Resolución nº 2011-429 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925239591

Resolución nº 2011-429 de Consejo Nacional Electoral

Fecha14 Junio 2011
Año de Publicación2011
IP
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCION No. 429 DE 2011
(14 DE JUNIO)
Por la cual se abstiene de conocer de la queja presentada por el Señor JESÚS
MIGUEL RUEDA CARREÑO, quien manifiesta no poseer garantías electorales y
temer que le suceda un daño a su vida, integridad personal y la de su familia.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En cumplimiento de las funciones atribuidas por el artículo 265 de la Constitución
Política y por los artículos 11 y 12 del Decreto 2241 de 1986, y
CONSIDERANDO
Que el día 5 de Mayo de 2011, se presentó ante ésta Corporación, la queja
elevada por el Señor JESÚS MIGUEL RUEDA CARREÑO identificado con la
cédula de ciudadanía N° 8.762.071 expedida en Soledad Atlántico, quien
manifiesta lo siguiente:
"(- .-)
En Soledad Atlántico no hay GARANTÍAS PARA LA SEGURIDAD PUBLICA, LA VIDA,
DERECHO A ELEGIR
Y
SER ELEGIDO
Y
DERECHOS HUMANOS, de igual forma pongo
en conocimiento institucional y público de las GARANTÍAS CONSTITUCIONALES que el
estado a través del MINISTERIO DEL INTERIOR
Y
DE JUSTICIA dirigido por el DR.
GERMAN VARGAS LLERAS tiene la obligación de brindarme las medidas y esquema de
seguridad, para que me garanticen el DERECHO A LA VIDA, a la participación democrática y
el derecho constitucional de elegir y ser elegido, ya que soy un dirigente social ex sindicalista y
me desempeño como Coordinador
en Asuntos Sociales de los Servicios Públicos
Domiciliarios, Derechos Humanos
y actualmente
en calidad de
CANDIDATO
INDEPENDIENTE A LA ALCALDÍA DE SOLEDAD (ATLÁNTICO)por
un grupo de
ciudadanos denominados "S.O.S. POR SOLEDAD, y además el estado debe cumplir con los
conveníos y protocolos internacionales de GARANTIZAR LA VIDA, LOS DERECHOS
HUMANOS
Y
EL DERECHO DEMOCRATICO DE EJERCER LA POLÍTICA EN FORMA LIBRE
Y
SEGURA, sin presiones de grupos al margen de la ley y de
"mafias electorales"
que con
sus
"maquinarias perversas" ,
tiene en jaque la seguridad , el orden público, los derechos
humanos y la DEMOCRACIA EN EL MUNICIPIO DE SOLEDAD (ATLÁNTICO).
Cabe mencionar que sí el estado NO puede garantizarme este DERECHO llevaré esta
petición hasta las organizaciones internacionales de derechos humanos
Convencido de que sus esfuerzos ante mi solicitud será escalada, me suscribo de usted un
COLOMBIANO que cree en el país y además en sus instituciones, pero el DR. GERNMAN
VARGAS LLERAS será el responsable de que me suceda un daño a mi vida, integridad
personal y la de mi familia. como le sucedió a los anteriores dirigentes, un candidato a la
Alcaldía, un exalcalde y como a muchos líderes sociales en Soledad (Atlántico)
(...)."
(Sic)
Que el día 11 de Mayo de 2011, se efectuó el reparto correspondiéndole al
Señor Magistrado CARLOS ARDILA BALLESTEROS con el número 2189-
2011
Que la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal de Soledad están
destinados a velar por el respeto de los Derechos Humanos.
Que en materia de protección a candidatos los organismos competentes
son Comando de Policía Nacional en el municipio de Soledad, CTI, DAS,
Alcaldía Municipal de Soledad en coordinación con la Registraduría
Municipal de Soledad.

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