Resolución nº 2004-0337 de Consejo Nacional Electoral
Año de Publicación | 2004 |
Fecha | 30 Marzo 2003 |
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REPUBLlCA DE COLOMBIA
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CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
fl337
RESOLUCION No. de 2004
( 2
2 ENE.
2004 )
Por la cual se impone una sanción administrativa al movimiento político
CONVERGENCIA POPULAR CÍVICA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas
Corporación, ante los siguientes:
HECHOS
Según informe del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas
Electorales, de fecha 30 de marzo de 2003, dirigido a esta Corporación, el
movimiento político CONVERGENCIA POPULAR CÍVICA, presentó
extemporáneamente sus informes de ingresos y gastos de funcionamiento
correspondientes al año 2002.
ACERVO PROBATORIO
Reposan en el expediente constitutivo de la investigación adelantada, los
• siguientes documentos:
l.-Comunicación CNE-FC 2003-171 de fecha 30 de marzo de 2003, suscrito
por el Asesor del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas
Electorales, en la que indica que, entre otros, el movimiento político
CONVERGENCIA POPULAR CÍVICA, presentó extemporáneamente
(6 de febrero de 2003), sus informes de ingresos y gastos de funcionamiento
correspondientes al año 2002.
2.- Resolución número 2249 del 12 de mayo de 2003 mediante la cual el
Consejo Nacional Electoral abrió formalmente investigación y formuló
pliego de cargos en contra del citado movimiento político y en la cual, de
conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 39, literal a) de
la ley 130 de 1994, le fue concedido el término de quince (15) días para que
el movimiento, a través de su Representante Legal, presentara los
correspondientes descargos.
De la citada resolución fue notificada personalmente el día 9 de julio de
2003, la señora DORIS GIRALDO TAMAYO identificada con la cédula de
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