Resolución N° 1993 de la Gaceta Ambiental ANLA, 06-09-2023 - Normativa - VLEX 947002777

Resolución N° 1993 de la Gaceta Ambiental ANLA, 06-09-2023

Fecha de publicación05 Octubre 2023
Fecha06 Septiembre 2023
Número de resolución1993
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA
RESOLUCIÓN 1993
(06 SEP. 2023)
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Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones”
EL SUBDIRECTOR DE INSTRUMENTOS, PERMISOS Y TRÁMITES AMBIENTALES DE
LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES (ANLA)
En uso de las facultades legales conferidas en la Ley 99 de 1993, el Decreto Ley 3573 de
2011 modificado por el Decreto 376 de 2020, el Decreto 1076 de 2015, las Resoluciones
02665 de 2022 y 02795 de 2022
CONSIDERANDO QUE:
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), mediante Auto 6501 del 22 de
agosto de 2023, dio inicio al trámite administrativo ambiental del Permiso de Estudio para
la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, solicitado por la empresa Ingenieros Consultores
Civiles y Eléctricos S.A.S. con sigla INGETEC S.A.S., y NIT. 860.001.986-1, conforme a la
solicitud efectuada a través de radicado con número VITAL 5600860001986123001 y ANLA
20236200487002 del 16 de agosto de 2023.
El referido acto administrativo fue notificado a la mencionada empresa el día 23 de agosto
de 2023, quedando debidamente ejecutoriado y publicado en la Gaceta de esta Autoridad
el día 24 de agosto de la misma anualidad, en cumplimiento del artículo 70 de la Ley 99 de
1993
1
.
La Subdirección de Instrumentos, Permisos y Trámites Ambientales de la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), adelantó el estudio técnico de la solicitud,
emitiendo el Concepto Técnico No. 5600 del 01 de septiembre de 2023, mediante el cual
se concluyó la viabilidad de otorgar a la empresa Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos
S.A.S. con sigla INGETEC S.A.S., Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes
de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales, en los términos y condiciones que se señalarán en la parte resolutiva del
presente acto administrativo.
1
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación
del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA y se dictan otras
disposiciones
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Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones
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CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Los artículos 56 y siguientes del Decreto Ley 2811 de 1974
2
, tratan del permiso para el
estudio de recursos naturales.
El artículo 58 ibídem, establece que mientras se encuentre vigente un permiso de estudios
no podrá concederse otro de la misma naturaleza, a menos que se refiera a aplicaciones
o utilizaciones distintas de las que pretenda el titular, ni otorgarse a terceros el uso del
recurso materia del permiso.
El Decreto 1076 de 2015
3
, reglamenta en el Libro 2, Parte 2, Título 2, Capítulo 9, Sección
2, el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de
la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios Ambientales.
El artículo 2.2.2.9.2.1. del mencionado Decreto, establece que toda persona que pretenda
adelantar estudios en los que sea necesario realizar actividades de recolección de
especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica en el territorio nacional, con
la finalidad de elaborar estudios ambientales necesarios para solicitar y/o modificar
licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones deberá
previamente solicitar a la autoridad ambiental competente la expedición de un permiso que
ampare la recolecta de especímenes que se realice durante su vigencia en el marco de la
elaboración de uno o varios estudios ambientales.
El parágrafo segundo de la citada norma prevé que la obtención del permiso constituye un
trámite previo dentro del proceso de licenciamiento ambiental y no implica la autorización
de acceso y aprovechamiento a recursos genéticos.
El artículo 2.2.2.9.2.2 del Decreto 1076 de 2015, define los Estudios Ambientales como
aquellos estudios que son exigidos por la normatividad ambiental, para la obtención o
modificación de una licencia ambiental o su equivalente, permiso, concesión o autorización
y cuya elaboración implica realizar cualquier actividad de recolecta de especímenes
silvestres de la diversidad biológica; y el Permiso de Estudios con Fines de Elaboración de
