida las Palmos Predio
Casa Verde
Lérida • Tolima
Melgar • Tolima
Cra. 9 No. 8 • 110,
Purificación - Tolima
lbagué
Tolima - Colombia
RESOLUCIÓN
iiar178
8
MUN2021 )
"Por medio del cual se resuelve un recurso de reposición y se dictan otras disposiciones"
El DIRECTOR GENERAL (E) DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL
TOLIMA — CORTOLIMA-
Corporación Autónoma
Regionat
ToMna
En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las estipuladas en la Ley
99 de 1993, Ley 1437 de 2011, Acuerdo No. 006 del 21 de mayo de 2021, demás normas
concordantes y,
CONSIDERANDO
OBJETO
Entra al Despacho la presente actuación administrativa con el fin de resolver el recurso de
reposición presentado por el administrador principal de la Sociedad Organización ROA FLOR
HUILA S.A., hoy ORF S.A. identificada con Nit. No. 891.100.445-6, en contra de la Resolución
Cortolima No. 2258 del 23 de noviembre de 2020, que dispuso negar la licencia ambiental a
la Sociedad ORF S.A. para la operación de una bodega para el almacenamiento de insumos
agrícolas ubicada en la Calle 11 con Carrera 9B y 9C del Municipio de Saldaña en el
Departamento del Tolima, por encontrarse ubicada en zona residencial de consolidación
(ZRC) para la cual únicamente se permite los usos residencial y comercial y en zona de uso
múltiple (ZUM) para lo cual se permite los usos residencial, comercial e institucional,
considerando no viable la actividad a desarrollar. A lo anterior se procede con base en los
siguientes:
ANTECEDENTES
Que el día 22 de enero de 2009, el Molino Flor Huila S.A. solicitó el Plan de Manejo Ambiental
de la Bodega de Molino Flor Huila S.A., para la construcción y operación de la bodega de
insumos agrícolas de la empresa Flor Huila localizada en el Municipio de Saldaña.
(Tomo 1, Fls
1-44)
Que la sociedad solicitante aportó oficio del 16 de junio de 2008 suscrito por el Secretario de
Planeación e Infraestructura del Municipio de Saldalña en el cual informó que el lote ubicado
en la Calle 11 entre Carrera 9B y 9C, está catalogado según el Esquema de Ordenamiento
Territorial (E.O.T.) como Zona de Uso Múltiple (ZUM).
(Tomo 1, Fi.
49)
Que la sociedad solicitante allegó el Estudio Geotécnico, como estudio de suelos para el
desarrollo de la construcción de bodegas para el almacenamiento y distribución de insumos
agrícolas.
(Tomo 1, Fls 54-128)
Que la Oficina Asesora Jurídica de la Corporación, a través del Auto No. 802 del
4
de junio de
2009, inició el trámite de licencia ambiental solicitado por el Molino Flor Huila S.A. con Nit. No.
891.100.190-3 para la operación de una bodega de insumos agrícolas en el Municipio de
Saldaña.
(Tomo 1, Fls. 132-134)
Que mediante los conceptos técnicos del 13 de octubre y 13 de noviembre de 2009, la
Subdirección de Calidad Ambiental de la Corporación al evaluar el Plan de Manejo Ambiental
recomendó acoger el Plan dejando de presente una serie de recomendaciones para el mismo.
(Tomo 1, Fls 146-162)
RESOLUCIÓN 1
t1788
"
ITJUN 2021 )
"Por medio del cual se resuelve un recurso de reposición y se dictan otras disposiciones"
Corporación Autónoma
Regional del Tniima
Que la Oficina Asesora Jurídica a través de Mensaje interno No. 58 del 14 de enero de 2010
devolvió el concepto técnico al área de Subdirección de Calidad Ambiental, por cuanto el
mismo no cumplía con los requisitos como era la firma del informe y el concepto se
direccionada a la evaluación de un Plan de Manejo y no sobre el trámite iniciado como lo era
la Licencia Ambiental. De igual manera se solicitó que se precisara la aptitud del uso del suelo,
teniendo en cuenta que la bodega pretendía ser desarrollada en zona urbana.
