Resolución N° 1999 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-12-27 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881754512

Resolución N° 1999 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2002-12-27

Fecha27 Diciembre 2002
Número de resolución1999
EmisorCA-SUBD. CALIDAD AMBIENTAL
RESOLUCION No DE 2002
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7
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{002
Por la cual se acoge un Plan de Manejo Ambiental como instrumento de Seguimiento
Ambiental
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTO NOMA REGIONAL DEL TOLIMA
CORTOLIMA
En ejercicio de sus funciones Legales especialmente conferidas por la Ley 99 de 1993,
Decreto 1728 de 2002, y demás normas concordante s y
CONSIDERANDO
Que mediante oficio radicado con el numero 08803 de fecha 30 de Octubre de 2000, el
señor German Borray, identificado con la cédula de ciudadanía No 14 .212.431 de Ibagué,
solicita a esta Corporación Licencia Ambiental para el proyecto denominado Estación De
Servicio Batatas, localizado en la vía Suárez- Espinal.
Que mediante oficio de fecha 30 de Julio de 2001, el señor German Borray Z, allega a
CORTOLIMA el Estudio de Impacto Ambiental de la Estación de Combustibles Batatas de
Terpel Sur S.A.
Que el Artículo 27 del Decreto 1728 del 06 de Agosto de 2002, establece la Cesación del
Trámite de la Licencia Ambiental y en el Parágrafo del mismo artículo contempla En
aquellos casos en que no se haya expedido las Guías Ambientales por el Ministerio del
Medio Ambiente y el peticionario haya entregado el Estudio de Impacto Ambiental del
Estudio correspondiente, la Autoridad Ambiental competente acogerá el Plan de Manejo
Ambiental del Estudio como instrumento sustitutivo de la Guía Ambiental para efectuar el
respectivo seguimiento.
Igualmente el mismo artículo en el inciso 3 consagra que el beneficiario debe tramitar y
obtener previamente, ante la respectiva autoridad ambiental competente, los Permisos,
Concesiones o Autorizaciones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos
naturales renovables.
Que la Corporación Autónoma Regional del Tolima CORTOLIMA teniendo en cuenta que el
artículo 9 del Decreto 1728 no contempla las Estaciones de Servicio, dentro de la
obligación de obtener Licencia Ambiental, en consecuencia es procedente acoger el Plan
de Manejo Ambiental presentado para la Estación de Servicio de Combustibles Batatas de
Terpel Sur S.A., localizada en Jurisdicción del Municipio de Suárez, como instrumento de
Seguimiento Ambiental, por corresponder y contener aspectos particulares del sector
donde se desarrollara el proyecto o la Actividad, además el Plan de manejo Ambiental
deberá ser complementado con la respectiva Guía Ambiental para el sector de la
distribución de Hidrocarburos (Guía Ambiental Para Las Estaciones de Servicio), debiendo
el expediente No 13003, pasar a la Subarea de Seguimiento de la Subdirección Ambiental
de CORTOLIMA.
"El Medio Ambiente no lo es todo, sin él, el todo es nada,
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Prese
Cra
5-
Avenida del Ferrocarril Calle
44
Conmutador:
2654551 - 52-54-55
A.A
E-mail: cortolim@bunde.tolinet.com.co
Web: www.cortolima.gov.co
Ibagué - Tolima

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