Resolución nº 2020-2710 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925304672

Resolución nº 2020-2710 de Consejo Nacional Electoral

Fecha16 Septiembre 2020
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN 2710 DE 2020
(16 de septiembre de 2020)
Por medio del cual se decide un impedimento presentado por el Honorable Magistrado
VIRGILIO ALMAZA OCAMPO, respecto de los radicados 3804-20 y 5966-20.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los
artículos 11, 130 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 2241 de 1986(
1
),
los artículos 140 y 141 de la ley 1564 de 2012(
2
), las Resoluciones No. 3378 de 2014(
3
) y 65 de
1996(
4
) proferidas por esta Corporación y con fundamento en los sucesivos
1. HECHOS
1.1. Mediante oficio CNE-VAO-054-2020, el Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA
OCAMPO, presentó escrito ante la Sala Plena de esta Corporación, en el cual manifestó
impedimento respecto de los radicados No. 3804-20 y 5966-20, en los siguientes términos:
Honorable Magistrados
El Consejero Electoral, Doctor Cesar Augusto Abreo Méndez conoció de una solicitud
elevada por la asesora jurídica del partido político Colombia Justas Libres en donde
se requiere a la Corporación para que se sirva emitir concepto respecto de la forma
en que procede la distribución de recursos entregados a esa agrupación política, por
concepto de gastos de campaña en consonancia con lo establecido por la ley 1475
de 2011 y por la Resolución No. 0259 del 30 de enero de 2019 dictada por ésta
Colegiatura. Esa petición fue atendida bajo radicado 3804-20 del cual obra registro
de proyecto de concepto en Sala bajo número 6967 20.
En igual sentido, pongo de presente que a través de oficio CNE-AIV-1329-20, la
Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral solicitó a la
Subsecretaría de la Corporación asignar el trámite de la actuación administrativa
relacionada con la presunta falta en que habría incurrid o el Partido Colombia Justa
Libres al no haber presentado la declaración política respecto del gobierno municipal
de Villa del Rosario, Norte de Santander, en los términos señalados por el artículo 6
1
“Por el cual s e adopta el CódigoElectoral
2
Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otr as disposiciones”
3
“Por medio de la cual s e modifica el artículo 5º del r eglamento del Consejo Nacional Electoral”
4
Por la cual se dicta el Reglamento de la Corporación”

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