Resolución N° 201950108887 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 18-11-2019 - Normativa - VLEX 879097972

Resolución N° 201950108887 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 18-11-2019

Fecha18 Noviembre 2019
Año2019
Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Tipo de documentoResolución
/tmp/tmp-1867KmCCkylHmN/input Gaceta Oficial Nº4648
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RESOLUCIÓN N° 201950108887 DE 2019
(Noviembre 18 de 2019)
Por la cual se delimita territorialmente el “Distrito Económico y Creativo Perpetuo 
Socorro” en el Municipio de Medellín y se clasifican las actividades que serán objeto del 
beneficio tributario establecido en el artículo 318 del Acuerdo Municipal 066 de 2017
El DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN 
Desde el Plan de Desarrollo Cultural de Medellín 2011-2020, 
y la SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO en uso 
en el componente 28 se cuenta con programas dedicados 
de sus facultades legales, en especial de las conferidas por 
al fortalecimiento de las redes culturales. Por su parte, el 
el Acuerdo Municipal 066 de 2017, el Decreto Municipal con 
componente 29, de impulso a la creación y fortalecimiento de 
Fuerza de Acuerdo 883 de 2015 y el Acuerdo 48 de 2014, 
empresas culturales, tiene por objetivo general “promover los 
en concordancia con la Ley 1437 de 2011, y, 
procesos culturales a partir de la creación y fortalecimiento 
de empresas culturales”
CONSIDERANDO QUE:
El Plan de Desarrollo 2016-2019 “Medellín Cuenta con Vos”, 
El Documento Conpes 3659 “Política nacional para la 
en la dimensión estratégica “Para ofrecer una educación de 
promoción de las industrias culturales”, se constituye en la 
calidad y empleo para vos”, tiene como objetivo “Promover 
norma del orden nacional a partir de la cual se contempla un 
una educación pertinente e integral, así como estrategias 
marco jurídico orientado a desarrollar, fomentar, incentivar y 
de emprendimiento, innovación y generación de empleo 
proteger las industrias creativas, en este caso las culturales. 
digno, que contribuyan al desarrollo y la competitividad de la 
Además, normas como el artículo 79 de la Ley 1943 de 2018 
ciudad”. A partir de allí se definió el proyecto 4.4.1.5. “Medellín 
“Por la cual se expiden normas de financiamiento para el 
Creativa”, en desarrollo del cual se proyecta “Conocer y 
restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se 
fortalecer el ecosistema creativo de la ciudad a través de la 
dictan otras disposiciones” y el artículo 179 de la Ley 1955 
formulación y consolidación de una agenda pública que, con 
de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 
una sistematización de inventarios e iniciativas, identifique 
2018-2022”, expanden el horizonte conceptual y jurídico del 
el estado actual de la ciudad en el área y promueva un plan 
Documento Conpes y lo articulan a otras industrias creativas 
intersectorial para el fomento y la gestión de la economía 
propias de la política nacional de Economía Naranja. 
creativa en Medellín”
En el caso de la ciudad de Medellín, las economías creativas 
En consonancia con el anterior marco normativo, el Acuerdo 
son fundamentales como herramienta de inclusión social, la 
Municipal 066 de 2017 (Estatuto Tributario Municipal), por 
formación de cultura de la población y como condición para 
el cual se expidió la normativa sustantiva aplicable a los 
el desarrollo económico productivo y autosostenible de la 
tributos vigentes en el Municipio de Medellín, en el artículo 
Ciudad y su entorno regional. El arte, la cultura, la música, 
318 autorizó una tarifa especial en el impuesto de Industria 
el diseño o la danza, por ejemplo, como parte del tejido 
y Comercio, Avisos y Tableros, para las empresas que 
económico de la ciudad contribuyen a la integración social.
desarrollen actividades industriales, comerciales y de servicio 
al interior de los distritos económicos – creativos que sean 
declarados mediante Resolución por el Departamento 
La economía creativa se inserta dentro de uno de los enfoques 
Administrativo de Planeación y la Secretaría de Desarrollo 
priorizados de la Política Pública de Desarrollo Económico 
Económico, quienes deben delimitar territorialmente el distrito 
de la ciudad denominado “área de oportunidad”. En dicha 
y determinar la clasificación de las actividades que harán 
área se encuentran las industrias emergentes de rápida 
parte del beneficio tributario, sujeto a la viabilidad financiera 
expansión en la ciudad, entendiendo la expansión como 
y el impacto fiscal definidos por la Secretaría de Hacienda.
escalamiento en el número de empresas y portafolio de 
bienes y servicios ofrecidos, cuya naturaleza requiere de 
intervención diferenciada. 
La competencia asignada por el Estatuto Tributario Municipal 
al Departamento Administrativo de Planeación para realizar 
la delimitación del Distrito Económico y Creativo, se halla en 
En ese orden de ideas, se han desarrollado herramientas 
armonía con lo dispuesto en el artículo 340 del Decreto con 
normativas, planes y programas orientados a fomentar, 
Fuerza de Acuerdo 883 de 2015, mediante el cual se adecuó 
incentivar y proteger las industrias creativas, como el Plan 
la estructura de la Administración Municipal de Medellín, 
de Desarrollo Cultural Medellín 2011 – 2020, el Plan de 
donde se dispone que esta Dependencia se encarga de 
Desarrollo Municipal 2016 – 2019, la Política Pública de 
dirigir, coordinar y definir el modelo de ocupación de la 
Desarrollo Económico, el Plan Intersectorial de Economía 
Ciudad en sus dimensiones básicas de desarrollo, entre 
Creativa 2018 – 2030, y el Acuerdo Municipal 119 de 2019 
ellas la dimensión físico espacial.  
“Por medio del cual se adoptan, consolidan y articulan 
programas, proyectos, y acciones para el fomento, promoción, 
formalización y proyección de las Economías Creativas en 
En cuanto a la competencia asignada en el mismo Estatuto 
la Ciudad de Medellín”.
Tributario a la Secretaría de Desarrollo Económico para 
determinar la clasificación de las actividades que harán 
parte del beneficio, ésta se encuentra en concordancia con 

