Resolución nº 2010-0843 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827357829

Resolución nº 2010-0843 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro1675-2-2007
Fecha26 Abril 2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No.
"43
de 2010
( 26 Abril )
Por medio de la cual se ordena
la terminación y archivo de la actuación administrativa
en contra del
ciudadano
ALEJANDRO JOSE MORALES URIBE,
identificado con
cedula de ciudadanía
numero 78.290.886, expedida en el municipio de Montelíbano,
(Córdoba), dentro
de la investigación Administrativa adelantada en su contra, por la
presunta
vulneración del artículo 24 de la Ley 130 de 1994.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de
sus atribuciones Constitucionales y legales, conferidas por los
Constitución Política y en especial las establecidas en el
literal a) del artículo 39 de la
Ley 130 de 1994; la Resolución 1487 de 2003 proferida
por el Consejo Nacional
Electoral, y con base en los sucesivos
1.
HECHOS:
1.1.
El señor
IVAN EMIRO PAYARES ASSIA denuncia que día al Señor
ALEJANDRO
MORALES URIBE por presunta violación a las normas que
establecen
límites temporales a la propaganda electoral promovida como
candidato al
Concejo de Montelíbano.
1.2.
Por reparto
de la Corporación, le correspondió la sustanciación de la queja
referida en
el numeral anterior al
H.
Magistrado Dr. Pablo Guillermo Gil de la
Hoz.
1.3.
El Magistrado
Ponente por medio de auto del 15 de mayo de 2007 procedió a:
"i) evocar el conocimiento de la denuncia proferida contra el ciudadano
ALEJANDRO JOSE MORALES URIBE;
II) citar al ciudadano
ALEJANDRO
JOSE
MORALES URIBE y,
110 ábrase a pruebas por el término de pruebas
por el término de 15 días para escuchar en versión libre de apremio y
juramento al señor
ALEJANDRO JOSE MORALES URIBE,
ampliar denuncia
del señor IVAN
EMIRO PAYARES ASSIA, Comandante Estación
Montelíbano".
1.4.
En respuesta
al Auto de fecha 15 de mayo de 2007, mediante escrito de la
subsecretaria
del Consejo Nacional Electoral de fecha 30 de mayo de 2007
envió a los
Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil el auto
conferido para la
práctica, así:
"Al despacho se encuentra oficio CNE.Ss/VAA-3604-2007, de mayo 30 del
corriente, suscrito por la Doctora. Eliana Salamanca, Subsecretaria del Consejo
Nacional Electoral, mediante el cual comunica a esté despacho que hemos sido
comisionados con el objeto de dar cumplimiento a las diligencias ordenadas en el
Auto de fecha 15 de mayo de 2007, suscrito por el Magistrado Pablo Guillermo Gil
de la Hoz.
-Escúchese en ampliación de denuncia al Señor Intendente
IVAN EMIRO
PAYARES
ASSIA.
-Escúchese en versión libre de apremio y juramento al señor
ALEJANDRO
MORALES
-Llevada a cabo la diligencia procesal remítase la respectiva actuación al consejo
Nacional Electoral.

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