Resolución nº 2020-4008 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925288303

Resolución nº 2020-4008 de Consejo Nacional Electoral

Fecha11 Marzo 2018
Año de Publicación2020
RESOLUCIÓN Nº 4008 DE 2020
02 de diciembre
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CAMBIO RADICAL y a la excandidata a la
Cámara de Representantes por el Departamento de NARIÑO, LINAMARIA MONTENEGRO
PORTILLA por el incumplimiento del deber legal de presentación de informes
individuales de ingresos y gastos de campaña, dentro del término legal previsto en el
artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones de Congreso de la
República del 11 de marzo de 2018, bajo Rad. 13609-18.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
artículos 265, numeral 6 de la Constitución Política, 13 de la Ley 1475 de 2011, 47 del
fundamento en los siguientes,
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-5989 radicado con el No. 13609-18, el Asesor del Fondo
Nacional de Financiación Política, remitió a la subsecretaría de la Corporación una
relación de los candidatos y los partidos, movimientos políticos y grupos significativos
de ciudadanos que los avalaron, quienes presuntamente incumplieron la obligación
contenida en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en presentar informe
individual de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones a Congreso de la
República del 2018.
1.2. La Subsecretaría de la Corporación realizó el desglosé de la relación de candidatos
reportados, señalando los candidatos a investigar en el expediente con radicado
13609-18, de la siguiente forma:
CANDIDATURA
DEPARTAMENTO
ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
IDENTIFICACIÓN
CANDIDATO
Cámara de
Representantes
NARIÑO
Partido Cambio
Radical
37008402
LINAMARIA
MONTENEGRO
PORTILLA
Resolución N°4008 de 2020 Página 2 de 22
Por medio de la cual se SANCIONA al PARTIDO CAMBIO RADICAL y a la excandidata a l a Cámara de Representantes
por el Departamento de NARIÑO, LINAMARIA MONTENEGRO PORTILLA por el incumplimiento del deber legal de
presentación de informes individuales de ingresos y gastos de campaña, dentro del t érmino legal previsto en el artículo 25
de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones de Congreso de la República del 11 de marzo de 2018, bajo Rad.
13609-18.
1.3. A través de acta 01 del 09 de enero de 2019, por reparto interno de la Corporación, le
correspondió al despacho del Magistrado Luis Guillermo Pérez Casas avocar
conocimiento del Rad. 13609-18.
1.4. Mediante Resolución No. 1962 de 20 de mayo de 2019 (folios 6 a 12) se abrió
investigación y se formularon cargos contra contra el PARTIDO CAMBIO RADICAL y
a la excandidata a la Cámara de Representantes por el Departamento de NARIÑO,
LINAMARIA MONTENEGRO PORTILLA, por el presunto incumplimiento del deber
legal de presentación de informes individuales de ingresos y gastos de campaña
dentro del término legal previsto en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión
de las elecciones del 11 de marzo de 2018. (Folio 11 a 23)
1.5. La notificación de la resolución de apertura de la investigación y la presentación de
descargos de cada uno de los investigados e intervinientes se realizó de la siguiente
manera:
1.6. Mediante auto del 6 de marzo de 2020, el despacho ponente corre traslado para
alegar de conclusión. La comunicación del auto “Por medio del cual se corre traslado
para presentar alegatos de conclusión” dentro del expediente con radicado 13609-18
se realizó de la siguiente manera:
1.7. Mediante oficio CNE-LGPC-558- 2020, del 27 de agosto de 2020 se solicita a la
subsecretaría de la corporación dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo tercero
de la resolución n° 1962 de 2019, la cual indica;
Investigados
Notificación
Presentó descargos,
fecha y solicitó
pruebas
PARTIDO CAMBIO RADICAL
18/06/2019
(fls. 32 a 34)
No
LINAMARIA MONTENEGRO
PORTILLA
15/07/2019
(fls. 24 a 30)
No
MINISTERIO PÚBLICO
18/06/2019
(Folio 36 y 38)
No
Investigados
Notificación
Presentó descargos,
fecha y solicitó
pruebas
PARTIDO CAMBIO RADICAL
18/06/2019
(fls. 32 a 34)
No
LINAMARIA MONTENEGRO
PORTILLA
15/07/2019
(fls. 24 a 30)
No
MINISTERIO PÚBLICO
18/06/2019
(Folio 36 y 38)
No
Investigados
Comunicación
Venc
término
Presentó Alegatos
PARTIDO CAMBIO RADICAL
12-03-2020
6-04-2020
No
LINAMARIA MONTENEGRO
PORTILLA
16-03-2020
7-04-200
No
MINISTERIO PÚBLICO
12-03-2020
6-04-2020
No

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