Resolución nº 2010-0557 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943231691

Resolución nº 2010-0557 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2010
Fecha30 Septiembre 2008
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
( MARZO 1 O )
Por medio de la cual se resuelve la solicitud de Revocatoria Directa de la
Resolución No 2474 del 30 de septiembre 2008 "Por Medio de la Cual se sanciona
al señor EDUARDO GREGORIO TERAN"
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las
conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política y teniendo en cuenta los
siguientes:
I. HECHOS
Mediante oficio N° 1072 del 18 de mayo de 2007, los Doctores RAFAEL
FRANCISCO ROJAS MATTOS y EURIPIDES JOSE CASTRO SAN JUAN,
Delegados departamentales del Registrador Nacional del Estado Civil, remitieron
la comunicación que dirigió el día 17 de mayo del mismo año el señor EDMUNDO
DRAGO MERCADO. al
Consejo Nacional Electoral para lo de su competencia, por
presunta violación a las disposiciones legales sobre propaganda electoral.
La anterior denuncia fue asignada mediante reparto. con número de radicado 2452
el día 28 de Mayo de 2007, al despacho del Magistrado sustanciador, en lo
pertinente con la supuesta vulneración al régimen de propaganda electoral por
parte del señor EDUARDO GREGORIO TERAN ESCOBAR, en el municipio de
Palmar de Varela (Atlántico).
Mediante Auto de fecha 26 de junio de 2007. se abrió indagación preliminar por la
presunta violación al régimen de propaganda electoral y se ordeno la práctica de
algunas pruebas.
Mediante Resolución No 0148 del 12 de febrero de 2008, se abrió investigación
administrativa y se formularon cargos al señor EDUARDO GREGORIO TETRAN
por la presunta infracción al régimen de propaganda electoral.
Que vencido el término para la presentación de descargos. y ante la no
presentación de estos por parte del señor EDUARDO GREGORIO TERAN.
mediante Auto de fecha 8 de julio de 2008, se solicito la asignación de un defensor
de oficio para que representara al investigado.
Mediante escrito de fecha 4 de septiembre de 2008, el defensor de oficio JAVIER
ANDRES SIERRA PASTRANA, presento escrito de descargos frente a la
Resolución 0148 del 12 de febrero de 2008.
Mediante Resolución 2474 de septiembre 30 de 2008, se sanciono al señor
EDUARDO GREGORIO TERAN. por violación al régimen de propaganda electoral
en el municipio de Palmar de Valera (Atlántico).

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