Resolución nº 2020-2801 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938693486

Resolución nº 2020-2801 de Consejo Nacional Electoral

Fecha17 Octubre 2018
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No. 2801 de 2020
(septiembre 23)
Por la cual se ABSUELVE al señor JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO, en calidad de
candidato a la Cámara de Representantes por el departamento de Casanare, avalado por el
Partido Social de Unidad Nacional Partido de la U, para elecciones del Congreso 2018 y a la
señora YANETH YOHANA YEPES RAMÍREZ, como su gerente de campaña, de los cargos
formulados por, presuntamente, no administrar la totalidad de los recursos de campaña a
través de la cuenta única bancaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la
Ley 1475 de 2011, dentro de la investigación administrativa adelantada, expediente radicado
No. 11596-18 y se ordena el ARCHIVO del expediente.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el acto legislativo 1 de
2009 y las Ley 130 de 1994 y Ley 1475 de 2011 y con base en los siguientes:
I. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El 17 de octubre de 2018, el Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional
Electoral, remitió a la Subsecretaría de esta Corporación, mediante oficio CNE-FNFP-4863
informe de la contadora pública Martha Lucía Paz, en el cual reporta la presunta vulneración
al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, según el informe consolidado de ingresos y gastos
presentado por el Partido Social de Unidad Nacional Partido de la U, respecto al señor
JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO, en su condición de candidato a la mara de
Representantes por la circunscripción territorial de Casanare, con ocasión a los comicios
electorales que se llevaron a cabo el 11 de marzo de 2018.
“() Revisado el informe de Ingresos y Gastos Consolidado de la campaña a la
CÁMARA DE REPRESENTANTES por la circunscripción electoral de CASANARE a la
lista avalada por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL PARTIDO DE LA U,
para las elecciones realizadas el 11 de marzo de 2018, al respecto me permito informar,
que se constata una PRESUNTA VIOLACION del Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011,
incisos primero y segundo (…).
Nombre del candidato
Cédula
Jorge Luis Fuerbringer Bermeo
80.719.512
1.2. De la información reportada por las campañas de los candidatos a Cámara de
Representantes por la circunscripción de Casanare, la lista avalada por el Partido Social de
Unidad Nacional Partido de la U, para elecciones Congreso 2018, fue posible establecer que
la gerente de campaña del señor JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO que presuntamente
incumplió con la obligación de manejo el total de los recursos a través de la cuenta única
bancaria, fue la señora YANETH YOHANA YEPES RAMÍREZ, identificada con cédula de
ciudadanía No. 1.118.534.155
1.3. El proceso con radicado No. 11596-18, le fue asignado al Magistrado Hernán Penagos
Giraldo, mediante Acta No. 21 del 19 de octubre de 2018.
1.4. Realizado el análisis correspondiente frente a la presunta vulneración del artículo 25 de la
ley 1475 de 2011, en cuanto a la administración parcial de los recursos de campaña a través
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Por la cual se ABSUELVE al señor JORGE LUIS FUERBRINGER BER MEO, en calidad de candidato a la Cámara de
Representantes por el departamento de Casanare, avalado por el Partido Social de Unidad Nacional Partido de la U, para
elecciones del Congreso 2018 y a la señora YANETH YOHANA YEPES RAMÍREZ, como su gerente de campaña, de los
cargos formulados por, presuntamente, no administrar la totalidad de los recursos de campaña a través de la cuenta única
bancaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, dentro de la investigación administrativa
adelantada, expediente radicado No. 11596-18 y se ordena el ARCHIVO del expediente.
de la cuenta única bancaria, por parte de señor JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO en
calidad de candidato y la señora YANETH YOHANA YEPES RAMÍREZ como su gerente de
campaña, mediante la Resolución No. 1067 del 20 de marzo de 2019, esta Corporación abrió
investigación administrativa y formuló cargos y otorgó a los investigados un término de quince
(15) días hábiles, siguientes a la notificación de dicha resolución, para presentar sus
descargos, solicitar o aportar las pruebas que pretendieran hacer valer.
1.5. Las notificaciones del acto administrativo mencionado, se surtieron, así:
Nombres
Calidad
Fecha de notificación
Tipo de notificación
Jorge Luis Fuerbringer Bermeo
Candidato
30/04/2019
Personal
Yaneth Yohana Yepes Ramírez
Gerente
30/04/2019
Personal
Procuraduría General de la Nación
Min Público
16/04/2019
Correo Electrónico
1.6. Vencido el plazo de quince (15) días señalados en los términos del artículo segundo de la
Resolución No. 1067 del 20 de marzo de 2019, el señor JORGE LUIS FUERBRINGER
BERMEO como candidato y la señora YANETH YOHANA YEPES RAMÍREZ en calidad de
gerente de campaña, presentaron el 09 de mayo de 2019, oficio No. 7129, en el cual remitieron
los descargos en contra del acto administrativo en mención.
1.8. El día 30 de julio de 2019, a través del AUTO-049-HPG-19, se dispuso abrir periodo
probatorio, establecido en el artículo 48 de la ley 1437 de 2011, se ordenó incluir al expediente
las pruebas documentales y practicar pruebas, en los siguientes términos:
“(…) ARTICULO PRIMERO: ABRIR PERÍODO PROBATORIO por el término (30) días
hábiles, contados a partir de la comunicación de esta Auto, de conformidad con lo
establecido en la ley 1437 de 2011.
ARTICULO SEGUNDO: INCORPORAR, al expediente como pruebas documentales:
1. Todos y cada uno de los documentos, anexos y soportes contenidos en los informes
contables “cuenta” de la campaña del señor JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO,
candidato avalado por el PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL PARTIDO LA “U” a
la cámara de Representantes por la circunscripción territorial de CASANARE, con ocasión
a los comicios electorales que se llevaron a cabo el 11 de marzo de 2018.
ARTICULO TERCERO: ORDENAR
Al Fondo Nacional del Financiación Política del Consejo Nacional Electoral que remita con
cargo al expediente con radicado 11596 2018, copia de cada uno de los documentos,
anexos y soportes contenidos en los informes contables de ingresos y gastos “cuenta” de
la campaña del señor JORGE LUIS FUERBRINGER BERMEO, Candidato avalado por el
PARTIDO SOCIAL DE UNIDAD NACIONAL PARTIDO DE LA “U” a la Cámara de
representantes por la circunscripción territorial de CASANARE, con ocasión a los comicios
electorales que se llevaron a cabo el 11 de marzo de 2018; se solicita respuesta dentro de
los cinco días (5) a partir de la respectiva comunicación de este requerimiento.
A la contadora publica adscrita al Fondo Nacional del Financiación Política del Consejo
Nacional Electoral, doctora YANETH YOHANA YEPES RAMIREZ, o quien haga sus
veces, que de alcance al oficio CNE-FNFP-4718 del 10 de octubre de 2018, con el fin de
que precise sobre el manejo de recursos de campaña a través de la cuenta única bancaria
destinada para este fin, e informe los montos de los gastos, como de ingresos que fueron

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