Resolución nº 2020-4109 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 938696350

Resolución nº 2020-4109 de Consejo Nacional Electoral

Año de Publicación2020
Fecha16 Diciembre 2020
RESOLUCIÓN No. 4109 de 2020
(16 de diciembre)
Por medio de la cual se ABSTIENE DE CONTINUAR la actuación administrativa iniciada contra
el excandidato a la Cámara de Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C.,
ALEXANDER BUSTOS CARRERO y contra su exgerente de campaña, la ciudadana
GUIOVANNA MURILLO GUTIERREZ y se SANCIONA a la excandidata a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., SIDNEY SANCHEZ ROJAS y
a su exgerente de campaña MAXIEL SIDNEY VEGA SANCHEZ, avalados por el Partido
Alianza Verde, por la vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de la no
apertura de la cuenta única bancaria para el manejo de recursos de campaña para las
elecciones al Congreso de la República realizadas el día 11 de marzo de 2018, dentro del
expediente No. 12620-18.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley Estatutaria 130 de
1994, y el artículo 13 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-5303, radicado el día 21 de noviembre de 2018, la contadora
pública Luz Stella Medina Contreras, adscrita al Fondo Nacional de Financiación Política del
Consejo Nacional Electoral, remitió al Asesor de la mencionada dependencia, Álvaro Campos
Medina, la revisión del Informe de la campaña a la Cámara de Representantes en
circunscripción electoral de Bogotá D.C., avalada por el PARTIDO ALIANZA VERDE, para las
elecciones del 11 de marzo de 2018, en los siguientes términos:
“(…) Revisado el Informe de Ingresos y Gastos Consolidado de la campaña a la
CAMARA, por la circunscripción electoral de BOGOTÁ, de la lista avalada por el
PARTIDO ALIANZA VERDE, para las elecciones de CONGRESO, realizadas el 11 de
marzo de 2018, al respecto me permito informar, que se observa una PRESUNTA
VIOLACIÓN del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, párrafo primero y segundo. (…)”
(…)
Candidatos que NO abrieron la cuenta
No.
NOMBRE DEL CANDIDATO
CÉDULA
OBSERVACIONES
DICTAMEN
AUDITOR
CUENTA ÚNICA
GERENTE
DE
CAMPAÑA
TOTAL
GASTOS
1
79885311
NO APERTURO
DESIGNO
$ 2.389.450
SI
2
65716822
NO APERTURO
DESIGNO
63.237.000
SI
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Por medio de la cual se ABSTIENE DE CONTINUAR la actuación administrativa iniciada contra el excandidato a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., ALEXANDER BUSTOS CARRERO y contra su exgerente de
campaña, la ciudadana GUIOVANNA MURILLO GUTIERREZ y se SANCIONA a la excandidata a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., SIDNEY SANCHEZ ROJAS y a su ex gerente de c ampaña
MAXIEL SIDNEY VEGA SANCHEZ, avalados por el Partido Alianza Verde, por la vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, con ocasión de la no apertura de la cuenta única bancaria para el manejo de recursos de campaña para las elecciones al
Congreso de la República realizadas el día 11 de marzo de 2018, dentro del expediente No. 12620-18.
En el dictamen suscrito por el Contador Público GUILLERMO ENRIQUE RODRIGUEZ
RAMIREZ con T.P No.3465-T Auditor Interno del PARTIDO ALIANZA VERDE, infiere
que "Se evidencia que los candidatos dieron cumplimiento al artículo 25 de la Ley
1475 de 2011, en relación con el nombramiento del gerente de campaña, y en cuanto
al manejo de los recursos a través de la cuenta única de campaña, lo cual detalla la
forma como los candidatos manejaron sus recursos. (…)”
1.2. Correspondió por reparto interno de negocios del día 27 de noviembre de 2018, al
Magistrado JORGE ENRIQUE ROZO RODRÍGUEZ, actuar como ponente en el asunto bajo
radicado No. 12620-18.
1.3. El Despacho Ponente, mediante Auto No 15 de fecha 7 de diciembre de 2018, decidió
avocar conocimiento e iniciar indagación preliminar en lo referente a la presunta trasgresión de
las normas sobre administración de los recursos de las campañas electorales, de los
excandidatos a la Cámara por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., ALEXANDER
BUSTOS CARRERO, SIDNEY SANCHEZ ROJAS, JULIAN ESPINOSA ORTÍZ, DANIEL
ANTONIO MANTILLA CHAPARRO y WILLIAM ALEJANDRO RIVERA CAMERO y de los
exgerentes, GUIOVANNA MURILLO GUTIERREZ, MAXIEL SIDNEY VEGA, PABLO EMILIO
ALFONSO MARTINEZ, IVAN MANTILLA CHAPARRO Y OMAR ALFREDO ROJAS CAMACHO
y contra el PARTIDO ALIANZA VERDE, concretamente frente a la no apertura de la cuenta
