Resolución Nº 2.7895 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 12-03-2021 - Normativa - VLEX 910451653

Resolución Nº 2.7895 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 12-03-2021

Número de resolución2.7895
Fecha de publicación12 Septiembre 2022
Año2022
Fecha12 Marzo 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y DEL SAN JORGE,
CVS
RESOLUCIÓN Nº 2-7895
De Fecha: 12 de marzo del 2021
1
“POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA UNA LICENCIA AMBIENTAL”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS
VALLES DEL SINU Y DEL SAN JORGE CVS EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y
ESTATUTARIAS, Y,
CONSIDERANDO:
Que a través de oficio radicado CVS No. 7820 del 27 de diciembre de 2018, la empresa URRÁ
S.A. E.S.P. con NIT 800175746-9, representad a legalmente por e l señor RAFAEL JOSÉ
PIEDRAHITA DE LEÓN, identificado con cédula de ciudadanía No 6.873.549 de Montería,
Córdoba, presentó a la CAR CVS solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto denominado
“Parque Solar URRÁ 19,9 MW”, localizada en el Municipio de Tierralta, Departamento de
Córdoba.
Que, a través de Auto No. 10580 del 10 de enero de 2019, se inicia trámite de la solicitud de
Licencia Ambiental, y se ordenó remitir el expediente a la Subdirección de Gestión Ambiental de
la Corporación para evaluar el estudio de impacto ambiental y practicar visita al sitio de ser
necesario para así conceptuar la viabilidad Ambiental de la solicitud.
Que funcionarios de la CVS se trasladaron al mencionado predio para constatar los datos
contenidos en la solicitud de Licencia Ambiental presentada por la empresa URRÁ S.A. E.S.P.
con NIT 800175746-9, y determinar la viabilidad de este.
Que, como consecuencia de la visita de Evaluación, se emitió el Concepto Técnico ALP No.
2021 - 046 de fecha 05 de marzo de 2021, en el cual se recomendó aprobar Licencia Ambiental
a la empresa URRÁ S.A. E.S.P. con NIT 800175746-9, representada legalmente por el señor
RAFAEL JOSÉ PIEDRAHITA DE LEÓN, identificado con dula de ciudadanía No 6.873.549
de Montería, Córdoba, para desarrollo del proyecto denominado “Parque Solar URRÁ 19,9
MW”,, en el Municipio de Tierralta, Depart amento de Córdoba; el cual hace parte integral del
presente acto administrativo y se transcribe en su integridad a continuación desde los
antecedentes hasta las conclusiones y las recomendaciones se incorporan en la parte
resolutiva como obligaciones a cumplir por parte del el peticionario:
ANTECEDENTES
Mediante oficio radicado CVS No. 7820 del 27 de diciembre de 2018, la empresa URRÁ S.A.
E.S.P. identificado con NIT 800175746-9, representada legalmente por el señor RAFAEL JOSÉ
PIEDRAHITA DE LEÓN identificado co n C.C. 6.873.549 de Montería – Córdoba, presentó a la
CAR CVS solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto denominado “Parque Solar UR
19,9 mW”, localizada en el municipio de Tierralta – Córdoba, a la cual anexó la siguiente
documentación:
Formato único de solicitud de Licencia Ambiental
Certificado de existencia y representación legal
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CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y DEL SAN JORGE,
CVS
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De Fecha: 12 de marzo del 2021
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Copia de dula del representante legal
RUT
Estudio de Impacto Ambiental
Planos que soportan el EIA
Certificado del Ministerio del Interior sobre presencia o no de comunidades
Costos estimados de inversión y operación
Copia de radicación del documento exigido por el ICANH
Formato para verificación preliminar de documentación
Formulario único de aprovechamiento forestal
Copia de respuesta sobre necesidad de DAA
Mediante oficio radicado CVS No. 090.8315 del 28 de diciembre de 2018, la Subdirección de
Gestión Ambiental remite requerimiento de pago por concepto de evaluación ambiental a la
empresa URRÁ S.A. E.S.P. para el trámite de la Licencia Ambiental.
Mediante oficio radicado CVS No. 038 del 08 de enero de 2019, la empresa URRÁ S.A. E.S.P.
remite comprobante de pago por concepto de evaluación ambiental por valor de TREINTA Y
OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCO PESOS M/L
($38.398.105.oo).
Mediante solicitud interna del 09 de enero de 2019, la Subdirección de Gestión Ambiental,
requiere a la Subdirección de Planeación Ambiental, emisión de determinantes ambientales
