Resolución nº 2011-0884 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827341305

Resolución nº 2011-0884 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro4012-01
Fecha09 Agosto 2011
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN N° 0884 DE 2011
( 09 DE AGOSTO )
Por medio de la cual se Rechaza la queja presentada por la presunta inscripción
irregular de cédulas en el municipio de San Bernardo, del departamento de Nariño.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en
1994; la Resolución N°. 0215 de marzo de 2007 proferida por el Consejo Nacional
Electoral y con base en los siguientes
HECHOS
Mediante escrito del 8 de julio de 2011, y radicado en esta Corporación con el
número 4012-01, la doctora MARIA ISABEL DELGADO ORTIZ, personera
municipal de San Bernardo, presenta queja relacionada con la presunta inscripción
irregular de cédulas en el municipio de San Bernardo, departamento de Nariño.
Manifiesta la quejosa:
"( )
En ejercicio de mi competencia como Ministerio Público y siguiendo las directrices
emanadas del señor Procurador General de la Nación, el día siete (07) de junio del año en
curso, presenté ante su despacho demanda de trashumancia teniendo en cuenta como
aspectos de depuración la base de datos del SISBEN del Municipio, así como la base de
datos de Desplazados con la que cuenta la Personería Municipal.
No obstante, y por un error involuntario de la suscrita se obvió revisar el formulario E3
identificado con la numeración 05760390 1-2-3-4-5-6, en el cual las seis (06) cédulas no
aparecen en ninguna de las bases de datos prementadas. Así mismo una de las cédulas
perteneciente al formulario 973-4 (Sic)
Por lo anterior les solicito de la manera mas comedida se tengan en cuenta las cédulas de
ciudadanía que a continuación paso a relacionar dentro de la demanda de trashumancia,
para que las mismas sean investigadas por la comisión nombrada para nuestro municipio.
En cumplimiento del artículo 4 de la resolución 1487 de 2003, expedida por esta
Corporación, mediante sorteo le correspondió a este despacho el conocimiento de
las quejas que por trashumancia electoral se presenten en los municipios del
departamento de Nariño; en virtud de lo cual, correspondió al Despacho de la
Magistrada Ponente, el conocimiento de la queja relacionada con el municipio de
San Bernardo, Nariño.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
COMPETENCIA

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