Resolución nº 2010-0562 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827400053

Resolución nº 2010-0562 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro1053-10
Fecha10 Marzo 2010
REPUBIICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORA(
RESOLUCIÓN NÚMERO 0562 DE 2010
(Marzo 10 )
Por la cual se decide la Solicitud de revocatoria de la inscripción del candidato
EDUARDO AGATON DIAZGRANADOS ABADIA.
por el Partido de Unidad
Nacional "U", para la Cámara de Representantes en la circunscripción electoral de
Magdalena.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales. en especial de las
conferidas por el numeral 12 del articulo 265 de la Constitución Política. resolución
No 093 de 2010. expedida por el Consejo Nacional Electoral y teniendo en
cuenta los siguientes
I. HECHOS
Mediante escrito radicado el 02 de marzo de 2010. el señor HERNANDO JOSE
ESCOBAR MEDINA, solicitó a esta Corporación la revocatoria de la Inscripción del
candidato EDUARDO AGATON DIAZGRANADOS ABADIA. por el Partido de
Unidad Nacional "U", para la Cámara de Representantes en la circunscripción
electoral de Magdalena. por considerar que no puede ser inscrito ni mucho menos
elegido como Representante a la cámara
por el
departamento del Magdalena. al
encontrase incurso en la causal de inhabilidad para ser congresista consagrada en
el numeral tercero del articulo 179 de la Constitución Política. por haber
intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas dentro de los seis
meses anteriores a la fecha de la elección.
Mediante Auto del Magistrado Ponente. se
avocó conocimiento de la solicitud. se
decretaron unas pruebas y convocó a la respectiva audiencia de trámite. la
cual se
surtió el 08 de marzo del presente año.
Mediante escrito presentado en esta Corporación el señor EDUARDO AGATON
DIAZGRANADOS ABADIA. solicitó declaratoria de impedimento del Magistrado
JOAQUIN JOSE VIVES PEREZ. invocando la causal prevista en el numeral
Noveno del artículo 150. del Código de Procedimiento Civil. La cual fue resuelta
en sala plena de la Corporación en forma negativa.
II. FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD
El
señor HERNANDO JOSE ESCOBAR MEDINA manifiesta que:
'1° ) El señor EDUARDO AGATON DIASGRANADOS ABADÍA fue inscrito. ante los Delegados Departamentales del
Registrador Nacional del Estado Civil en el Magdalena. por el Partido de Unidad Nacional o Partido de la U como candidato
a la Honorable Cámara de Representantes. por la Circunscripción Electoral del Magdalena para los comicios electorales a
celebrarse el 14 de marzo de 2010. correspondiéndole el numero 101 en el tarjetón electoral.
2° Et señor EDUARDO AGATON DIASGRANADOS ABADÍA está incurso en la causal de inhabilidad de que trata el
numeral 3 del articulo 179 de la Constitución Nacional al haber intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas
dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección.
3°)
El señor EDUARDO AGATON DIASGRANADOS ABADÍA es el gerente de la sociedad EXPORTADORES
BANANEROS DE COLOMBIA S.A. BANEXCO S A. domiciliada en la ciudad de Santa Marta en la carrera 2B No 14-21 OF
804 según puede comprobarse en el Certificado de Existencia y Representación Legal Numero 01C420127056. expedida
por la Cámara de Comercio de Santa Marta el 27 de enero de 2010_
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El señor EDUARDO AGATON DIASGRANADOS ABADIA es miembro de la junta Directiva Titular de la Sociedad
EXPORTADORES BANANEROS DE COLOMBIA S A. BANEXCO S.A. según puede comprobarse en el Certificado de
Existencia y Representación Legal Numero 01C420127056. expedida por la Cámara de Comercio de Santa Marta el 27 de
enero de 2010.

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