Resolución nº 2020-2267 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925991007

Resolución nº 2020-2267 de Consejo Nacional Electoral

Fecha06 Agosto 2020
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No 2267 de 2020
(06 de agosto)
Por medio de la cual se ORDENA LA APERTURA DE INVESTIGACIÓN y se FORMULAN
CARGOS, contra el PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, unos excandidatos a la
CÁMARA DE REPRESENTANTES por el departamento de TOLIMA y los respectivos
gerentes de campaña por la no apertura de la cuenta única bancaria del excandidato
HERNANDO CARDENAS CARDOSO, el no manejo de la cuenta única por parte de los
excandidatos MARIA NANCY PEÑUELA RAMIREZ, MERCEDES IBARRA VARGAS y
MARCO ANTONIO CESPEDES SEGURA y por el manejo parcial en la cuenta única que
dieron a los recursos de la campaña electoral los excandidatos JOSE ELVER HERNANDEZ
CASAS y ADRIANA MAGALI MATIZ VARGAS, con ocasión a las elecciones realizadas el
pasado 11 de marzo de 2018 a la CÁMARA DE REPRESENTANTES, con lo que habrían
incurrido en una presunta responsabilidad por vulneración de los artículos 10 y 25 de la Ley
1475 de 2011, en el marco de las elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018 y
conforme al expediente con radicado 3293-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el
numeral 6 del artículo 265 de la Carta, modificado por el artículo 12 del acto legislativo 01 de
2009, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, 13 de la Ley 1475 de 2011, 47 y subsiguientes del
cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1 Mediante oficio CNE-FNFP-1056 del 7 de marzo de 2019, el doctor Julio Cesar Garcia
Lopez, Asesor del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional
Electoral, remitió oficio CNE-FNFP- 0998 del 06 de marzo de 2019, el cual versa sobre
informe relacionado con la campaña a la CÁMARA DE REPRESENTANTES, por la
Circunscripción Electoral del departamento del TOLIMA avalada por el PARTIDO
CONSERVADOR COLOMBIANO, para las elecciones al CONGRESO realizadas el 11
de marzo de 2018, en el que se manifestó:
Una vez revisado el informe de Ingresos y Gastos Consolidado de la campaa a la
CAMARA por la Circunscripcin Electoral de TOLIMA por el PARTIDO
Resolución No. 2267 de 2020 Página 2 de 29
Por medio de la cual se ORDENA LA APERTURA DE INVESTIGACIÓN y se FORMULAN CARGOS, contra el
PARTIDO CONSERVADOR COLOMBIANO, unos excandidatos a la CÁMARA DE REPRESENTANTES por el
departamento de TOLIMA y los respectivos gerentes de campaña por la no apertura de la cuenta única bancaria
del excandidato HERNANDO CARDENAS CARDOSO, el no manejo de la cuenta única por parte de los
excandidatos MARIA NANCY PEÑUELA RAMIREZ, MERCEDES IBARRA VARGAS y MARCO ANTONIO
CESPEDES SEGURA y por el manejo parcial en la cuenta única que dieron a los recursos de la campaña electoral
los excandidatos JOSE ELVER HERNANDEZ CASAS y ADRIANA MAGALI MATIZ VARGAS, con ocasión a las
elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018 a la CÁMARA DE REPRESENTANTES, con lo que habrían
incurrido en una presunta responsabilidad por vulneración de los artículos 10 y 25 de la Ley 1475 de 2011, en el
marco de las elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018 y conforme al expediente con radicado 3293-
19.
CONSERVADOR COLOMBIANO para las elecciones realizadas el 11 de Marzo de
2018, al respecto me permito informar que se evidencia una PRESUNTA
VIOLACION del Artculo 25 de la Ley 1475 de 2011 prrafo primero y segundo.
Los recursos de las campaas electorales cuyo monto mximo de gastos sea
superior a doscientos (200) salarios mnimos legales mensuales originados en
fuentes de financiacin privada sern administrados por los gerentes de campaa
designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones
pblicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas
el gerente ser designado de comn acuerdo por los candidatos o, en su defecto, por
el partido, movimiento o comit promotor del grupo significativo de ciudadanos."
"Los recursos en dinero se recibirn y administrarn a travs de una cuenta nica
que el gerente de campaa abrir en una entidad financiera legalmente autorizada,
quin pondr igualmente, bajo su responsabilidad, abrir subcuentas que considere
necesarias para la descentralizacin de la campaa. Estas cuentas estarn exentas
del impuesto a las transacciones bancarias. La Superintendencia Financiera
establecer un rgimen especial de control y vigilancia que garantice la transparencia
en el manejo de dichas cuentas.".....
Lo anterior por cuanto, en los documentos revisados se observa que el candidato no
dio cumplimiento a las normas que regulan la administracin de los recursos de
ingresos y gastos de la campaa electoral Ley 1475 de 2011.
NO APERTURARON CUENTA UNICA.
N.
NOMBRE DEL CANDIDATO
CEDULA
OBSERVACION
TOTAL
INGRESOS
DICTAMEN
AUDITORIA
GERENTE
SI/NO
SI/NO
1
HERNANDO CARDENAS
CARDOSO
93.115.195
SI
126.600.000
SI
MANEJO PARCIAL O NO MANEJO DE LA CUENTA UNICA
N.
NOMBRE DEL CANDIDATO
CEDULA
OBSERVACION
TOTAL
INGRESOS
DICTAMEN
AUDITORIA
GERENTE
SI/NO
SI/NO
1
MARIA NANCY PEÑUELA
RAMIREZ
28.817.183
SI
$ 10.000.000
SI
2
MERCEDES IBARRA VARGAS
28.696.728
SI
$ 8.200.000
SI
3
JOSE ELVER HERNANDEZ CASAS
SI
220.989.606,40
SI
4
MARCO ANTONIO CESPEDES
SEGURA
1.110.444.873
SI
$ 18.309.048
SI
5
ADRIANA MAGALI MATIZ
VARGAS
65.768.392
SI
$ 219.994.375,75
SI
En el dictamen suscrito por el Contador Pblico WILSON HERNAN TORRES
GUERRERO con T.P No 153212-T Auditor Interno del PARTIDO CONSERVADOR
COLOMBIANO, refiere que el candidato anteriormente relacionado no dio
cumplimiento al art. 25 de la Ley 1475 de 2011, en cuanto que los candidatos dieron
apertura a la cuenta bancaria pero NO manejaron el 100% de los recursos de la
campaa poltica en dicha cuenta bancaria, y otros candidatos no realizaron la
apertura de la cuenta.
Se rinde el presente informe para los fines pertinentes, anexando los siguientes
documentos:

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