Resolución nº 2010-2288 de Consejo Nacional Electoral
Año de Publicación | 2010 |
REPLIBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCION No. 2288 DE 2010
(Diciembre 13)
Por medio de la cual se resuelven las solicitudes de los señores
OLGA BEATRíZ
GONZÁLEZ CORREA
y
GUSTAVO PETRO URREGO
sobre el desembolso de
los dineros correspondientes a una reposición de votos.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las
conferidas en los artículos 265 numeral 7" de la Constitución Política y los
artículos 5 y 6 de la Resolución 152 de 1997 proferida por el Consejo Nacional
Electoral, teniendo en cuenta los siguientes :
1. HECHOS y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1 1. La señora OLGA BEATRIZ GONZÁLEZ CORREA, Gerente de la
Campaña del doctor GUSTAVO PETRO URREGO . solicita al Consejo
Nacional
Electoral. se
ordene el desembolso que se encuentra
pendiente por la campaña a la presidencia de la república período
constitucional 2010-2014. toda vez que la demora les está generando
ingentes perjuicios económicos que hacen peligrar el futuro financiero
tanto del partido corno del propio candidato: que no se ha incurrido en
violación alguna que configure el manejo irregular de los ingresos y
gastos de la campaña y que no existe en el ordenamiento jurídico
colombiano norma que autorice la retención o suspensión de la
financiación estatal de las campañas.
1 2.
El Doctor GUSTAVO PETRO URREGO en escrito fechado el 2 de
noviembre del año en curso. solicita disponer lo necesario para que se
efectúe
el desembolso correspondiente a la financiación de su
campaña presidencial en razón a que : "...a la fecha dicho desembolso
no se ha producido. presumo que por la existencia de una indagación
preliminar que en circunstancias constitucionales y legales no se opone
con el pago a que tengo derecho..."; expresa que esta solicitud ya
había sido solicitada en idéntico sentido por la Gerente de su campaña.
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