Resolución nº 2004-1832 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827420021

Resolución nº 2004-1832 de Consejo Nacional Electoral

Fecha17 Junio 2004
· REPUBU-::A DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
,
RESOLUCION No. 1832 DE
2004
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Por la cual se archiva la actuación administrativa iniciada en contra del señor
BENlAMIN SEGURA NAlAR
candidato al Concejo Municipal de
RONCESVAllES -
TOlIMA.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el
artículo 109 de la Constitución Política, artículos 18 literal c) y 19 de la Ley 130 de
1994, artículo 39 literal a) ibídem y el artículo 38 del Código Contencioso
Administrativo, previos los siguientes
HECHOS
1.
Que mediante
Resolución No. 0545 de 2001,
se ordenó la apertura de
indagación preliminar en contra del señor
BENlAMIN SEGURA NAlAR
candidato al
Concejo Municipal de
RONCESVAllES - TOlIMA,
por el incumplimiento a los
artículos 109 de la Constitución Política, 18 literal c) y 19 de la Ley 130 de 1994.
2. En fecha 16 de noviembre de 2001 se notificó personalmente de la Resolución
No. 0545 de 2001.
3.
Que mediante
Resolución No. 3899 de 2002,
se ordenó la apertura de
investigación administrativa en contra del señor
BENlAMIN SEGURA NAlAR.
4. En la redistribución de negocios efectuada el 26 de mayo de 2003,
correspondió el asunto al nuevo magistrado ponente.
5.
Mediante la
Resolución No.3473 de 2003,
se formularon cargos en contra
del señor
BENlAMIN SEGURA NAlAR,
la cual fue notificada personalmente el día
25 de julio de 2003.
6.
No se produjo sanción dentro de los tres (3) años siguientes a la infracción
administrativa.
CONSIDERACIONES
1. PARA lOS CASOS QUE NOS OCUPAN SON APLICABLES LAS SIGUIENTES
NORMAS
A. Artículo 109 de la Constitución Política:
"Los partidos, movimientos
y
candidatos deberán rendir públicamente cuentas sobre
el volumen, origen ydestino de sus ingresos."
B. Artículo 18 literal c) de la Ley 130 de 1994:
"INFORMES PÚBLICOS: Los partidos, movimientos
y
las organizaciones adscritas
a los grupos o movimientos sociales a los que alude esta ley
y
las personas jurídicas

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