Resolución N° 1938 de la Gaceta Ambiental ANLA, 31-08-2023 - Normativa - VLEX 946227749

Resolución N° 1938 de la Gaceta Ambiental ANLA, 31-08-2023

Fecha de publicación02 Octubre 2023
Fecha31 Agosto 2023
Número de resolución1938
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1938
(31 AGO. 2023)
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Por la cual se acepta el desistimiento de unas líneas de inversión y se adoptan otras
disposiciones
EL ASESOR CODIGO 1020 GRADO 15 DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD
NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES ANLA
En uso de las facultades legales establecidas mediante la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993, el
Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, modificado por el Decreto 376 del 11 de marzo de
2020 y el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, y las Resoluciones 669 del 14 de abril de 2020,
1957 del 5 de noviembre de 2021 y 2795 del 25 de noviembre de 2022 de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Resolución 1844 del 21 de septiembre de 2010 el entonces Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, otorgó Licencia
Ambiental a la sociedad ECOPETROL S.A., para el proyecto Área de Perforación Exploratoria Trasgo,
ubicada en jurisdicción del municipio de San Martin de los Llanos en el departamento de Meta.
Que mediante el Auto 0124 del 21 de enero de 2014 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales,
realizó seguimiento al proyecto y efectuó requerimientos relacionados con la obligación de inversión
forzosa de no menos del 1%.
Que mediante la Resolución 0766 del 21 de mayo de 2018, esta Autoridad Nacional modificó la
Resolución 1844 del 21 de septiembre de 2010, en el sentido de ampliar el ámbito geográfico para
realizar la inversión del 1% en la zona hidrográfica del rio Meta.
Que por medio de la Resolución 2380 del 20 de diciembre de 2018, esta Autoridad Nacional resolvió
recurso de reposición contra la Resolución 766 de 21 de mayo de 2018, aclarando temas de la
inversión forzosa de no menos del 1%.
Que a través de la Resolución 1359 del 11 de julio de 2019, esta Autoridad Nacional aprobó la solicitud
de acogimiento al régimen de transición del numeral 2 del artículo 10 de la Resolución 256 del 22 de
febrero de 2018 modificó la Resolución No. 1844 del 21 de septiembre de 2010, en lo referente al
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“Por la cual se acepta el desistimiento de unas líneas de inversión y se adoptan otras dispo siciones
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cómo y dónde compensar negando el cambio de ámbito geográfico de la ejecución de las
compensaciones, entre otras determinaciones.
Que mediante la Resolución 1739 del 26 de octubre de 2020, esta Autoridad Nacional modificó la
Resolución 1844 del 21 de septiembre de 2010, en el sentido de aprobar el acogimiento al porcentaje
incremental contemplado en artículo 321 del Plan Nacional de Desarrollo - PND (Ley 1955 del 25 de
mayo de 2019)
Que por medio de la Resolución 1623 del 14 de septiembre de 2021, esta Autoridad Nacional modificó
el contenido del artículo sexto de la Resolución 2380 del 20 de diciembre de 2018 relacionado con la
ejecución y cumplimiento del Plan de Inversión Forzosa de no menos 1%.
Que a través del radicado 2023069273-1-000 del 31 de marzo de 2023, la sociedad ECOPETROL
S.A., presentó solicitud de desistimiento de varias líneas de inversión del plan de inversión forzosa de
no menos del 1% aprobadas mediante Resolución 1739 del 26 de octubre de 2020.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES.
El Decreto Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, cre la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, en los términos del artículo 67 de la Ley 489 de 1998, con autonomía
administrativa y financiera, sin personería jurídica, la cual hará́ parte del Sector Administrativo de
Ambiente y Desarrollo Sostenible.
De acuerdo con la función establecida en el numeral 1 del artículo 3o del citado Decreto Ley 3573 del
27 de septiembre de 2011, a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA le corresponde
otorgar o negar las licencias, permisos y tramites ambientales de su competencia, de conformidad con
la ley y los reglamentos y, consecuentemente, pronunciarse sobre las correspondientes
modificaciones a dichos instrumentos de manejo y control ambiental.
A través del Decreto 376 del 11 de marzo de 2020, modific la estructura de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales ANLA, y estableció en el artículo segundo las funciones del Despacho de la
Dirección General de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.
A través de la Resolución 669 del 14 de abril de 2020 se nombró al servidor público EDILBERTO
PEÑARANDA CORREA, en el empleo de libre nombramiento y remoción de Asesor, código 1020,
grado 15, adscrito a la Dirección General de la planta global de la ANLA.
A través de la Resolución 1957 del 5 de noviembre de 2021 se adoptó el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales - ANLA.
Mediante el numeral 6 del artículo 1 de la Resolución 02795 del 25 de noviembre de 2022, “Por la cual
se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones”, se deleǵ en el Asesor Código 1020 Grado
15 del Despacho del Director General, la función de suscribir los actos administrativos que aprueben
los planes de compensación y de no menos del 1%.

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