para el proyecto “Parque Solar URRÁ 19,9 mW”.
El Auto No. 10580 del 10 de enero de 2019, da inicio al trámite de solicitud de Licencia
Ambiental efectuada por la empresa URRÁ S.A. E.S.P. para desarrollo del proyecto
denominado “Parque Solar URRÁ 19,9mW”.
Mediante nota interna del 11 de enero de 2019, la Subdirección de Planeación Ambiental
informa la Subdirección de Gestión Ambiental, que el proyecto “Parque Solar URRÁ 19,9 mW”,
cuenta con los siguientes determinantes ambientales:
De acuerdo al POMCA Sinú el polígono de interés:
- Se encuentra zonificado como Áreas de recuperación ambiental con sistemas
productivos que no están acordes en colinas y montañas.
- Se encuentra en un 14.4% en zona de BAJA amenaza por inundación y el 88.6% en
zona de MEDIA amenaza por inundación.
- Se encuentra ubicado en la Cuenca del río Sinú.
- El polígono se encuentra en un 54.4% en zonas de cobertura vegetal de bosque
abierto bajo de tierra firme.
- Se encuentra en una zona con 65.7% con uso potencial producción forestal
protección, con conflicto muy alto y el 34.3% con uso potencial agrícola, con conflicto
alto.
De acuerdo al Plan General de Ordenación Forestal PGOF 2017, el polígono de interés
se encuentra zonificado como Área Protegida.
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De Fecha: 12 de marzo del 2021
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El polígono de interés se encuentra incluido en el Área Protegida correspondiente a la
zona de Reserva Forestal Ley 2 de 1959.
El polígono de interés se encuentra incluido en la categoría A. Resolución 1926 de 2013,
dentro de la zonificación del área protegida por Ley 2 de 1959.
Mediante oficio radicado CVS No. 090.104 del 11 de enero de 2019, la Subdirección de Gestión
Ambiental a través de Derecho de Petición, solicita a la Dirección de Bosques Biodiversidad y
Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, pronunciamiento
sobre necesidad de sustracción de Área Forestal de Ley 2da para el proyecto “Parque Solar
URRÁ 19,9mW”.
Mediante oficio radicado CVS No. 090.196 del 21 de enero de 2019, la Subdirección de Gestión
Ambiental notifica a la empresa URRÁ S.A. E.S.P. respecto a ejecución de visita de evaluación
ambiental a realizar el día 24 de enero de 2019.
Con el ánimo de fortalecer la gestión ambiental y en especial nuestro ejercicio como máxima
autoridad ambiental en el departamento de Córdoba, en la CAR-CVS contemplamos como
prioridad la optimización de los procesos operativos de control, evaluación y seguimiento
ambiental y en el ejercicio de estas actividades, profesionales adscritos a la Subdirección de
Gestión Ambiental el día 24 de enero de 2021 realizaron visita de evaluación ambiental.
Mediante oficio radicado CVS No. 090.571 del 20 de febrero de 2019, la Subdirección de
Gestión Ambiental a través de Derecho de Petición, REITERA solicitud a la Dirección de
Bosques Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, frente al pronunciamiento sobre necesidad de sustracción de Área Forestal de Ley
2da para el proyecto “Parque Solar URRÁ 19,9mW”.
Mediante oficio radicado CVS No. 090.593 del 22 de febrero de 2019, la Subdirección de
Gestión Ambiental a través de Derecho de Petición, solicita a la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales ANLA, pronunciamiento sobre necesidad de sustracción de Área Forestal de Ley
2da para el proyecto “Parque Solar URRÁ 19,9mW”.
Mediante oficio radicado ANLA 2019030002-2-000 del 11 de marzo de 2019, la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales informa a la CAR CVS que el polígono del proyecto “Parque
Solar ÚRRÁ 19,9 mW” no se superpone con proyectos licenciados por dicha autoridad.
Mediante oficio radicado MADS No. DBD-8201 del 12 de marzo de 2019 y radicado CVS No.
1445 del 19 de marzo de 2019, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible informa lo
siguiente:
“(…) considerando que el proyecto genera cambio en el uso del suelo de la reserva forestal,
se localiza en zona rural y tiene una extensión de 47 hectáreas, es necesario efectuar la
sustracción del área de la reserva forestal de manera previa al desarrollo del mismo…”
Mediante oficio radicado CVS No. 040.1.1077 del 27 de marzo de 2019, el Asesor de Dirección,
informa a la empresa URRÁ S.A. E.S.P. que para dar continuidad al trámite de Licencia

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