Resolución nº 2010-0742 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827342009

Resolución nº 2010-0742 de Consejo Nacional Electoral

Fecha09 Abril 2010
Número de registro1132-13-2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
Resolución No. 742 de 2010
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No. 742 DE 2010
(9 DE ABRIL)
Por medio de la cual ésta Corporación se abstiene de conocer sobre la remisión
de la denuncia presentada ante la URIEL, en contra del señor Jorge Ivan Ospina
Gómez.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y legales, conferidas por los
artículos 265 numeral 6 de la Constitución Política y en especial las establecidas
en el literal a) del artículo 39 de la Ley 130 de 1994; la Resolución 1487 de 2003
proferida por el Consejo Nacional Electoral, y con base en los sucesivos
1. HECHOS
1.1
Mediante oficio recibido el día 4 de marzo de 2010, al que se le asignó los
números de radicado 1132-13 y 1132-14 del mismo año, el doctor Renato Rafael
Contreras Asesor Jurídico de ésta Corporación, allega al CNE la remisión de las
denuncias presentadas ante la URIEL, entre ellas las presentadas por los señores
Simón Castro y Gustavo Adolfo Prado, en contra del señor Jorge Ivan Ospina
Gómez, en las que se señala lo siguiente:
"(...) Participación de funcionarios en política (...) Jorge Ivan Ospina Gómez esta
participando abiertamente en política a favor de su hermano Mauricio Ospina
Gómez candidato al senado de la república por el polo democrático alternativo con
el no 19, a los contratistas de la alcaldía de calilos están obligando a llevar 30
votos y a reunir a esas personas en sitios cerrados para que le(sic) el candidato
Ospina les hable. El 3 de febrero se reunieron en el auditorio de Santiago de
Cali20 contratistas de la secretaría de educación a quien el secretario los obligo a
llevar cada uno 30 personas, el castigo para quien no llevara esas personas es
que no le van a prorrogar el contrato que le dieron a 6 meses. Hace una semana
reunieron a los contratistas de planeación para el mismo ejercicio y a los de todas
las secretarias los obligan a que se reúnan en la sede, Utilización de dineros
públicos en política- presuntamente ha puesto la administración al servicio de la
candidatura de su hermano Mauricio Ospina al Senado. De donde viene la
financiación de su campaña...? Cobro valorización 21 mega obras — Cali obras
necesarias para Cali. Pero un cobro ilegal de la alcaldía (...)."
1.2
En reparto de negocios efectuado el 05 de marzo del año 2010,
correspondió al Magistrado JUAN PABLO CEPERO MARQUEZ conocer sobre lo
señalado en las denuncias presentadas en contra del señor Jorge Ivan Ospina
Gómez.
2. FUNDAMENTOS Y CONSIDERACIONES
2.1
Competencia
Con base en lo ordenado en el numeral 5 del artículo 265 de la Carta Política, es
atribución del Consejo Nacional Electoral:
"Velar por el cumplimiento de las
normas sobre partidos y movimientos políticos y de las disposiciones sobre
publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de
las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de
plenas garantías".
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