Resolución nº 2012-1598 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827354181

Resolución nº 2012-1598 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro9832-11
Fecha09 Agosto 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
RESOLUCIÓN No.1598 DE 2012
(09 de agosto)
Por la cual se abstiene de dar trámite a la petición formulada por el presidente del
concejo del municipio de Pueblo Viejo departamento del Magdalena, señor
Asdrúbal Moreno Granados.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las
conferidas en el artículo 23 y los numerales 6 y 12 del artículo 265 de la
Constitución Política, y teniendo en cuenta los siguientes:
HECHOS
1. El presidente del concejo municipal de Pueblo Viejo. departamento del
Magdalena, ciudadano Asdrúbal Moreno Granados, mediante escrito radicado en
esta Corporación con N° 9832-12, asignado en reparto de negocios al despacho
del Magistrado Gilberto Rondón Gonzalez, presento derecho de petición en los
siguientes términos:
"El abajo firmante Concejal Electo para el Periodo 2012-2015 del Municipio de Pueblo
Viejo- Magdalena. en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el Artículo 23 de la
Política de Colombia y con el lleno de los requisitos establecidos en el
Artículo 5 del Código Contencioso Administrativo y con el debido respeto acudo ante su
despacho A fin de elevar petición de información con base en lo siguiente:
1. Que dando cumplimiento al fallo de tutela emanado por el Juzgado Segundo Promiscuo
Municipal de Ciénaga en fecha del 02 de marzo de 2012 se retomaron los actos
pertinentes a las actividades del Concejo Municipal, entre ellas el trámite del llamado a la
ocupación de la Curul Vacante declarada a causa del deceso del concejal
ALEXANDER
DE LA ROSA GOMEZ.
3. Que una vez surtido lo anterior se realizó la respectiva notificación personal de la
Resolución N. 002 del 12 de marzo de 2012 por medio de la cual se hace un llamado a
ocupar la curul de Concejal del municipio de Pueblo Viejo Magdalena al señor
ISAAC
ARIZA VARELA
el
día 12 de marzo de 2012 por ser este quien debía posesionarse en la
curul vacante debido a que es el siguiente en la lista de no elegidos, según consta en el
formulario E-26 expedido por la Comisión Escrutadora Departamental.
5. El día 15 de Marzo de 2012 se recibió en la Secretaria General de la Corporación copia
de la solicitud de pronunciamiento elevada al Señor
ANTONIO ALVAREZ LLERAS
Secretario General del Partido Cambio Radical
firmada por el señor
ISAAC ARIZA
VARELA
en la cual manifestaba que su intención es no tomar posesión de la curul
vacante y no asistir a las sesiones del Concejo Municipal. pues no pertenece al Partido
porque en la actualidad esta desafiliado. después de haber sido aceptada su renuncia al
partido el día 16 de Enero de 2012.

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