Resolución nº 2015-0769 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827340493

Resolución nº 2015-0769 de Consejo Nacional Electoral

Fecha11 Mayo 2015
Número de registro1165-15
Consejo Nacional Electoral
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(11 de mayo)
Por medio de la cual se abstiene de iniciar actuación administrativa por la presunta
vulneración de la normativa sobre propaganda electoral, y se ordena el archivo del
expediente radicado con el No. 1165-15.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en
el numeral 6 artículos 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la ley 130 de 1994 y
teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1
. Mediante escrito radicado en la Corporación con el número 1165-15 el 12 de febrero
de 2015, el doctor Alberto de Jesús Valle Campo, en su calidad de Procurador Provincial de
la ciudad de Valledupar, departamento del Cesar, remitió copia de la solicitud elevada ante
el Ministerio del Interior, en la que se pone de manifiesto la existencia de múltiples casos de
presunta realización de propaganda electoral extemporánea, en los siguientes términos:
"La función preventiva, es entendida como la acción de promover
e
impulsar un conjunto
de políticas, planes, programas y actividades dirigidas a evitar la ocurrencia de hechos,
actos u omisiones contrarios a la Constitución o a la Ley, de esta forma se vigila y evita la
realización de conductas que afecten el interés general y la violación de los derechos
fundamentales y colectivos.
Con base a lo anterior, ponemos en conocimiento de ustedes, alertándolos sobre los
múltiples casos de publicidad política extemporánea o de expectativa, a través del medio
periodístico, gratuito, de circulación semanal denominado "la calle", que todos los lunes
publica titulares de eventuales aspirantes a las próximas elecciones de autoridades
locales 2015, en la que es visible su inclinación hacia ciertos ciudadanos y la
animadversión hacia otros, como se aprecia en los documentos anexos.
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Consejo Nacional Electoral
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Es de resaltar que conforme a documento adjunto, y bajado de la página de Radio
Guatapuri, se lee que el Gerente de Campaña, del señor Jesús Vargas Oñate es el
director del Diario "La Calle" es el Gerente de campaña del aspirante Augusto "Tuto"
Uhía.
Edición 141 del lunes 19 enero de 2015 páginas 6 y 7.
"Porque Fredys socarras si paga
se
juega su carta politica con la que seria la mejor
amiga de su amante".
Edición 142 lunes 26 enero de 2015 pagina 3.
"Esto no ha comenzado y ya tambalean las candidaturas"- página 4. "Con seguridad Luis
Fabian Fernández y Aya Carvajal es una alianza que Valledupar no quiere" - pagina 20-
21.
Edición 143 lunes 02 enero de 2015 - pagina 3,16-17-18-19.
"para la gobernación se vislumbran dos candidatos fuertes y algunos oportunistas"
"Tuto arrancó con la firme convicción de que 'Avanzar es Posible"
"Los que respaldan la propuesta de Tuto"
"Quiénes están detrás de la Morelli y Arturo Calderón para la Gobernación del Cesar?"
Edición 139 lunes 05 enero de 2015 (no se adjunta)
"El poder del alcalde Socarras, Martos y Chichi Quintero se unen para montarse a la
katrizza".
Con lo anterior se estaría vulnerando la ley 130 de 1994 arto 24, que regula los tiempos
establecidos para realizar campañas políticas y el uso de publicidad, además que es el
estatuto básico de los partidos y las campañas electorales.
Señor Ministro JUAN FERNANDO CRISTO, pese a las alarmas tempranas emitidas
desde esta Procuraduría Provincial, sobre las irregularidades y propaganda de
expectativa o anticipada en nuestra jurisdicción, son varios los candidatos, que
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Nacional Electoral
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continúan utilizando diferentes espacios para anunciar su próxima candidatura.
Estaremos en disposición de comunicar las novedades que surgieren en el tema
electoral a la
Unidad de Recepción para la Transparencia Electoral
y cumplir con los
requerimientos por parte de su Despacho en todo lo atinente para proteger los
derechos y las garantías electorales dentro y antes del debate electoral, próximo a
celebrarse.
1.2.
Por reparto efectuado el 13 de febrero de 2015, le fue asignado el conocimiento del
asunto al despacho del Magistrado Felipe Garcia Echeverri.
1.3.
Mediante escrito recibido el 3 de marzo del año en curso la doctora Ana María Almario
Dreszer en su calidad de directora de la oficina de la Democracia, la Participación
Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior, remitió la queja Uriel No. 6154
relacionada con el informe sobre múltiples casos de presunta publicidad política
extemporánea a través del medio periodístico, gratuito y de circulación semanal denominado
"Semanario La Calle Cesar", suscrito por el procurador provincial de Valledupar y referida en
el numeral 1.1. de esta Resolución.
1.4.
Mediante escrito recibido el 13 de marzo del año en curso la doctora Fanny María
González Velasco, Procuradora Delegada para la Función Pública y Vicepresidenta de la
Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales, remitió el mismo informe suscrito por
procurador provincial de Valledupar previamente transcrita.
2. DEL ACERVO PROBATORIO
Obra en el expediente el material probatorio relacionado a continuación:
2.1.
Pantallazos de la nota publicada en el portal www.radioguatapuri.com
titulada
"¿El
Aliado o el dueño de Tufo?",
remitidos el informe suscrito por Procurador Provincial de
Valledupar.
Se observa en las imágenes:

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