Resolución nº 2010-2159 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 943228495

Resolución nº 2010-2159 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2010
Fecha10 Febrero 2010
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL EL FCTORAL
RESOLUCION N° 2159 DE 2010
(Octubre 26)
Por medio de la cual se ABSTIENE de abrir investigación administrativa. en contra del
señor CARLOS ROMERO, en su condición de candidato al Senado de la Republica, por
la presunta violación a la Ley 130 de 1994. y se ordena su ARCHIVO.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En
ejercicio de sus
atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas por el numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Politica. La Ley
130 de 1994 y en desarrollo de la Resolución 1487 de 2003 del Consejo Nacional
Electoral y de conformidad con los siguientes
1. HECHOS
1.1. Que mediante Oficio 0543 de fecha 10 de febrero de 2010, la Secretaría de
Gobierno - Grupo de Espacio Público y Control Urbano. de la ciudad de lbagué,
remitieron a esta Corporación un informe sobre publicidad politica, con ocasión a
las elecciones del año 2010, en el
que en su parte pertinente señala:
"Con el propósito de darle
a
conocer la publicidad exterior instalada por los
diferentes partidos
y/o
movimientos políticos en la ciudad de lbagué, de
conformidad a la Resolución 001142 emitida por el Consejo Nacional Electoral y
al Decreto Municipal 1 - 0801 de diciembre 11 de 2009 "por el cual se
reglamentan las normas sobre propaganda electoral para las elecciones del
Congreso de la República a celebrarse
e/
14 de marzo de 2010", este
Despacho se permite presentarle los reportes fotográficos de las vallas instaladas
a la fecha, aclarándoles cuales cuentan con el debido permiso:
Aparece una fotocopia de una foto tomada sobre una valla, en la que aparece la
fotografía del señor CARLOS ROMERO. candidato al Senado de la República.
por el partido POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO.
Igualmente informa la Secretaria de Gobierno que:
"Es de anotar que ante el
incumplimiento de la norma por el partido político Polo Democrático alternativo. el
cual exhibe publicidad de los candidatos Jorge Robledo y Venus Albeiro Silva y
ante la renuencia de retirar en su momento esta publicidad. este despacho ha
adelantado actuaciones referentes al tema. dejando como resultado sanción con
multa pecuniaria por exhibir publicidad política en sitios prohibidos"
1.2. El presente asunto correspondió conocer al magistrado JUAN PABLO
CEPERO MARQUEZ.
2.
PRUEBAS
2.2. Obra
en el expediente el siguiente acervo probatorio:
2.2 1 Escrito del Informe enviado a esta Corporación. por la Secretaria de
Gobierno de la ciudad de lbagué. con fecha 10 de febrero de 2010.
2.2.2 Informe presentado por el Tribunal de Garantías del departamento del
Tolima, del cual se extrae el siguiente aparte del texto:
"Una vez practicada las

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