Resolución nº 2020-3774 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938697535

Resolución nº 2020-3774 de Consejo Nacional Electoral

Fecha27 Octubre 2019
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN N° 3774 de 2020
24 de noviembre
Por medio de la cual se ABSTIENE DE CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN
ADMINISTRATIVA en contra del ciudadano NÉSTOR IVAN PAREDES NARVÁEZ,
identificado con C.C. 11.320.580, por la presunta vulneración al régimen de propaganda
electoral contenido en el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, en concordancia con el artículo
24 de la Ley 130 de 1994, en el marco de las elecciones locales del 27 de octubre de 2019,
en el municipio de Girardot- Cundinamarca, dentro del expediente Rad. 12688-19
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39, literal a), de la Ley 130
de 1994, el artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. El 10 de julio de 2019, la Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional
Electoral, remitió a la Secretaria de la Corporación, la queja anónima, interpuesta en la
página web, de la Unidad de Reacción Inmediata Electoral del Ministerio del Interior (sistema
Uriel), por la presunta propaganda electoral extemporánea, desplegada en el municipio de
Girardot - Cundinamarca por el ciudadano NESTOR IVAN PAREDES NARVAEZ, la
comunicación identificada con el Rad. 12688-19 (folio 2) refiere lo siguiente:
“El Precandidato a la Alcaldía de Girardot por el Partido Liberal, avalado, pero sin
inscripción, está mostrando imágenes alusivas de campaña o propaganda electoral,
en los tiempos que no permite la ley, y un medio de comunicación llamado Noti8
Girardot, difunde un video del Precandidato, donde saca propaganda electoral,
antes de ser autorizado por la ley"
Junto al precitado informe, se allegó una fotografía a blanco y negro, tomada de un
pantallazo de la red social Facebook, del perfil público denominado "Noti 8 Girardot" donde
se puede apreciar presuntamente al ex candidato PAREDES NARVAEZ, y a su espalda una
valla donde se puede observar la frase "NESTOR IVAN PAREDES ALCALDE 2020 - 2023",
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Por medio de la c ual se ABSTIENE DE CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA en contra del c iudadano
NÉSTOR IVAN PAREDES N ARVÁEZ, identificado con C .C. 11.320.580, por la presunta vulneración al régimen de
propaganda electoral c ontenido en el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, en concordancia con el artículo 24 de la Ley 130
de 1994, en el marco de las elecciones locales del 27 de octubre de 2019, en el municipio de Girardot- C undinamarca,
dentro del expediente Rad. 12688-19
y en la parte superior de la fotografía, se encuentra escrito un comentario, que señala lo
siguiente:
Hoy recibe el aval por parte del partido liberal como candidato a la alcaldía de
Girardot el Ingeniero Néstor Iván Paredes Narváez en la ciudad de Bogotá". (Folio
5)
El escrito contiene la siguiente fotografía:
(Folios 2 a 5)
1.2. Por reparto del 17 de julio de 2019, mediante acta número 045, le correspondió al
Honorable Magistrado LUIS GUILLERMO PÉREZ CASAS conocer la denuncia de la posible
propaganda electoral extemporánea realizada contra el señor NÉSTOR IVAN PAREDES
NARVÁEZ , como ex candidato a la alcaldía del municipio de Girardot-Cundinamarca.
1.3. El 24 de julio de 2019, mediante oficio CNE-PFGS-2019-355, con radicado 14083, el
Magistrado PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ SIERRA, remitió copia del radicado 11185- 19, del
21 de junio de 2019, donde se da cuenta de varias denuncias de propaganda electoral
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Por medio de la c ual se ABSTIENE DE CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA en contra del c iudadano
NÉSTOR IVAN PAREDES N ARVÁEZ, identificado con C .C. 11.320.580, por la presunta vulneración al régimen de
propaganda electoral c ontenido en el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, en concordancia con el artículo 24 de la Ley 130
de 1994, en el marco de las elecciones locales del 27 de octubre de 2019, en el municipio de Girardot- C undinamarca,
dentro del expediente Rad. 12688-19
extemporánea, en el municipio de Girardot Cundinamarca, enviadas a través de la página
web, de la Unidad de Reacción Inmediata Electoral del Ministerio del Interior, entre ellas la
queja en contra del ciudadano NESTOR IVAN PAREDES NARVAEZ, por los mismos hechos
materia de la presente investigación, en la citada queja se anexan varios enlaces de la red
social Facebook del perfil público “Alerta Paren Oreja” entre los que se observa la entrevista
del 8 de mayo de 2019 en la cadena de radio RCN
1
(folio 8)
En la denuncia también se anexaron las siguientes fotografías
1
https://www.facebook.com/hfrodrigueza/videos/688565544908210/?t=824

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