Resolución nº 2010-0306 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925842960

Resolución nº 2010-0306 de Consejo Nacional Electoral

Fecha10 Diciembre 2009
Año de Publicación2010
REPÚBLICA DE COLOMBIA
iJ:305
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No.
de 2010
(Febrero)
in
FEB.
2010
Por medio de la cual se abstiene de tramitar
la
solicitud de impugnación de la
modificación de nombre de partido Convergencia Ciudadana por "P.I.N.", Partido
de Integración Nacional. interpuesta por la señora Ángela Viviana Calixto Castillo.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política y con fundamento en los
siguientes
1.- HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1.-
La señora ANGELA VIVIANA CALIXTO CASTILLO, mediante escrito
radicado en esta Corporación el 10 de diciembre de 2009 bajo el número 4651-09,
solicita lo siguiente:
"(...) acudo dentro del término legal permitido ante su despacho para solicitar
la IMPUGNACION y por tal motivo la NO APROBACION del nombre de un
nuevo partido político por conformarse en los últimos días como es el P.I.N.
Partido de Integración Nacional,
Lo anterior lo fundamento en lo siguiente:
PRIMERO: El artículo (5) quinto de la ley 130 de 1994 reza:
Denominación símbolos. Los partidos y los movimientos políticos son
propietarios de su nombre y del símbolo que hayan registrado en el Consejo
Nacional Electoral. (...)
(...) En este orden de ideas y aferrados claramente a la normatividad vigente
se deduce que el P.I.N., Partido de Integración Nacional, no cumple con el
segundo y tercer inciso del articulo (SIC) (5) quinto de la norma relacionada
anteriormente ya que confunde a los electores respecto de la palabra
"Nacional" que hace parte de otras organizaciones políticas legamente
constituidas: haciendo una evaluación exhaustiva encontrarnos los siguientes
nombres de partidos con esa misma palabra y que en la actualidad se
encuentra en liquidación: Partido Nacional Cristiano, Partido de
Reconstrucción Democrática Nacional: y el siguiente está con personería
Jurídica vigente: Partido de Unidad Nacional. También se percibe la intención
de confundir al electorado en comparación fonética al Partido de Unidad
Nacional con el de Partido de Integración Nacional.
Solicito igualmente que se informe el estado actual de proceso de legalización
del Partido de Integración Nacional,
recibiré las notificaciones
correspondientes a la Avenida 3 número 5-70 del barrio latino en la ciudad de
San José de Cúcuta y al número telefónico 0975-712221(...).
1.2.-
Por reparto le correspondió al Magistrado Dr. JOAQUÍN JOSÉ VIVES
PÉREZ, actuar como ponente del presente asunto radicado bajo el N° 4651-09.
1.3.- Mediante auto 185 del 28 de enero de 2010, se decretaron unas pruebas al
Representante Legal del Partido "P I N.".
1.4.- En escrito fechado 4 de febrero 2010. el Representante Legal del Partido
P.I.N." manifestó:

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