Resolución Nº 20 de Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a., 17-01-2020 - 17 de Enero de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851967069

Resolución Nº 20 de Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a., 17-01-2020

Fecha de publicación17 Enero 2020
Fecha de emisión17 Enero 2020
EmisorEmpresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.a.
Número de Gaceta6717
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6717 • pP. 1-12 • 2020 • ENERO 17
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EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
“TRANSMILENIO S.A.”
Resolución Número 0010
(Enero 8 de 2020)
“Por la cual se corrige un yerro de uno de los
artículos de la resolución 1347 de 2019 mediante
la cual se modifica el documento “P-SN-006
Gestión de artículos con las marcas registradas
de TRANSMILENIO S.A.” de la Subgerencia de
Desarrollo de Negocios”
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA
DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE
TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
“TRANSMILENIO S.A.”,
En ejercicio de sus facultades conferidas
mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo señalado en el artículo se-
gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS-
MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación
del servicio de transporte público masivo urbano de
pasajeros en el Distrito Capital y su área de inuencia,
bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni-
co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el
Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 prevé:
ARTÍCULO 45. CORRECCIÓN DE ERRORES FOR-
MALES. En cualquier tiempo, de ocio o a petición de
parte, se podrán corregir los errores simplemente for-
males contenidos en los actos administrativos, ya sean
aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión
de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a
cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá
los términos legales para demandar el acto. Realizada
la corrección, esta deberá ser noticada o comunicada
a todos los interesados, según corresponda.”
Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del
Sistema Integrado de Transporte Público, considera
necesario actualizar los Manuales de Procedimientos
de las diferentes dependencias de la Entidad, con el
objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen-
tales, necesidades y desarrollo del Sistema.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Corrección: corregir el artículo 1° el
cual quedará así:Derogar parcialmente la Resolu-
ción 440 del 16 de julio de 2018, mediante la cual se
había adoptado la versión 2 del documento “P-SN-006
Merchandising
ARTÍCULO 2°: Actualizar el documento siguiente con
la versión registrada a continuación:
Código Versión Nombre
P-SN-006 3 Gestión de artículos con las marcas
registradas de TRANSMILENIO S.A.
ARTÍCULO 3°: La presente Resolución rige a partir
de su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los ocho (8) días del mes de
enero del año dos mil veinte (2020).
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA
Jefe de Ocina Asesora de Planeación
Resolución Número 0020
(Enero 9 de 2020)
Por la cual se modifica el documento “P-CI-005
Atención de requerimientos de la Comisión
de Auditoría de la Contraloría y Visitas
Administrativas de los Entes de Control y/o
Vigilancia.”
EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA
DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE
TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
“TRANSMILENIO S.A.”,
En ejercicio de sus facultades conferidas
mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo señalado en el artículo se-
gundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANS-
MILENIO S.A., la gestión, organización y planeación
del servicio de transporte público masivo urbano de
pasajeros en el Distrito Capital y su área de inuencia,
bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.
Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo úni-
co del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el
Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.
Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del
Sistema Integrado de Transporte Público, considera
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6717 • pP. 1-13 • 2020 • ENERO 17
necesario actualizar los Manuales de Procedimientos
de las diferentes dependencias de la Entidad, con el
objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documen-
tales, necesidades y desarrollo del Sistema.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modicar el siguiente documento con
el nombre y versión registrados a continuación:
Código Versión Nombre
P-CI-005 3
Atención de requerimientos de
la Comisión de Auditoría de la
Contraloría y Visitas Administrativas
de los Entes de Control y/o Vigilancia
ARTÍCULO 2°. Derogar en su totalidad la Resolución
670 del 1 de diciembre de 2017, mediante la cual se
había adoptado la versión 2 del procedimiento P-CI-
005 denominado: “Atención de Visitas Administrativas
de los Entes de Control y/o Vigilancia”.
ARTÍCULO 3°. La presente Resolución rige a partir de
su publicación en la Gaceta Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los nueve (9) días del mes de
enero del año dos mil veinte (2020).
SOFÍA ZARAMA VALENZUELA
Jefe de Ocina Asesora de Planeación

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