Resolución nº 2010-0942 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827353057

Resolución nº 2010-0942 de Consejo Nacional Electoral

Fecha10 Mayo 2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
0942
RESOLUCIÓN No.
DE 2010
1.1) iiic 2011 )
Por la cual se
ordena la revisión
de los escrutinios y documentos electorales de
los municipios de Uribia, Maicao, Manaure, Riohacha, Dibulla, Albania, San Juan
del Cesar, Urumita, Villanueva, Barrancas, Distracción, El Molino, Fonseca
y
Hato
Nuevo del Departamento de la Guajira, de las elecciones celebradas el 14 de
Marzo de 2010, para el Senado de la Republica.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que
le confiere el Artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12
del acto legislativo 01 de 2009, y el Código Electoral, procede a disponer la
revisión de los escrutinios y documentos Electorales en algunos municipios del
Departamento de la Guajira, con fundamento en los siguientes:
I. HECHOS
Según oficios radicados en esta Corporación los días 26, 27 y 29 de abril de
2010. el señor PLINIO ALARCON BUITRAGO, apoderado del
MOVIMIENTO INDEPENDIENTE DE RENOVACIÓN ABSOLUTA — MIRA-.
solicita la revisión y corrección en los Municipios de Maicao, Uribia,
Riohacha, Urumita, Manaure, Villanueva, Dibulla, Albania, San Juan del
Cesar, del Departamento de La Guajira.
2. Según oficios radicados el 23 y el 27 de abril de 2010 el señor MARIO
ANDRES SANDOVAL ROJAS, apoderado de ANDRES FELIPE GUERRA
HOYOS, Candidato al Senado de la Republica solicita verificar el escrutinio
departamental de la Guajira y específicamente las Actas Electorales E-14
de los puestos de votación enunciados por irregularidades. Igualmente
solicita la revisión de los municipios
de Albania, Barrancas, Dibulla,
Distracción, El Molino, Fonseca. Maicao, Manaure, San Juan del Cesar,
Urumita y Uribia.
Según oficio radicado el 27 de abril de 2010 el señor MIGUEL ANGEL
QUINTERO MEZA, en representación de ANDRES FELIPE GUERRA
HOYOS, presenta reclamación por ausencia de firmas de las actas o estar
firmadas por menos de los 3 jurados
de votación contra el escrutinio
departamental de la Guajira. Por lo
anterior, solicita que los votos
contenidos en dichas actas sean excluidos del computo de votos y de los
escrutinios respectivos.

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