Resolución nº 2020-2534 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938696545

Resolución nº 2020-2534 de Consejo Nacional Electoral

Fecha11 Marzo 2018
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No. 2534 DE 2020
(SEPTIEMBRE 02)
Por medio de la cual se SANCIONA a los ciudadanos SERGIO ANTONIO MARTHEYN
GÓMEZ identificado con la cédula de ciudadanía número 1.032.451.360 y MARÍA VICTORIA
BUENAVENTURA GUZMÁN identificada con la cédula de ciudadanía No. 21.203.139, por la
vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión a la no presentación de
informes de ingresos y gastos y la no designación de sus gerentes de campaña, para la
campaña a la Cámara de Representantes Circunscripción de Cundinamarca, avalados por el
Partido Conservador Colombiano, en las elecciones del 11 de marzo del 2018.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en
el numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994,
y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS
1.1. Que el 12 de diciembre de 2018 fue radicado en la Subsecretaría de la Corporación el
oficio No. CNE-FNFP-5989, suscrito por el Asesor del Fondo Nacional de Financiación
Política del Consejo Nacional Electoral, en el cual se indica:
«De manera atenta, remito para su conocimiento y trámite respectivo la relación de
candidatos, partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que no
cumplieron con la debida presentación de los informes de ingresos y gastos de
campañas, evidenciando presunta violación al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011,
para las elecciones al Congreso de la República del año 2018. (…)”
1.2. El 09 de enero del 2019, bajo radicado 13599-19, correspondió por reparto el presente
asunto al magistrado Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
1.3 Mediante Auto No. 12 del 22 de enero de 2019, se avocó conocimiento y se ordenó la
apertura de indagación preliminar al ciudadano SERGIO ANTONIO MARTHEYN GOMEZ , y
se decretan la práctica de las siguientes pruebas: I) se solicita al partido Conservador
informar si el ciudadano Marthey presentó los informes de ingresos y gastos de su campaña
a la cámara de Representantes, II) se solicita al Fondo Nacional de Financiación Política
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Por medio de la cual se SANCIONA a los ciudadanos SERGIO ANTONIO MARTHEYN GÓMEZ identificado con la cédula
de ciudadanía número 1.032.451.360 y MARÍA VICTORIA BUENAVENTURA GUZMÁN identificada con la cédula de
ciudadaa No. 21.203.139, por la vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión a la no presentación de
informes de ingresos y gastos y la no designación de sus gerentes de campaña, para la campaña a la Cámara de
Representantes Circunscripción de Cundinamarca, avalados por el Partido Conservador Colombiano, en las elecciones del
11 de marzo del 2018.
informar si el señor SERGIO ANTONIO MARTHEYN GOMEZ presentó ante la Corporación
informes de ingresos y gastos de su campaña a la cámara de Representantes, si es del caso
remitirlos al despacho, III) se solicita a la oficina de Gestión Electoral de la Registraduria
Nacional del Estado Civil remitir al despacho copia de los formulario E-6 Y E-8 y sus anexos
de la lista de inscripción del partido conservador a la cámara de representantes
circunscripción electoral de Cundinamarca, para las elecciones celebradas el 11 de marzo
del 2018.
1.4. Mediante Auto CNE-JLLP-46-2019, se ordenó al Fondo Nacional de Financiación
Política indicar al despacho si el señor SERGIO ANTONIO MARTHEYN GOMEZ realizó
apertura de cuenta única bancaria y si designo gerente para su campaña a la cámara de
Representantes circunscripción electoral de Cundinamarca, avalado por el Partido
Conservador Colombiano.
1.5 Mediante oficio CNE-FNFP-1613 del 01 de abril de 2019, suscrito Por el asesor del
Fondo Nacional de Financiación Política se requirió vincular a la presente indagación
Preliminar a la excandidata María Victoria Buenaventura Guzmán, por la violación al artículo
25 de la ley 1475 del 2011, por la no presentación de informes y gastos de su campaña a la
Cámara de Representantes circunscripción electoral de Cundinamarca, avalada por el
Partido Conservador Colombiano.
1.6. Mediante Auto CNE-JLLP-54 del 10 de abril del 2019, se ordenó la apertura de
indagación preliminar y se ordena vincular a la ciudadana María Victoria Buenaventura
Guzmán identificada con cédula de ciudadanía No. 21.203.139, por la violación a lo
establecido en el artículo 25 de la ley 1475 del 2011, por la no presentación de informes y
gastos de su campaña a la Cámara de Representantes circunscripción electoral de
Cundinamarca, avalada por el Partido Conservador Colombiano, para las elecciones del 11
de octubre del 2018, donde se decretaron las siguientes pruebas: I) se solicita al partido
Conservador informar si la ciudadana María Victoria Buenaventura presentó los informes de
ingresos y gastos de su campaña a la cámara de Representantes. II) e solicita al Fondo
Nacional de Financiación Política informar si la ciudadana María Victoria Buenaventura
efectuó los registros correspondientes en el aplicativo cuentas claras sobre sus ingresos y
gastos de la referida campaña electoral, así mismo, indicar si la mencionada ciudadana
apertura cuenta única bancaria y si designó gerente de campaña, III) se solicita a la oficina
de Gestión Electoral de la Registraduria Nacional del Estado Civil remitir al despacho copia
de los formulario E-6 Y E-8 y sus anexos de la lista de inscripción del partido conservador a

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