Resolución N° 1946 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-06-04
Número de resolución | 1946 |
Fecha | 04 Junio 2012 |
Emisor | SJ-SUBD. JURIDICA |
(RESOLUCI
Corporación Autónoma
Regional del Tolima
n '
'!JN 2012
"Por el cual se cobra tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental y se ordenan
otras medidas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL
DEL TOLIMA "CORTOLIMA"
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 2885 de Julio 21 de 2011, CORTOLlMA Otorgo a
PETROBRAS COLOMBIA L1MITED con NIT 860.521.658-1, permiso de ocupación
de cauce de las Quebradas La Lindera y Zanja Honda para la construcción de la
aleta en concreto sobre el punto de control No. 7, en el predio Las Juntas y Rancho
Panda, ubicado en la Vereda el Águila del Municipio de Melgar, Departamento del
Tolima.
Que la Subdirección de Calidad Ambiental de CORTOLlMA, emitió el Concepto
de abril 19 de 2012, por un funcionario de CORTOLlMA, mediante el cual se
reaiizó la iiquidación del cobro por concepto del servicio de seguimiento ambiental
del proyecto y se estableció:
corresponde a las autoridades ambientales recaudar, conforme a la ley, las
contribuciones, tasa, derechos, tarifas
y
multas por concepto del uso
y
aprovechamiento de los recursos naturales renovables
y
fijar su monto en el
territorio de su jurisdicción.
tarifas que cobrarán las autoridades ambientales por los servicios de evaluación
y
seguimiento de los diversos instrumentos de manejo y control ambiental definidos
en la Ley y los regia mentas.
cálculo de las tarifas por los servicios de evaluación y seguimiento, estableció los
topes de cobro para proyectos, obras o actividades cuyo valor sea igualo superior
a 2.115 salarios mínimos mensuales (SMMV), la autoridad deberá cobrar el
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