Resolución nº 2020-2802 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938693470

Resolución nº 2020-2802 de Consejo Nacional Electoral

Fecha07 Septiembre 2018
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN No. 2802 de 2020
(septiembre 23)
Por la cual SE ABSUELVE a HERNANDO FRANCISCO CHAMORRO PASINGA, LIA
SUSANA CAMACHO TORRES y JOSÉ ABELARDO MELO CASTRO, candidatos a la
Cámara de Representantes por el departamento del Putumayo, avalados por el Partido Centro
Democrático para las elecciones al Congreso del año 2018, y sus respectivos gerentes de
campaña, JESÚS ORLANDO DÁVILA CAICEDO y CARLOS ANDRÉS MELO OBANDO, de
los cargos formulados y se da por terminada la actuación administrativa adelantada en su
contra, por la presunta vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no realizar la
apertura de la cuenta única bancaria, no administrar y manejar parcialmente los recursos de
campaña a través de la misma, expediente radicado No. 10569-18.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6° del artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el acto legislativo 1 de
2009 y las Ley 130 de 1994 y Ley 1475 de 2011 y con base en los siguientes:
I. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.
1.1. El día 7 de septiembre de 2018, el Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo
Nacional Electoral, remitió a la subsecretaría de esta Corporación , mediante oficio CNE-
FNFP-4215 informe de la contadora pública Andrea Michelle Viloria R., en el cual reporta
una presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, conforme al informe
consolidado de ingresos y gastos presentado por el Partido Centro Democrático, respecto
de la lista avalada para la campaña electoral a la Cámara de Representantes por la
circunscripción territorial de Putumayo, con ocasión a los comicios electorales que se
llevaron a cabo el 11 de marzo de 2018.
“(…) Revisado el informe de Ingresos y Gastos Consolidado de la campaña a la
CÁMARA DE REPRESENTANTES del PARTIDO CENTRO DEMOCRATICO del
Departamento del Putumayo, para las elecciones realizadas el 11 de marzo de 2018,
al respecto me permito informar, que se evidencia una PRESUNTA VIOLACION del
Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, párrafo segundo (…)”. (sic).
Lista de candidatos avalados por el partido:
No.
Nombre del Candidato
Cédula
1
Hernando Francisco Chamorro Pasinga
12965265
2
Lía Susana Camacho Torres
52424380
3
José Abelardo Melo Castro
97470836
1.2. El 6 de septiembre de 2018, la citada contadora realizó informe que remitió al asesor del
Fondo Nacional de Financiación Política, mediante oficio CNE-FNFP 4201, en el cual
plantea:
(…) En el dictamen suscrito por CARLOS ANDRES ALVAREZ LUNA con T.P. No.
122425-T Auditor interno del PARTIDO CENTRO DEMOCRATICO, se evidencian en las
revelaciones el candidato que no apertura la cuenta bancaria, candidato que no dio un
manejo a la cuenta y candidata que maneja de manera parcial la cuenta única bancaria.”
Resolución No. 2802 de 2020 Página 2 de 28
“Por la cual SE ABSUELVE a HERNANDO FRANCISCO CHAMORRO PASINGA, LIA SUSANA CAMACHO TORRES y
JOSÉ ABELARDO MELO CASTRO, en su condición de candidatos a la Cámara de Representantes por el departamento del
Putumayo, avalados por el Partido Centro Democrático para las elecciones al Congreso del año 2018, y sus respectivos
gerentes de campaña, JESÚS ORLANDO DÁVILA CAICEDO y CARLOS ANDRÉS MELO OBANDO, de los cargos
formulados y se da por terminada la actuación administrativa adelantada en su contra, por la presunta vulneración del artículo
25 de la Ley 1475 de 2011, al no realizar la apertura de la cuenta única bancaria, no administrar y manejar parcialmente los
recursos de campaña a través de la misma, expediente radicado No. 10569-18”.
Candidatos que NO abrieron cuenta, y, por ende, NO manejaron los recursos de campaña
a través de la cuenta y designaron Gerente de Campaña, así como el candidato que
abrió la cuenta y el manejo de manera PARCIAL y designo Gerente de Campaña.
No.
Nombre del Candidato
Cedula
Observación
Dictamen
auditoria
Gerente
SI/NO
1
Hernando Francisco Chamorro
12965265
designó
SI
2
Lía Susana Camacho Torres
52424380
designó
SI
3
José Abelardo Melo Castro
97470836
designó
SI
1.3 . De la información reportada por las campañas de los candidatos a la Cámara de
Representantes, por el departamento de Putumayo, de lista avalada por el Partido Centro
Democrático para las elecciones al Congreso de la República del año 2018, fue posible
establecer, además, los gerentes de las citadas campañas del numeral 1.2, que
presuntamente incumplieron con la obligación de realizar apertura de cuenta única, y son
los siguientes:
No.
Nombre del Candidato
dula
Gerente
dula
1
Hernando Francisco Chamorro Pisinga
12965265
Hernando Francisco Chamorro Pisinga
12965265
2
Lía Susana Camacho Torres
52424380
Jesús Orlando Dávila Caicedo
5237642
3
José Abelardo Melo Castro
97470836
Carlos Andrés Melo Obando
1121956937
1.4. Con el informe de ingresos y gastos se anexaron los siguientes soportes que fueron
incorporados como pruebas documentales dentro del expediente radicado No. 10569-18.
Copia del dictamen de auditoria del Partido Centro Democrático, denominado “dictamen
del auditor interno al informe integral de ingresos y gastos de las campañas contenidos en
el formulario 7B y sus respectivos anexos elecciones marzo 11 de 2018”. (3 folios).
Copia del formulario 5B de los candidatos (3 folios):
No
Nombre del Candidato
Cédula
1
Hernando Francisco Chamorro Pisinga
12965265
2
Lía Susana Camacho Torres
52424380
3
José Abelardo Melo Castro
97470836
1.5. Mediante Resolución No. 1074 del 20 de marzo de 2019, la Sala Plena de esta
Corporación, en decisión motivada decidió abrir investigación y formular cargos en contra los
candidatos mencionados y sus respectivos gerentes de campaña, por presuntamente haber
vulnerado el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no realizar la apertura de la cuenta única
bancaria y no administrar integralmente los recursos de la campaña a través de la misma. En
dicha resolución, se corrió traslado para que las partes investigadas presentaran descargos,
frente a las formulaciones realizadas.
1.5. Las correspondientes notificaciones se surtieron, así:
Notificados
Notificación
Fecha de Notificación
Hernando Francisco Chamorro Pisinga
Aviso
21/05/2019
Lía Susana Camacho Torres
Aviso
21/05/2019

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