Resolución nº 2004-0369 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925849713

Resolución nº 2004-0369 de Consejo Nacional Electoral

Fecha29 Octubre 2000
Año de Publicación2004
REPUBLICA DE COLOMBIA
@
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN
()
36
;l
DE 2004
(i.2
ENE.
2004)
Por medio de la cual se declara la caducidad de la acción administrativa
sancionatoria para proseguir investigación en contra de varios candidatos a
cargos de elección popular y que participaron en las elecciones celebradas el
29 de octubre de 2000, en el municipio de CUMARIBO, Departamento del
VICHADA
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el artículo 109 de la ConstituciónPolítica, artículos 18 literal e) y 19 de la
Ley 130 de 1994, artículo 39 literal a) ibídem y el artículo 38 del Código
ContenciosoAdministrativo, teniendo en cuenta los siguientes:
HECHOS
El 29 de octubre de 2000 se llevaron a cabo elecciones en todo el territorio
nacional, tendientes a proveer cargos para las Alcaldías Municipales y
Gobernaciones, así como aquellas dirigidas a integrar las corporaciones
edilicias: Concejos Municipales y Asambleas Departamentales.
Como consecuencia legal de las elecciones, los candidatos inscritos para
participar en ellas se obligaron a presentar informes públicos de ingresos y
gastos de sus campañas, dentro del término que venció el 30 de noviembre de
2000 .
El Fondo de campañas informó a esta Corporación, que los candidatos
BAUDILIO
y
AVIMA ANDUEZA, LEONCIO GARCÍA GALINDO,
LIBERTO TRIANA WILCHES, RAFAEL OSPINA GAITÁN, SAMUEL
GAITÁN CABARTE, SAUL ZULETA FERNÁNDEZ, EMILIANO
SALCEDO MORALES, JAVIER PÉREZ VELANDIA, MANUEL
YAVARAN, RUBEN DARLO ROBLEDO LÓPEZ y DORIAN CUERVO
MONT AÑO no presentaron informes dentro del término legal establecido en
la Ley 130 de 1994, o lo hicieron de manera extemporánea.
ACTUACIONES ADMINISTRA TIV AS
l.-Mediante Resolución número 0545 del 24 de septiembre de 2001, el
Consejo Nacional Electoral dispuso la apertura de una indagación preliminar
contra los citados candidatos.
2.- Mediante las siguientes resoluciones, este Despacho abrió investigación
administrativa, así:

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