(Tomo 1, Fl. 163)
Que la Subdirección de Calidad Ambiental, remitió informe técnico del 21 de septiembre de
2010 en el cual se realizó la evaluación de la documentación para la Licencia Ambiental de la
bodega para insumos agrícolas y en la que se precisó que se debía requerir al Molino Flor
Huila para que allegara entre otros documentos el certificado del uso del suelo expedido por
la Secretaría de Planeación Municipal e Infraestructura, donde se indica que el sitio donde se
pretende construir la bodega para el almacenamiento de insumos agrícolas está catalogado
según esquema de Ordenamiento Territorial como zona de Uso Múltiple, con uso
condicionado y la aprobación de este tipo de proyecto está sujeto al consentimiento directo
de planeación municipal, que este certificado afirma que solo se podrá desarrollar
comercialización de agro insumos, no habla de almacenamiento, para poder realizar
almacenamiento se debe allegar una copia de aprobación expedida por Planeación Municipal.
(Tomo 1, FI. 165-173)
Que la Oficina Asesora Jurídica a través del Auto No. 402 del 25 de enero de 2011, requirió
al Molino Flor Huila S.A., conforme a lo expuesto en el concepto técnico del 21 de septiembre
de 2010.
(Tomo 2, FI. 174-176)
Que el Gerente de Planta de Molinos Flor Huila S.A., a través de oficio No. 8248 del 19 de
mayo de 2011, allegó el estudio de impacto ambiental y el certificado de uso del suelo de la
bodega de insumos.
(Tomo 2, FI 177-239, 240-372)
Que la Subdirección de Calidad Ambiental, a través del concepto técnico del 05 de julio de
2011 al realizar la visita de seguimiento ambiental y atendiendo la documentación allegada,
recomendó:
"(...) otorgar por tres (3) años Licencia Ambiental al Molino Flor Huila S.A. para
el funcionamiento de una bodega para el almacenamiento de productos agro químicos,
fertilizantes y semillas para su comercialización. Sin embargo se recomienda requerir al
Molino Flor Huila para que de manera inmediata allegue un certificado de uso del suelo
expedido por la Secretaría de Planeación Municipal de Saldaña para el año 2011. (...)"
(Tomo
2, FI. 375-384)
Que mediante mensaje interno No. 5395 del 09 de septiembre de 2011 la Oficina Asesora
Jurídica de la Corporación retornó el expediente para su revisión y complemento del concepto
técnico a la Subdirección de Calidad Ambiental, por cuanto no se analizó la aptitud del suelo,
conforme al esquema del ordenamiento del Municipio de Saldaña, no se solicitó conceptuar a
la oficina de planeación de la Corporación con el fin de determinar que actividades pueden
instalarse en el uso del suelo múltiple y por otra parte se precisó que el periodo de tres años
desconoce lo dispuesto en la norma ambiental la cual señala que la licencia ambiental es por
el termino de duración del proyecto.
(Tomo 2, FI. 385)
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SEDE CENTRAL
Av. Del ferrocarril con Calle 44 Esquino
Dirección Territorial Sur
Extensión: 401. 406
Dirección Territorial Norte
.
Extensión 400- 408
Dirección Territorial Oriente:
Extensión 403-409
Dirección Territorial
Sur Oriente:
Teléfonos)(578)2653260 - 2655444 - 2657775. 2655452 2655446 - 2660101 -
Telefax: (578)2462779
Telef03:(578)- 2890024
Telefax: (578)2456876
Extensión 402.407
2640517 - 2660149 - 2657186 - -2654940 - 2654555 )2654554 - 2655378
C.C. Kalarama &a. 8 No.
Calle 20 Sur No 6-81
Calle 6 No. 13 - 37 segundo piso,
Telefax: (578)1281204
Lineo Nacional: 018000956666 desde el resto del País
E-Mail: cortolimoPcortolimpeovco - Web: znvw.cortolima.00v.co
7.24/28 Ofi. 301-310,
Chaparral- Tolima
Avenida las Palmas Predio
Caso Verde
Lérida. Tolima
Mei, • Tolima
Cra. 9 No. 8- 120,
Purificación
Tolima
lbagué - Tolima - Colombia

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