Resolución Nº 2020121011505 de Superintendencia de Economía Solidaria, 1 diciembre 2020 - Normativa - VLEX 864917380

Resolución Nº 2020121011505 de Superintendencia de Economía Solidaria, 1 diciembre 2020

Número de resolución2020121011505
Año2020
Fecha01 Diciembre 2020
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
RESOLUCION 2020121011505 DE
1 de diciembre de 2020
Por la cual se adopta la actualización del Modelo Estándar de Control Interno MECI en la
Superintendencia de la Economía Solidaria
EL SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 3° del artículo 5º del
Decreto 186 del 26 de enero de 2004,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su Artículo 209, establece que “La Administración Pública, en todos
sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Que por su parte, el Artículo 269 de la Constitución Política establece que “En las entidades públicas,
las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus
funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, de conformidad con lo que disponga la Ley
()”.
Que respecto de la responsabilidad del Control Interno, la ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen
normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras
disposiciones”, dispuso en el Artículo 1° que el control interno es “el sistema integrado por el
esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y
mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas
las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los
recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las
políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos”, y en el Artículo
que El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades
públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No
obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia
del Control Interno, también será la responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas
dependencias de las entidades y organismos”.
Que a través de la Resolución N° 2014121013535 del 24 de diciembre de 2014, se adoptó el Manual
del Modelo Estándar de Control Interno - MECI versión 2014, en la Superintendencia de la Economía
Solidaria.
Que el artículo 2.2.23.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017 estableció
que “El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se
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