Resolución N° 200 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 13-04-2015 - Normativa - VLEX 877911251

Resolución N° 200 de la Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental, 13-04-2015

Número de resolución200
Año2015
Fecha13 Abril 2015
Tipo de documentoResolución
CORPONOR
REPUBLICA DE COLOII¡IBIA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL (SINA}
MINISTERIO DE AIIJIBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA FRONTERA NORORIENTAL
CORPONOR
Resolución N" . lr Úo" iL3 ABR 2015
"Por la cual se otorga un permiso Marco de Recolecc¡ón de especímenes de especies
s/vesfres de la diversidad biológica con fines de investigación científ¡ca no comercial "
EL DIRECTOR GENERAL
En uso de sus facultades const¡tucionales y legales, en especial, las concedidas
por los Decretos 2811 de'1974,laLey 99 de 1993, Decreto 309 de 2000, y
Decreto 1376 de 2013 v
CONSIDERANDO
Que el Decreto 2811 de 1974 en su artículo 51. disDone oue el derecho de usar los
recursos naturales renovables puede ser adquirido por ministerio de la ley, permiso,
concesión y asociación.
Que el Articulo 31 de la ley 99 de 1993 señala, que las corporac¡ones autónomas
regionales tienen entre sus funciones la de ejercer la función de máxima autoridad
ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y
conforme a los criterios y d¡rectrices trazadas por el ministerio de medio ambiente.
Que la misma ley dispone que corresponde a las autoridades ambientales el otorgamiento
de los permisos de estud¡o con f¡nes de investigación científica-
Que el Decreto 1376 de 2013 en su artículo 1 dispone:" Artículo 1. Objeto. El presente
Decreto t¡ene por objeto reglamentar el perm¡so de recolección de especímenes de
especles s/yesfres de la diversidad biológ¡ca con f¡nes de invest¡gac¡ón c¡entíf¡ca no
comercial." Y establece además el ámbito de aplicación señalando: " EI presente decreto
se aplicará a las actividades de recolección de especímenes de especles s/yesfres de /a
diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial, que se real¡ce en el
territorio nacional, sin perjuicio de Io dispuesto por la Ley 13 de 1990 acerca de la
competencia de Ia Autoridad Nacional de Acu¡cultura y Pesca (AUNAP) o la entidad que
/,aga sus veces, en materia de investigación científica de recursos pesgueros y de las
competencias asignadas por el Decreto 644 de 1990 en lo que concierne a la
investigación científica o tecnológica mar¡na. "
Que de acuerdo a los establecido en el Artículo 6 del Decreto 1376 del 27 de jun¡o de
2013, "Las lnstituciones Naclonales de lnvestigación que pretendan recolectar
especímenes de especies sl/vesfres de la diversidad biológica, para adelantar proyectos
de investigación científ¡ca no comercial, deberán solic¡tar a Ia autoridad ambiental
competente la expedición de un Permiso Marco de Recolecc¡ón que ampare fodos /os
programas de investigación científica, que realicen los investigadores vinculados a la
re spectiv a i n stituci ón".
Que el Permiso de recolecc¡ón de especímenes de especies silvestres de la diversidad
biológica con fines de investigac¡ón científica no comerc¡al es la autorización que otorga la
autoridad ambiental competente para la recolección de especimenes de especies
silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial. Este
oerm¡so en adelante se denominará Permiso de Recolección
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