Gaceta Oficial Nº4648
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lo consagrado en el artículo 330 del Decreto con Fuerza de 
estratégica en la ciudad con el potencial de convertirse en 
Acuerdo 883 de 2015, donde se señala que la Secretaría se 
un punto de articulación de muchas de las actividades 
encarga de dirigir y definir los lineamientos para el modelo 
relacionadas con la Industria Naranja, permitiendo que a 
de desarrollo económico, empresarial y de competitividad 
futuro se entienda como un territorio que cohesione todas 
de la ciudad de Medellín.
la actividades de producción y oferta de insumos, contando 
al tiempo con una localización óptima para la distribución 
El artículo 61 del Acuerdo 48 de 2014, por el cual se adopta 
gracias a su cercanía con el Río Medellín y la Avenida Las 
la revisión y ajuste de largo plazo del Plan de Ordenamiento 
Palmas, entendidas desde su conexión con el Aeropuerto 
Territorial de Medellín y se dictan otras disposiciones, 
Internacional José María Córdova.
identifica en el territorio municipal las Áreas de Intervención 
Estratégica – AIE, con el fin de direccionar acciones y utilizar 
Ahora bien, a partir de la articulación de iniciativas por 
los instrumentos de planificación y gestión complementarios 
parte del Concejo Municipal, la Administración Pública en 
al Plan, en porciones del territorio municipal que presentan 
cabeza de la Secretaría de Desarrollo Económico y el sector 
las mayores oportunidades para que en ellas se produzcan 
privado representado por algunos moradores del barrio 
las transformaciones territoriales necesarias que permitan 
Perpetuo Socorro, se identificó la posibilidad de configurar 
concretar el modelo de ocupación definido en el Plan.
un ecosistema de la creatividad en dicha área, lo cual resultó 
más adelante en el contrato interadministrativo 4600078643 
El artículo 62, por su parte, identifica dichas AIE y entre 
de 2018, suscrito entre el Departamento Administrativo de 
ellas se encuentra el AIE Macroproyecto Urbano – Centro 
Planeación y la Empresa de Desarrollo Urbano en calidad 
(MEDRío Centro) donde se busca ordenar la zona centro 
de Operador Urbano de la Zona, con el objetivo de priorizar 
de la ciudad, en vinculación con el Río Medellín, con el fin 
la territorialización de las industrias creativas en Medellín.
de superar los desequilibrios funcionales a escala local, 
metropolitana y regional a través de su recuperación y 
En virtud del contrato interadministrativo descrito, el Operador 
transformación estratégica, configurando así la centralidad 
Urbano EDU caracterizó, perfiló y priorizó algunas Unidades 
metropolitana competitiva del siglo XXI vinculada al Río 
de Actuación Urbanística (UAU) con el potencial para detonar 
Medellín, para lo cual se contemplan tres (3) subzonas, 
el Distrito Creativo, a partir de la definición de unas fases de 
delimitadas según la vocación territorial, los tratamientos 
gestión del Plan Parcial Perpetuo Socorro, entre las cuales 
urbanísticos y sus potencialidades.
se encuentra la Etapa de Gestión 1 “L”, conformada por 
veintiséis (26) Unidades de Actuación Urbanística que son: 
La Subzona 1. Frente del Río, como lo señala el Plan de 
13, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 23, 24, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 
Ordenamiento Territorial, incluye la parte baja y central del 
40, 41, 42, 55, 56, 57, 58, 63, 64, 65.
valle que configura el Río Medellín, y comprende el frente 
del Río en ambos costados e incluye el Centro Administrativo 
Estas UAU fueron consideradas por el Operador Urbano 
de la Ciudad. Se enfoca en planificar y reglamentar los 
como la primera etapa de gestión por ser las que mayores 
suelos con...

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