Resolución nº 2004-0952 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925915210

Resolución nº 2004-0952 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2004
REPUBLICA DE COLOMBIA
@
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No.
(
n.~i)
~~:.; DE 2004
lOO4 )
Por medio de la cual se ordena EL ARCHIVO de la
INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA contra la emisora
POTENCIA LATINA, del Municipio de la Plata- Huila, por
violación de lo dispuesto en el artículo 28 de la ley 130 de 1994.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
conferidas por los artículos 265 numeral 5 de la Constitución
Política y en especial la del artículo 39 literal a) de la Ley 130 de
1994 y la Resolución No. 1487 de 2003 y ante lo siguientes,
l. HECHOS
1.1 Que el doctor SAMUEL VELASQUEZ URIBE, Viceministro de
Telecomunicaciones trasladó la queja presentada por el doctor
Francisco Santos Calderón, la cual expresa lo siguiente:
__-_
"En el despacho de la señora Ministra de comunicaciones
se
recibió carta suscrita por el doctor Francisco Santos
Calderón, en la que denuncia la negativa de algunas
emisoras de radio comercial de aceptar la emisión de
propaganda política de la Campaña "Uribe Presidente".
Desde el punto de vista jurídico y analizada la
normatividad existente en materia de comunicaciones, en
el artículo 30 de la Ley 72 de 1989 y el DecretoLey 1900
de 1990, encontramos que:
"Las telecomunicaciones
deberán ser utilizadas como instrumentos para impulsar el
desarrollo político, económico
y
social del país, con el
objeto de elevar el nivel
y
calidad de vida de los
habitantes en Colombia. Las telecomunicaciones serán
utilizadas responsablemente para contribuir a la defensa
de la democracia, a la promoción de la participación de los
Colombianos en la vida de la nación
y
la garantía de la
dignidad humana
y
de otros derechos fundamentales
consagrados en la Constitución,
para asegurar la
convivencia pacifica".
"(
...
)"

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