Resolución nº 2011-969 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827388977

Resolución nº 2011-969 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro6384-11
Fecha23 Agosto 2011
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
( 23 DE AGOSTO )
Por la cual se ABSTIENE de conocer la queja presentada por la señora MARTHA
LUCIA NAVARRO, por medio de la cual solicita la revocatoria de aval del Señor
HERNANDO EMILIO ZAMBRANO.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En cumplimiento de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
conferidas en el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, y en la Ley
130 de 1994, y teniendo en cuenta los siguientes,
1. HECHOS
Mediante escrito radicado el día 5 de Agosto de 2011, con el número 6384-11,
la señora MARTHA LUCIA NAVARRO, presenta solicitud de revocatoria de aval
del señor HERNANDO EMILIO ZAMBRANO,
quien manifestó lo siguiente:
"(...) El señor Herrando Emilio Zambrano Pantoja tiene procesos pendientes
en la Corte Suprema de Justicia relacionados con la gobernación del
Amazonas..."
"Solicito se expulse del partido liberal el señor Herrando Emilio Zambrano, y se
revoque el aval"
En reparto de negocios efectuado el 06 de agosto de 2011, le correspondió el
conocimiento del asunto relacionado con el radicado No. 6384-11, al Magistrado
CARLOS ARDILA BALLESTEROS.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1.
COMPETENCIA
El numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política le atribuye al Consejo
Nacional Electoral la función de velar porque los procesos electorales se
desarrollen en condiciones de plenas garantías.

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