Resolución nº 2020-2145 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 926066590

Resolución nº 2020-2145 de Consejo Nacional Electoral

Fecha24 Junio 2020
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No. 2145 de 2020
(24 de junio)
Por la cual se DA POR TERMINADA la actuación administrativa adelantada con ocasión de la
presunta transgresión de las normas que rigen la propaganda electoral por parte del señor
ABEL ORDOSGOITIA en el Municipio de Magangué Bolívar, y se ordena el archivo del
expediente radicado No. 9308-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el
artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legislativo 01 de
2009, en concordancia con la Ley 130 de 1994 y la Ley 1475 de 2015; y con fundamento en
los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio de fecha 22 de mayo de 2019, radicado en esta Corporación el día 31 de
mayo de 2019, bajo el número 9308-19, la señora Maira Alejandra Villamizar Menco,
Secretaria General y del Interior del Municipio de Magangué Bolívar, manifestó una presunta
vulneración a las normas que rigen la publicidad electoral por parte del ciudadano ABEL
ORDOSGOITIA, en el Municipio de Magangué Departamento de Bolívar, en los siguientes
términos:
“(…) HECHOS
Por medio del presente escrito y de manera respetuosa la Secretaria General y del
Interior del Municipio de Magangué se permite rendir el siguiente informe dando
cumplimiento a la Circular N°003 del 20 de marzo de 2019. De la siguiente manera:
1. Se realizó el Quinto Comité de Seguimiento Electoral el día 8 de mayo de 2019,
donde se invitó a los aspirantes o pre-candidatos a ocupar cargos de elección popular
y los medios de comunicación del municipio, los cuales atendieron la invitación por
parte de la administración municipal y con ellos presente se socializo la Circular
N°003 del 20 de marzo de 2019 del Consejo Nacional Electoral.
2. La Secretaria General y del Interior realizó un recorrido en el municipio a través de
sus funcionarios y en esas visitas de inspección ocular se evidenció pendones en
rejas de las viviendas y publicidad en los vidrios panorámicos de los carros (micro-
perforado).
3. La Administración Municipal continuará realizando estos recorridos en el municipio
acatando la Circular N°003 del 20 de marzo de 2019, y también para evitar la
contaminación visual. (…)”
1.2 Por reparto interno de negocios, efectuado el 10 de junio de 2019, correspondió al
Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ, conocer del asunto bajo el radicado
número 9308-19.

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