Resolución nº 2020-1949 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925392040

Resolución nº 2020-1949 de Consejo Nacional Electoral

Fecha21 Junio 2019
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No. 1949 de 2020
(20 mayo)
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa contra el señor JUAN
PABLO RAMÍREZ GALINDO y la revista INFORMATIVO DE CUNDINAMARCA, con ocasión
al informe presentado por parte del Alcalde Municipal y el Secretario de Gobierno del Municipio
de Chía, Cundinamarca, por la presunta violación del artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, y se
ordena el ARCHIVO del expediente de radicado No. 12227-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el acto legislativo 1 de
2009 y el artículo 39 de la Ley 130 de 1994 y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 Mediante oficio DSCC.645-019 de fecha 21 de junio de 2019, el señor LEONARDO
DONOSO RUIZ, entonces Alcalde Municipal de Chía, Departamento de Cundinamarca y el
otrora Secretario de Gobierno del mismo Municipio, señor JOSÉ WILLIAM ARIAS GARCIA,
informaron sobre una presunta vulneración a las normas que rigen la publicidad electoral, por
parte del ciudadano JUAN PABLO RAMÍREZ GALINDO y la revista INFORMATIVO DE
CUNDINAMARCA , radicado en la Subsecretaría de esta Corporación el día 05 de julio de
2019, bajo el número 12227-19, en los siguientes términos:
“(…) Para su conocimiento y demás fines pertinentes y de acuerdo al Comité de
Garantías Electorales que se llevó a cabo en el municipio de chía el pasado 2 de
mayo en el cual se socializo a los diferentes precandidatos la CIRCULAR N°003 del
20 de marzo de 2019 “PROPAGANDA ELECTORAL EXTEMPORANEA, me permito
enviar en un (1) CD el respectivo informe de la propaganda que viene circulando en
el Municipio de Chía por cada una de los grupos significativos y los partidos o
personas que aspiran a la Alcaldía o al Concejo Municipal; es de aclarar que el
registro fotográfico es tomando en recorrido realizado en la parte urbana del
Municipio el cual fue requerido por la Procuraduría al que hizo acompañamiento la
Personería Municipal, la Secretaria de Gobierno, la Secretaria del Medio Ambiente.
(…)
1. Precandidato Juan pablo Ramírez Galindo (…)”
1.2. Por reparto interno de negocios, efectuado el 17 de julio de 2019, correspondió al
Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRIGUEZ, conocer del asunto bajo el radicado
número 12227-19.
1.3 Con oficio DSCC.781 019 de fecha 23 de julio de 2019, el señor JOSÉ WILLIAM ARIAS
GARCIA, Secretario de Gobierno del Municipio de Chía Cundinamarca, informó sobre la

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