única bancaria y el manejo parcial de los recursos de campaña a través de la misma para las
elecciones realizadas el 11 de marzo de 2018.
1.4. Mediante Resolución 0901 del 25 de febrero del 2020, el Consejo Nacional Electoral,
abrió investigación administrativa y formulo cargos contra los excandidatos a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., ALEXANDER BUSTOS
CARRERO y SIDNEY SANCHEZ ROJAS y contra sus exgerentes de campaña GUIOVANNA
MURILLO GUTIERREZ y MAXIEL SIDNEY VEGA, por la presunta violación a lo dispuesto en
el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, concretamente por la no apertura de cuenta única para la
administración de recursos de campaña, frente a las elecciones celebradas el 11 de marzo de
2018, y se dio por terminada la actuación administrativa adelantada contra los excandidatos
JULIAN ESPINOSA ORTÍZ, DANIEL ANTONIO MANTILLA CHAPARRO y WILLIAM
ALEJANDRO RIVERA CAMERO, sus exgerentes de campaña PABLO EMILIO ALFONSO
MARTINEZ, IVAN MANTILLA CHAPARRO Y OMAR ALFREDO ROJAS CAMACHO y contra el
PARTIDO ALIANZA VERDE. En dicho Acto Administrativo se concedió a los investigados y al
Ministerio Público el término de quince (15) días hábiles a partir de la notificación, para que
presentara los descargos, aportaran y/o solicitaran la práctica de pruebas que pretendieran
hacer valer dentro del proceso.
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Por medio de la cual se ABSTIENE DE CONTINUAR la actuación administrativa iniciada contra el excandidato a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., ALEXANDER BUSTOS CARRERO y contra su exgerente de
campaña, la ciudadana GUIOVANNA MURILLO GUTIERREZ y se SANCIONA a la excandidata a la Cámara de
Representantes por la circunscripción electoral de Bogotá D.C., SIDNEY SANCHEZ ROJAS y a su ex gerente de c ampaña
MAXIEL SIDNEY VEGA SANCHEZ, avalados por el Partido Alianza Verde, por la vulneración del artículo 25 de la Ley 1475 de
2011, con ocasión de la no apertura de la cuenta única bancaria para el manejo de recursos de campaña para las elecciones al
Congreso de la República realizadas el día 11 de marzo de 2018, dentro del expediente No. 12620-18.
1.5. El Despacho Sustanciador evidenció, que en el mencionado Acto Administrativo se
omitió incluir en la parte resolutiva al señor MAXIEL SIDNEY VEGA SANCHEZ, exgerente de
campaña de la excandidata a la Cámara de Representantes por la circunscripción electoral de
Bogotá D.C, Sidney Sánchez Rojas, por lo cual, mediante Resolución aclaratoria No 2166 del
2020, se ordenó notificar al mentado ciudadano de la apertura de investigación y formulación
de cargos por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011,
respecto a la no apertura de cuenta única bancaria para la administración de recursos de
campaña, para las elecciones de Congreso de la República realizadas el 11 de marzo de 2018
y en lo demás atenerse a lo resuelto en la Resolución 0901 del 25 de febrero de 2020. En
dicho acto administrativo se le concedió al exgerente el término de quince (15) días hábiles a
partir de la notificación, para que presentara los descargos, aportara y/o solicitara la práctica de
pruebas que pretendiera hacer valer dentro del proceso.
1.6. La Resolución No 2166 del 2020, fue notificada al exgerente MAXIEL SIDNEY VEGA
SANCHEZ a través de la Subsecretaría de la Corporación, respetando el procedimiento
dispuesto para tal fin en la Ley 1437 de 2011, el día 27 de agosto del 2020. Sin embargo,
surtido el término previsto para presentar descargos, el investigado no presentó ningún escrito.
1.7. La Resolución No. 0901 del 2020, fue notificada a los investigados y al Ministerio
Público a través de la Subsecretaría de la Corporación, respetando el procedimiento dispuesto
para tal fin en la Ley 1437 de 2011, en las siguientes fechas:
INVESTIGADO
FECHA DE
NOTIFICACIÓN
ALEXANDER BUSTOS CARRERO
18-03-20
SIDNEY SANCHEZ ROJAS
06-07-20
GUIOVANNA MURILLO GUTIERREZ
06-07-20
MINISTERIO PÚBLICO
06-03-20
Teniendo en cuenta la emergencia sanitaria, declarada en todo el territorio nacional, por causa
del coronavirus COVID-19, mediante las Resoluciones No. 1385, 1696 ,1836 de 2020, el
Consejo Nacional Electoral, decidió suspender los términos en todas las actuaciones
administrativas y sancionatorias que adelanta esta Entidad, desde el 17 de marzo del 2020.

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