Resolución nº 2010-0245 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827393841

Resolución nº 2010-0245 de Consejo Nacional Electoral

Fecha09 Febrero 2010
Número de registro4126-09
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 0245 DE 2010
(9 DE FEBRERO)
Por la cual se decide la solicitud de dejar sin efecto la inscripción de cédulas
efectuada en el municipio de
GAYUABAL DE SIQUIMA, CUNDINAMARCA,
para
las elecciones al Congreso de la República y Presidencia de la República
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las
conferidas por los artículos 265 numeral 6° de la Constitución Política, teniendo en
cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante escrito radicado ante !os Delegados Departamentales del Registrador
Nacional en Cundinamarca el 4 ce noviembre de 2009, y radicado posteriormente
por los Delegados Departamentales de Curdinamarca ante esta Corporación el 9
de noviembre de 2009 y sometido a reparto de negocios de la Corporación en la
misma fecha, el ciudadano
PEDRO MOLINA CRUZ,
impugnó la inscripción de
cédulas realizada en el municipio de GUAYABAL DE SIQUIMA.
CUNDINAMARCA, para las elecciones a celebrarse en el año 2010.
Anexa a su queja un listado de ciudadanos identificados por su nombre y número
de cédula que presuntamente no residen en dicho lugar.
CONSIDERACIONES
El artículo 265 de la Constitución Política, modificado mediante el artículo 12 del
Acto Legislativo 01 de 2009, atribUyó al Consejo Nacional Electoral:
"6.- Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos
Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política:
por los derechos de la oposición y de las minorías,
y por el desarrollo de los
procesos electorales
en
condiciones de plenas garantías."
(Resaltado fuera
del texto)
Para decidir sobre la solicitud presentada es necesario considerar previamente la
normatividad vigente, aplicable a los certámenes electorales a realizarse en el año
2010.
En efecto. de acuerdo con la Constitución Política y los períodos constitucionales
en ella fijados para el Congreso y Presidencia de la República, corresponderá la
realización de elecciones en el año 2010 con el fin de renovar la corporación

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