Resolución nº 2008-2826 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943228591

Resolución nº 2008-2826 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2008
RESOLUCION No


REPUBLICA DE COLOMBIA








CONSEJO NACIONAL ELECTORAL Hoja 8 de la Resolución No. 2826 de 2008


RESOLUCION No. 2826 DE 2008


( OCTUBRE 21 )


Por medio de la cual se da por terminada una actuación administrativa y se ordena el archivo del respectivo expediente en contra del Ciudadano VICTOR HUGO BARRIOS TAO por presunta violación a las normas electorales y se ordena la apertura de investigación y formula pliego de cargos en contra los ciudadanos JOSE VICENTE ORTIZ BAUTISTA y ANGEL ALBERTO ORTIZ CALDERON, por presunta violación a las normas electorales.


EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL


En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las conferidas por los artículos 265 numeral 5º de la Constitución Política, 39 de la ley 130 de 1994, Resolución 1487 de 2003, y teniendo en cuenta los siguientes:


HECHOS


Mediante escrito de fecha 26 de septiembre de 2007, radicado en el Consejo Nacional Electoral, el 30 de octubre del mismo año bajo el No 7394, el ciudadano DAVID MAURICIO ANDRADE RAMIREZ, presentó denuncia por presunta violación al artículo 5 de la ley 130 de 1994, en contra del señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO .


Que el denunciante aporta como prueba una fotografía de un pasacalle cuyo texto reza:


Ahora Si

Para volver a creer

VITOR HUGO BARRIOS TAO

ALCALDE 2008 – 2011

UNIDOS CON LEALTAD”



En reparto del 6 de noviembre de 2007, fue asignado el conocimiento de la denuncias al despacho del Magistrado Marco Emilio Hincapié Ramírez.

Mediante auto de fecha 12 de febrero de 2008, el despacho del Magistrado Sustanciador, avocó el conocimiento de la denuncia presentada, y ordenó oír en versión libre al indagado, en la Registraduria Municipal de Natagaima – Tolima.

En cumplimiento del auto antes mencionado, el señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO , se presentó ante el Registrador Municipal de Natagaima Tolima, y en su declaración manifestó no haber participado en la elaboración de la propaganda que se denuncia, que fue realizada por seguidores suyos pertenecientes a los partidos Liberal y Conservador.

De acuerdo a información suministrada en la Registradora Municipal de Natagaima - Tolimal, el señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO, fue candidato a la Alcaldía Municipal de Natagaima – Tolima, avalado por el Partido Social de Unidad Nacional “Partido de la U”

Mediante resolución No 601 de 2008, el Consejo Nacional Electoral, ordenó la apertura de investigación administrativa y formuló pliego de cargos en contra del señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO, quien se notificó personalmente el día 5 de junio de 2008.

Mediante escrito radicado en esta Corporación el 26 de junio de 2008, el Doctor OSCAR ERASMO ORTIZ OYOLA actuando como apoderado del señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO presentó descargos contra la resolución No 601 de 2008 y en alguno de sus apartes manifestó:



“…Asi mismo el CONCEJO NACIONAL ELECTORAL , no tiene certeza de lo sucedido en el municipio de Natagaima, en la época electoral, donde existieron varias convergencias de partidos y en el caso del señor VICTRO HUGO BARRIOS TAO, recibió apoyo de varias personas, lideres de diferentes partidos políticos, que por su cuenta propia hicieron la publicidad y no se le puede endilgar que esta haya sido publicada y puesta por el hoy investigado, mas aun cuando no se ha dado una etapa probatoria que así lo indique como bien lo establece la resolución 1487 de 2007.

.”



Solicita el investigado en sus descargos oír en versión libre a los señores ANGEL ALBERTO ORTIZ CALDERON y JOSE VICENTE ORTIZ CALDERON a fin de que depongan lo que a bien tengan para el desarrollo de la investigación, de igual forma anexo como prueba declaraciones realizadas por las personas citadas anterior mente ante el Notario Único del Circuito de Natagaima – Tolima en que manifestaron:

“…..De manera libre y espontanea, me permito manifestar que el señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO, no instalo propaganda política alguna, con logos del partido LIBERAL, estos fueron instalados por miembros de la colegiatura de este partido, entre estas personas el suscrito de la misma forma es mi deseo y si así lo requiere el CONCEJO NACIONAL ELECTORAL, ampliare mi testimonio para los asuntos que considere el mismo.

