Resolución N° 1799 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-05-04 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881786461

Resolución N° 1799 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2011-05-04

Fecha04 Mayo 2011
Número de resolución1799
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
)J
RESOLUCIÓN!QÓlnERO.1 .7- _9- 9..
O4 MAY70H
Por la cual se niega una Licencia Ambiental y se establecen otras
disposiciones.
Corporadóo Autónoma
Regiona! d(¡i TcUma
LA DIRECTORAGENERAL DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA
REGIONALDEL TOLlMA"CORTOLIMA"
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 99 de
1993, demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que bajo el número de radicación 12813 de septiembre 9 de 2010 GESTiÓN
INTEGRAL AMBIENTAL DEL TOLlMA - (3IATOL - S.A.S. con NIT
900.367.316-2 solicita dar inicio al trámite de Licencia Ambiental para el
almacenamiento de residuos peligrosos que se realizará en la carrera 45 sur
Número 150-30 de la ciudad de Ibagué, dándose inicio al trámite de evaluación
en auto 4940 de septiembre de 2{)10, modificado con el auto 5100 de
septiembre 28 de 2010.
Que bajo el número de radicación 17623 de diciembre 3 de 2010 GIATOL
S.A.S. solicita pronunciamiento de fondo respecto al permiso de Licencia
Ambiental en lo concerniente a la ejecución de las actividades de recolección y
transporte de residuos hospitalarios peligrosos, dejando a un lado la actividad
de almacenamiento, por lo que esta Corporación en Resolución 4568 de
diciembre 13 de 2010 acogió el Plan de (3estión Integral de Residuos
Hospitalarios y Similares PGIRHS para la recolección y transporte de este tipo
de elementos, sin otorgarse Licencia Ambiental para la actividad de
almacenamiento hasta tanto la Secretaría de Planeación de Ibagué determine
el uso del suelo para la actividad que se pretende desarrollar.
Que en oficio 21192 de noviembre 29 de 2010 esta Corporación solicita a la
Secretaría de Planeación de Ibagué aclarar el concepto sobre el uso del suelo,
para la actividad de almacenamiento de residuos peligrosos, que pretende
desarrollarse en el predio ubicado en la carrera 45 sur número 150 -30 del
Barrio Picaleña y que en comunicación pasada de la misma secretaría se
clasificó como comercio pesado al indicarse que la actividad únicamente
consistía en almacenamiento de residuos, sin indicarse la calificación de éstos.
Que en oficio 10740 de diciembre 17 de 2010 la Secretaría de Planeación
Municipal establece nuevamente que la actividad "Bodega de Residuos
Peligrosos", clasificada como comercio pesado de cobertura urbana, es
(1. compatible con el uso sobre el corredor vial.
-l:
~I¡"
SEDECENTRAL: Direcdón Territorial Dirección Territorial Dirección Territorial DirecciónTerritorial
Cra.58. Av. Del Ferrocarril, Calle44 Sur: Norte: Suroriente: Oriente:
Tels.: (8) 2654551/52/54/55 CC KalaramJJ era. 6No. 4 -37 Calle 7No. 22 - 61 era. 4No. 88 - 27
Fax: (8) 2654553 - 2700120 era. 8No. 7 - 24/28 BarriO Centro Piso 2TeJefax.: (8) 2281204
E-Mail: COItoIil1/alóJcortolima.oov.CrJ Ol 301-303 Telefax.: (8) 2530115 Telefax.: (8) 2456876 Puri/icadón
Web: I1Il1Iw.cOItoIima oov co Telefax.: (8) 2462779 AI771StJ GuayalJal Melgar
Ibague -ToIil11a -Colombia Chimarral

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