Resolución nº 2012-1085 de Consejo Nacional Electoral
Fecha | 20 Junio 2012 |
Número de registro | 10839-12 |
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
(20 de Junio)
Por la cual se RECHAZA IN LÍMINE una solicitud.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas en
2° y 30 de la Ley 1475 de 2011. así como lo dispuesto en la Resolución 0921 de 2011.
teniendo en cuenta los siguientes.
I. HECHOS
Mediante escrito presentado al Consejo Nacional Electoral el 07 de Junio de 2012
radicado bajo el No. 10839-12 y repartido al despacho del Magistrado Ponente, el
ciudadano ANDRÉS FLÓREZ HEREDIA, solicita la revocatoria de
la
inscripción del señor
FRANCINED CANO RAMIREZ como candidato a la Gobernación del departamento del
valle del Cauca. avalado por el MOVIMIENTO MIO
II. NORMAS APLICABLES
El inciso 5° del artículo 108 Superior. modificado mediante el Acto legislativo
01 de 2009
dispone:
"Toda inscripción de candidato incurso en causal de inhabilidad será revocada por
el Consejo Nacional Electoral con respeto al debido proceso".
política. modificado igualmente mediante el citado acto Legislativo:
"12. Decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones
Públicas o cargos de elección popular. cuando exista plena prueba de que
aquellos están incursos en causal de inhabilidad previstas en la Constitución y la
Ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos"
En igual sentido. el inciso 4° articulo 2°
de
la Ley 1475 de 2011,
dispone:
"El incumplimiento de estas reglas constituye doble militancia que será sancionada
conforme a los estatutos y en el caso de los candidatos será causal para la
revocatoria de la inscripción."
De otro lado. con fundamento en la facultad de regulación otorgada al Consejo Nacional
acto Legislativo No. 1 de 2009, profirió
la resolución 0921
del 18 de Agosto de 2011,
"Por
la cual se establece el procedimiento para revocar inscripciones de candidatos a cargos
de elección popular
El mencionado acto administrativo. estableció entre otros. el término y requisitos para la
presentación de solicitudes ciudadanas. tenientes a la revocatoria de las inscripciones de
candidaturas.
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