Resolución nº 2010-0229 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943229208

Resolución nº 2010-0229 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2010
Fecha21 Septiembre 2007
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
Ho
j
a No. 1 de la Resolución No. 229 de 2010.
RESOLUCION No. 229 DE 2010
(FEBRERO 9)
Por medio de la cual se abstiene de abrir una de Investigación Administrativa en
contra de la empresa
EDITORA DE MEDIOS S.A
propietaria del periódico
DIARIO HOY DEL MAGDALENA.
por presunta violación al artículo 28 de la ley
130 de 1994
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales. en especial de la
conferida en el artículo 1° del Código Contencioso Administrativo. teniendo en
cuenta los siguientes:
I.
HECHOS
Mediante escrito de fecha 21 de septiembre de 2007, radicado en el Consejo
Nacional Electoral el 10 de octubre del año 2007. bajo el radicado No 6307, la
Señora Procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado (E), remitió un
documento suscrito por el ciudadano ROBERTO RAFAEL BORNACELLI
GUERRERO, en donde informa una presunta censura de prensa cometida por el
Diario Hoy del Magdalena en cuanto un artículo que él mencionado ciudadano
escribió en su calidad de candidato a la Gobernación del Magdalena.
El ciudadano ROBERTO RAFAEL BORNACELLI GUERRERO. le remitió al
Procurador General de la Nación. Mediante escrito de fecha 27 de agosto de 2007
el documento que según él fue objeto de censura por el Periódico"HOY DIARIO
DEL MAGDALENA. que se negó a publicarlo como publicidad política pagada y
optó por hacer la devolución de los dineros cancelados. con argumentos carentes
de fundamentos jurídicos.
El quejoso aporta como prueba no solo el documento antes mencionado, sino la
carta en la que el Representante Legal de EDITORA DE MEDIOS S.A. le informa:
-
Que
el aviso contratado por él con EDITORA DE MEDIOS S.A mediante factura
cambiarla de compraventa
No
32091 de agosto 21 de 2007, para publicar un aviso
de propaganda política pagada en el periódico
HOY
DIARIO DEL MAGDALENA.
no se publicará en razón a que su contenido no se ajusta a los preceptos
constitucionales, ni empresariales. ni
éticos de nuestra compañía"
Mediante reparto. el presente asunto. le correspondió al despacho del Magistrado
Marco Emilio Hincapié Ramírez.
Mediante auto de fecha 21 de noviembre de 2008, se ordenó la apertura de
indagación preliminar con el fin de establecer los hechos objeto de denuncia.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR