Resolución nº 2020-2710 de Consejo Nacional Electoral
Fecha | 16 Septiembre 2020 |
Año de Publicación | 2020 |
RESOLUCIÓN 2710 DE 2020
(16 de septiembre de 2020)
Por medio del cual se decide un impedimento presentado por el Honorable Magistrado
VIRGILIO ALMAZA OCAMPO, respecto de los radicados 3804-20 y 5966-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
artículos 11, 130 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 2241 de 1986(
1
),
los artículos 140 y 141 de la ley 1564 de 2012(
2
), las Resoluciones No. 3378 de 2014(
3
) y 65 de
1996(
4
) proferidas por esta Corporación y con fundamento en los sucesivos
1. HECHOS
1.1. Mediante oficio CNE-VAO-054-2020, el Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA
OCAMPO, presentó escrito ante la Sala Plena de esta Corporación, en el cual manifestó
impedimento respecto de los radicados No. 3804-20 y 5966-20, en los siguientes términos:
“Honorable Magistrados
El Consejero Electoral, Doctor Cesar Augusto Abreo Méndez conoció de una solicitud
elevada por la asesora jurídica del partido político Colombia Justas Libres en donde
se requiere a la Corporación para que se sirva emitir concepto respecto de la forma
en que procede la distribución de recursos entregados a esa agrupación política, por
concepto de gastos de campaña en consonancia con lo establecido por la ley 1475
de 2011 y por la Resolución No. 0259 del 30 de enero de 2019 dictada por ésta
Colegiatura. Esa petición fue atendida bajo radicado 3804-20 del cual obra registro
de proyecto de concepto en Sala bajo número 6967 – 20.
En igual sentido, pongo de presente que a través de oficio CNE-AIV-1329-20, la
Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral solicitó a la
Subsecretaría de la Corporación asignar el trámite de la actuación administrativa
relacionada con la presunta falta en que habría incurrid o el Partido Colombia Justa
Libres al no haber presentado la declaración política respecto del gobierno municipal
de Villa del Rosario, Norte de Santander, en los términos señalados por el artículo 6
1
“Por el cual s e adopta el CódigoElectoral”
2
“Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otr as disposiciones”
3
“Por medio de la cual s e modifica el artículo 5º del r eglamento del Consejo Nacional Electoral”
4
“Por la cual se dicta el Reglamento de la Corporación”
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