Mediante Auto de fecha 22 de julio se ordenaron la práctica de las pruebas solicitadas por el investigado, dentro de las cuales se encuentran las declaraciones rendidas por ANGEL ALBERTO ORTIZ CALDERON Y JOSE VICENTE ORTIZ CALDERON ante el Registrador Municipal de Natagaima - Tolima en las cuales manifestaron entre otras cosas lo siguiente:



ANGEL ALBERTO ORTIZ CALDERON C.C 19.420.864

PREGUNTADO: fue usted una de las personas que coloco el pasacalle con los logos del partido Liberal y Conservador. CONTESTADO: S lo vi pero no participe en la postura de dicho pasacalle, habiendo Liberales que si lo hicieron. PREGUNTADO: Tiene conocimiento de quienes fueron estas personas. CONTESTADO: no tengo conocimiento solo sé que había un grupo de liberales independientes inconformes con el candidato del partido liberal de esas elecciones; pero no sé realmente si fueron ellos quienes colocaron el pasacalle….”



JOSE VISENTE ORTIZ BAUTISTA. C.C. 17.302.732

PREGUNTADO: Fue usted una de las personas que coloco el pasacalle en el municipio con los logos del partido Liberal y Conservador. CONTESTADO: En ningún momento PREGUNTADO tiene conocimiento de quienes fueron los que colocaron la propaganda CONTESTO: no PREGUNTADO: Tiene conocimiento si se contaba autorización (sic) de los partidos políticos de los cuales hacen uso de sus logos en dicho pasacalle. CONTESTADO: No se, es mas no había visto ese pasacalle….”



Al existir incoherencias entre las declaraciones que se rindieron los señores JOSE VISENTE ORTIZ BAUTISTA Y ANGEL ALBERTO CALDERON ante el Notario y las rendidas en la Registraduría Municipal de Natagaima - Tolima, mediante auto de fecha 28 de agosto de 2008, se solicito la ampliación de la diligencia en la que los suscritos manifestaron:

ANGEL ALBERTO ORTIZ CALDERON C.C 19.420.864

PREGUNTADO: reconoce usted haber presentado declaración con diligencia de reconocimiento de fecha 26 de junio de 2008 ante Notario Único de este Municipio en el cual manifiesta su participación en la instalación de propaganda electoral a favor del candidato del partido de la , utilizando logos de otros partidos políticos. CONTESTADO si PREGUNTADO: Diga porque mediante ese escrito declara ser responsable de dicha publicidad y en acto seguido niega su responsabilidad al momento de rendir su versión libre el día 06 de agosto de 2008, CONTESTADO porque la pregunta del 6 de agosto era si yo había instalado el pasacalle por eso dije que no, pero si participe en el diseño de la publicidad del partido liberal con el de la U y estuve presente cuando fue instalada por la gran mayoría de los seguidores tanto del pueblo como algunos de las veredas pero claro que no fui yo quien la instalo. PREGUNTADO sabe usted si el señor VICTOR HUGO BARRIOS TAO tuvo algún tipo de participación en dicha propaganda electoral CONTESTO no tuvo ninguna participación en dicha propaganda.”



JOSE VISENTE ORTIZ BAUTISTA. C.C. 17.302.732

PREGUNTADO: reconoce usted haber presentado declaración con diligencia de reconocimiento de fecha 26 de junio de 2008 ante Notario Único de este Municipio en el cual manifiesta su participación en la instalación de propaganda electoral a favor del candidato del partido de la, utilizando logos de otros partidos políticos. CONTESTADO si PREGUNTADO: Diga porque mediante ese escrito declara ser responsable de dicha publicidad y en acto seguido niega su responsabilidad al momento de rendir su versión libre el día 06 de agosto de 2008, CONTESTADO: si, si estuve presente pero en ningún caso fui el que coloque el pasacalle, varias personas estuvieron en la colocación del pasacalle, pero no subí a colocarlo. PREGUNTADO...

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