Resolución nº 2015-3829 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 827381217

Resolución nº 2015-3829 de Consejo Nacional Electoral

Número de registro4957-15
Fecha29 Septiembre 2015
RESOLUCIÓN No. 3829 DE 2015
(29 de septiembre)
Por medio del cual se adoptan decisiones dentro del procedimiento administrativo para
determinar la posible inscripción irregular de algunas cédulas de ciudadanía en el
Municipio de CAREPA, ANTIOQUIA, para las elecciones de autoridades locales a
realizarse el 25 de Octubre del año 2015.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los
artículos 265 numeral 6° y 316 de la Constitución Política, 4°de la Ley 163 de 1994 y la
Resolución número 0333 de 2015, del Consejo Nacional Electoral, teniendo en cuenta los
siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 En el municipio de CAREPA, ANTIOQUIA, como en el resto del Territorio Nacional se
llevarán a cabo el 25 de octubre de 2015, las elecciones para elegir autoridades
locales.
1.2 En el municipio de CAREPA, ANTIOQUIA, se llevó a cabo inscripción de cédulas
para los próximos debates electorales, en el tiempo comprendido entre del 25 de
octubre de 2014 y el 25 de agosto de 2015.
1.3 Con ocasión de las elecciones locales del próximo 25 de octubre de 2015, se han
presentado las siguientes quejas por la presunta inscripción irregular de cédulas de
ciudadanía, en el período comprendido entre el 25 de octubre de 2014 al 25 de agosto
de 2015:
FECHA
RADICADO
PETICIONARIO
MUNICIPIO
DEPARTAMENTO
25 de Mayo
de 2015
4957-15
EDITH GUARDIA ROMAÑA
CAREPA
ANTIOQUIA
28 de Agosto
de 2015
5155-15
7359-15
EDISON CALDERIN CERPA
CAREPA
ANTIOQUIA
7 de
Septiembre
de 2015
6709-15
CARLOS JULIO MAZO
OSPINA
CAREPA
ANTIOQUIA
1.4 Por reparto le fue asignado al despacho del suscrito Magistrado Héctor Helí Rojas
Jiménez, el conocimiento de la todas las solicitudes y actuaciones tendientes a dejar
sin efecto la inscripción irregular de cedulas del municipio de CAREPA, ANTIOQUIA.
1.5 Mediante auto del 10 de septiembre del 2015, el Despacho asumió el conocimiento de
oficio, de las denuncias por presunta inscripción irregular de cédulas en el municipio
de CAREPA, ANTIOQUIA y ordenó al Registrador de esa municipalidad fijar aviso,
para que todos los ciudadanos que inscribieron sus cédulas en forma irregular
probaran de manera sumaria el lugar de residencia en el mismo, igualmente ordenó
acumular a esta investigación las quejas que radiquen del mismo municipio
relacionadas que la inscripción irregular de cédulas.
1.6 Mediante aviso, que se fijó en la oficina de la Registraduría Municipal de CAREPA,
ANTIOQUIA, se dio a conocimiento de la ciudadanía que mediante auto del 10 de
septiembre de 2015, se asumió el conocimiento de oficio de la presunta inscripción
irregular de cédulas para que los ciudadanos ejercieran su defensa.
1.7 La Directora del Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el
Coordinador del Grupo Técnico de Censo Electoral, remitieron al Despacho
Sustanciador información en un medio magnético, un archivo plano, donde figuran los
archivos a nivel nacional de los inscritos en el período 2014 2015.
1.8 Mediante Resolución 2618 de fecha 22 de septiembre de 2015, se adoptan
decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario pendiente a
determinar la presunta inscripción irregular de cedulas de ciudadanía en el municipio
de CAREPA, ANTIOQUIA.

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