Resolución nº 2014-2608 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 926040660

Resolución nº 2014-2608 de Consejo Nacional Electoral

Fecha14 Julio 2014
Año de Publicación2014
ORGANlZACI6N ELf,c'l\'RAI.
Consejo Nacional Electoral
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RESOLUCiÓN No. 2608 de 2014
(14 de julio)
Por la cual se decide sobre la solicitud presentada por el doctor CESAR ALEXANDER
MARTINEZ HERRERA, apoderado del Doctor JORGE EDUARDO GECHEM TURBAY con
ocasión de los escrutinios de las votaciones en Departamento del BOLíVAR para las
elecciones del Senado de la República, período 2014-2018.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el
artículo 265 de la ConstituciónPolítica y el Decreto 2241 de 1986, teniendo en cuenta los
siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1- El 9 de marzo de 2014 se realizaron en todo el territorio nacional las elecciones para
el Congreso de la República y Parlamento Andino, período constitucional 2014-2018,
iniciándose en la misma fecha los correspondientes escrutinios zonales y municipales.
En la misma fecha, esta Corporación dio inició al escrutinio de las votaciones depositadas en
el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011.
1.2 El día 11 de marzo se reinició la audiencia pública con el escrutinio general de las
votaciones depositadas en todos los departamentos del país, entre ellos los depositados en
el Departamento de Bolívar, para el Senado de la República.
1.3.- Durante la audiencia pública, bajo radicado NO.1167-14 del 24 dejunio de 2014. CESAR
ALEXANDER MARTINEZ HERRERA, apoderado del Doctor JORGE EDUARDO GECHEM
TURBAY presentó solicitud de saneamiento de nulidades electorales y Agotamiento de
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Consejo Nacional Electoral
REPlrBLlCA DE COLOMBIA
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requisito de procedibilidad, sobre los escrutinios de las votaciones depositadas en el
Departamento de Bolívar para el Senado de la República.
1.4 El 7 de abril, la Corporación efectuó el reparto de las reclamaciones, solicitudes,
apelaciones y desacuerdos recibidos. De acuerdo con el mismo, le correspondió al
Magistrado BERNARDO FRANCO RAMíREZ, actuar como ponente de los asuntos
relacionados con los escrutinios en el Departamento mencionado.
1.5. Mediante Resolución No: 2246 del 26 de junio de 2014, por medio de la cual se asume
el conocimiento de la solicitud de saneamiento de nulidades
y
de agotamiento del requisito
de procedibilidad presentada por el Doctor CESAR ALEXANDER MARTINEZ HERRERA,
apoderado del Doctor JORGE EDUARDO GECHEM TURBAY y se ordena examinar y
verificar documentos electorales del departamento del BoLíVAR.
1.6. Con acto administrativo de 2014, el Magistrado Ponente ordenó pruebas de las
actuaciones administrativas con radicado No. 1166, el cual dispuso, al Registrador
Delegado en lo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil y a los Delegados de
la Registraduría Nacional del Estado Civil en el departamento de Bolívar, para que de
manera inmediata remitan E-14 de Claveros, E-24 mesa a mesa y las actas de escrutinio
municipal correspondientes a la votación para Senado de la República período constitucional
2014-2018, de las mesas solicitadas por el peticionario.
2. LA SOLICITUD
2.1 El doctor CESAR ALEXANDER MARTINEZ HERRERA, apoderado del Doctor JORGE
EDUARDO GECHEM TURBAY presentó solicitud de saneamiento de nulidades electorales
y
Agotamiento de requisito de procedibilidad, sobre los escrutinios de las votaciones
depositadas en el Departamento de Bolívar para el Senado de la República., periodo 2014-
2018.

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