Estudios Ambientales, como la autorización previa que otorga la autoridad ambiental
competente para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de elaboración de estudios ambientales necesarios para solicitar y/o
modificar licencias ambientales o su equivalente, permisos, concesiones o autorizaciones.
El artículo 2.2.2.9.2.3 del Decreto en cita, fija la competencia de la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA), cuando de acuerdo con la solicitud del permiso las
actividades de recolección se pretendan desarrollar en jurisdicción de dos o más
autoridades ambientales.
Teniendo en cuenta que el Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales solicitado por la empresa Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A.S.
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“Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente”.
3
“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible”.
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Por la cual se otorga Permiso de Estudio para la Recolección de Especímenes de
Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración de Estudios
Ambientales y se toman otras determinaciones
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con sigla INGETEC S.A.S., se va a desarrollar a nivel nacional, es la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA) la competente para otorgar el Permiso en mención.
Conforme al análisis efectuado en el Concepto Técnico No. 5600 del 01 de septiembre de
2023, esta Autoridad considera viable otorgar a la empresa Ingenieros Consultores Civiles
y Eléctricos S.A.S. con sigla INGETEC S.A.S, Permiso de Estudio para la Recolección de
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración
de Estudios Ambientales, el cual incluye la autorización para la movilización de los
especímenes a ser recolectados, en los términos que se indicarán en la parte resolutiva del
presente acto administrativo.
Con relación a las metodologías para la recolección de especímenes y muestras de la
biodiversidad propuestas por la Ingenieros Consultores Civiles y Eléctricos S.A.S. con sigla
INGETEC S.A.S, para la obtención del Permiso de Estudio para la Recolección de
Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines de Elaboración
de Estudios Ambientales, objeto de la presente Resolución, esta Autoridad considera que
las mismas contienen un diseño de muestreo claro y acorde para lograr la caracterización
biótica del área de estudio de los diferentes proyectos o estudios ambientales, además son
las comúnmente utilizadas y apropiadas para procurar el adecuado uso de los recursos
biológicos.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), respecto a la metodología
«Instalación / Muestreo de parcelas permanentes» del grupo vegetación terrestre, advierte
que no será incluida en las técnicas de recolección autorizadas, atendiendo a que no se
encuentra dentro del ámbito de aplicación del permiso y obedece a una medida de manejo
que la empresa deberá considerar y tramitar dentro del instrumento de manejo ambiental
correspondiente, conforme al análisis del numeral 3.3.1 del Concepto Técnico No. 5600 del
01 de septiembre de 2023.
Respecto a las técnicas de muestreo «Trampas de caída», «Trampas Winkler», «Captura
manual», «Trampas de caída con atrayente», «Jama o red entomológica», «Anzuelos»,
«Trasmallos» y «Recolección manual» de los grupos biológicos Artrópodos terrestres,
Ictiofauna marina, Peces, Bentos de fondos blandos y Artrópodos voladores; se evidenc
que no hay plena correspondencia entre lo consignado en el FUN y el documento anexo
metodológico, por lo que se realizarán ajustes al diseño de muestreo de las referidas
técnicas en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Lo anterior, conforme al
análisis del numeral 3.3.2 del Concepto Técnico No. 5600 del 01 de septiembre de 2023.
Con relación al método de marcaje de fauna mencionado en el documento anexo
metodológico, no será autorizado puesto que el marcaje de individuos no constituye un
procedimiento contemplado dentro del ámbito de aplicación del Permiso de Estudio para la
Recolección de Especímenes de Especies Silvestres de la Diversidad Biológica con Fines
de Elaboración de Estudios Ambientales, de acuerdo con el numeral 3.3.3 del Concepto
Técnico No. 5600 del 01 de septiembre de 2023.
En lo que corresponde a los métodos de sacrificio, preservación y movilización de
especímenes y muestras de especímenes propuestos, esta Autoridad considera que, en

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