Resolución nº 2014-2789 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 926084076

Resolución nº 2014-2789 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2014
Fecha14 Julio 2014
ORGA."\'IZACJ6N ELEL"TORAL
Consejo Nacional Electoral
RJ;rúBucA DE COLOMBIA
RESOLUCiÓN No. 2789 DE 2014
(14 de Julio)
Por la cual se decide sobre la solicitud de agotamiento del requisito de la acción de nulidad
electoral, del artículo 237 de la ConstituciónPolítica, incoada por la señora Luz Mery Castro
Bermúdez, dentro de los escrutinios generales de Senado de la República, en el
Departamento de Vaupés.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial la contenida en el
parágrafo del artículo 237 de la CartaPolítica, y de conformidad con los siguientes.
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 La señora Luz Mery Castro Bermúdez, en ejercicio de acción pública (requisito de
procedibilidad), interpuso el cinco (05) de junio de 2014, con el radicado No. 00976, solicitud
invocando el saneamiento de nulidades electorales y el agotamiento de requisito de
procedibilidad, dentro de los escrutinios generales de Senado de la República en el
Departamento de Vaupés, por considerar que hubo irregularidad en el proceso de votación y
escrutinio.
La petición se presentó en los siguientes términos:
"... Septuagésimo tercero. En las Zonas, puestos ymesas de los municipios que más
adelante relaciono, los guarismos consignados en el correspondiente E-24 municipal no
coinciden con los consignados en el correspondiente E-14, para el candidato WILLMAR
ORLANDO BARBOSA ROZO 037 de la lista del Partido Social de Unidad Nacional,
Partido de la U, sin que haya mediado justificación alguna para ello, toda vez que en el
acta de escrutinio municipal no existe constancia
o
en caso de modificación, no fue en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR