Resolución nº 2004-1690 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827346081

Resolución nº 2004-1690 de Consejo Nacional Electoral

Fecha20 Mayo 2004
Número de registro4874-02
Consejo Nacional Electoral
RESOLUCION No. 1690
de 2004
(
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)
Por la cual se impone una sanción al señor MANLIO JIMENEZ
ORTEGA, candidato a la Alcaldía Municipal de SIERRA, CAUCA, en la
elección celebrada el 12 de agosto de 2001, por la no presentación de los
informes de su campaña.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las
conferidas por el artículo 39 literal a) de la Ley 130 de 1994 y la
Resolución Nro. 1487 de 2003 expedida por esta Corporación, ante los
siguientes :
HECHOS
1. El señor MANLIO JIMENEZ ORTEGA, se inscribió como candidato a
la Alcaldía Municipal de SIERRA, CAUCA, para las elecciones
celebradas el 12 de agosto de 2001.
2. En comunicación CNE-FC 925-2002 de fecha 20 de junio de 2002,
suscrito por la Asesora del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y
Campañas Electorales, se relacionaron algunos candidatos que
participaron en las citadas elecciones y que, hasta la fecha no han
cumplido con la rendición de sus informes de ingresos y gastos de
campaña o lo hicieron de manera extemporánea, relación en la cual se
encuentra el señor MANLIO JIMENEZ ORTEGA
3.A través de la resolución 5239 del 4 de septiembre de 2002, esta
Corporación abrió formal investigación dentro de la investigación
administrativa, en contra del señor MANLIO JIMENEZ ORTEGA por
presunta violación de los artículos 109 de la Constitución Política y 18
literal c) de la Ley 13
O
de 1994, resolución que fue notificada
personalmente el 20 de noviembre de 2002.
4. Mediante la Resolución No. 945 del año en curso, el Consejo Nacional
Electoral formuló pliego de cargos dentro al señor MANLIO JIMENEZ
ORTEGA, quien fue personalmente el13 de abril de 2004.
ACERVO PROBATORIO
Para que sea procedente la sanción pecuniaria dentro del proceso
administrativo electoral se requiere que la conducta investigada sea de las

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