Resolución nº 2021-0385 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925341721

Resolución nº 2021-0385 de Consejo Nacional Electoral

Fecha04 Febrero 2021
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 0385 DE 2021
(04 DE FEBRERO)
Por medio de la cual se DA POR TEMINADA la investigación administrativa iniciada contra
MARCELA ARCHILA RUIZ, DIEGO ALEJANDRO RODRIGUEZ NARANJO, RICARDO
ARIAS MACIAS, FABIO ALONSO PARDO, JOSE IGNACIO GUTIERREZ MARTÍNEZ,
LILIANA JUDITH MEDINA TRIANA, MADELEIN RUBBY DIAZ TORRES, JANNETH
IVONNE BOLIVAR PAEZ, CLAUDIA CAROLINA ALFONSO PALACIOS, ANGELICA
GIOVANNA NARVAEZ GARCIA, WILLIAM ANDRES ORTIZ GONZALES, ANDRES FELIPE
RANGEL GOMEZ, y CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO, candidatos a la cámara de
representantes por la circunscripción Electoral de la ciudad de Bogotá D.C., de la lista avalada
por de la lista avalada por el partido político PARTIDO COLOMBIA JUSTAS LIBRES, contra
el Gerente de esa campaña, el Sr. GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA y contra el
PARTIDO POLÍTICO COLOMBIA JUSTA LIBRES en elecciones realizadas el pasado 11 de
marzo de 2018, por la presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011 conforme el
expediente con radicado 12619-18.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
artículo 265 de la Constitución Política, la Ley 130 de 1994, la Ley 1475 de 2011 y con
fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE - FNFP 5332, radicado ante esta corporación el 21 de
noviembre de 2018, el asesor del fondo nacional de financiación política, allegó a esta
Corporación el respectivo informe de ingresos y gastos consolidado de la campaña a la
CÁMARA DE REPRESENTANTES de la ciudad de Bogotá D.C. de la lista avalada por el
grupo significativo de ciudadanos COLOMBIA JUSTAS LIBRES en las elecciones del 2018, y
en el cual se evidencia una PRESUNTA VULNERACION del artículo 25 de la ley 1475 de
2011.
1.2. El día 18 de febrero se profirió auto que AVOCA CONOCIMIENTO del expediente con
radicado 12619-18, correspondiente a la presunta transgresión a lo establecido en el artículo
25 de la ley 1475 de 2011, en cuanto a la no apertura de la cuenta única bancaria y manejo
de los recursos de campaña a través de la misma, por parte de los ciudadanos MARCELA
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Por medio de la cual se DA POR TEMINADA la investigación administrativa iniciada contra MARCELA ARCHILA RUIZ, DIEGO ALEJANDRO RODRIGUEZ
NARANJO, RICARDO ARIAS MACIAS, FABIO ALONSO PARDO, JOSE IGNACIO GUTIERREZ MAR TÍNEZ, LILIANA JUDITH MEDINA TRIANA, MADELEIN
RUBBY DIAZ TORRES, JANNETH IVONNE BOLIVAR PAEZ, CLAUDIA CAROLINA ALFONSO PALACIOS, ANGELICA GIOVANNA NA RVAEZ GARCIA,
WILLIAM ANDRES ORTIZ GONZALES, ANDRES FELIPE RAN GEL GOMEZ, y CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO, candidatos a la cámara de
representantes por la circunscripción Electoral d e la ciudad de Bogotá D.C., de la lista avalada por de la lista avalada por el partido político PARTIDO
COLOMBIA JUSTAS LIBRES, contra el Gerente de esa campaña, el Sr. GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA y contra el PARTIDO POLÍTICO COLOMBIA
JUSTA LIBRE S en elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018, por la presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011 conforme el
expediente con radicado 12619-18.
ARCHILA RUIZ, DIEGO ALEJANDRO RODRIGUEZ NARANJO, RICARDO ARIAS
MACIAS, FABIO ALONSO PARDO, JOSE IGNACIO GUTIERREZ MARTÍNEZ, LILIANA
JUDITH MEDINA TRIANA, MADELEIN RUBBY DIAZ TORRES, JANNETH IVONNE
BOLIVAR PAEZ, CLAUDIA CAROLINA ALFONSO PALACIOS, ANGELICA GIOVANNA
NARVAEZ GARCIA, WILLIAM ANDRES ORTIZ GONZALES, ANDRES FELIPE RANGEL
GOMEZ, y CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO, ex candidatos a la cámara de
representantes por la circunscripción Electoral de la ciudad de Bogotá D.C., de la lista avalada
por el Grupo Significativo de Ciudadanos COLOMBIA JUSTAS LIBRES para las elecciones
del pasado 11 de marzo de 2018.
1.3. El 27 de agosto se profirió Resolución 4414 de 2019 ABRE INVESTIGACIÓN Y
SE FORMULAN CARGOS contra algunos candidatos a la Cámara de Representantes por la
Circunscripción Electoral de la ciudad de Bogotá D.C., de la lista avalada por el Grupo
significativo de ciudadanos COLOMBIA JUSTAS LIBRES, así como contra los Gerente de
esas campañas y el GRUPO SIGNIFICATIVO DE CIUDADANOS COLOMBIA JUSTA
LIBRES en elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018, por la presunta vulneración
del artículo 25 de la ley 1475 de 2011, conforme el expediente con radicado 12619-18.
1.4. El día 17 de septiembre de 2019 se realizó comunicación de la Resolución N° 4414 de
2019 al señor JORGE ENRIQUE SANJUAN GALVEZ, procurador segundo delegado para la
sala disciplinaria por vía de correo electrónico.
1.5. El día 23 de septiembre de 2019 se realizó diligencia de notificación personal al señor
WILLIAM ANDRÉS ORTÍZ GONZÁLEZ de la resolución N° 4414 de 27 de agosto de 2019.
1.6. El Día 24 de septiembre de 2019 mediante documento con radicado CNE-SS-
JCC/23703/CAMM/201900012619-00, se realiza diligencia de notificación personal al señor
GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA, de la resolución N° 4414 de 27 de agosto de 2019.
Los señores.
1.7. El Día 24 de septiembre de 2019 mediante documento allegado a esta corporación, la
señora ANGELICA GIOVANNA NARVAEZ GARCIA autoriza sea notificada por intermedio del
señor GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA, de la resolución N° 4414 de 27 de agosto de
2019.
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Por medio de la cual se DA POR TEMINADA la investigación administrativa iniciada contra MARCELA ARCHILA RUIZ, DIEGO ALEJANDRO RODRIGUEZ
NARANJO, RICARDO ARIAS MACIAS, FABIO ALONSO PARDO, JOSE IGNACIO GUTIERREZ MAR TÍNEZ, LILIANA JUDITH MEDINA TRIANA, MADELEIN
RUBBY DIAZ TORRES, JANNETH IVONNE BOLIVAR PAEZ, CLAUDIA CAROLINA ALFONSO PALACIOS, ANGELICA GIOVANNA NA RVAEZ GARCIA,
WILLIAM ANDRES ORTIZ GONZALES, ANDRES FELIPE RAN GEL GOMEZ, y CARLOS EDUARDO ACOSTA LOZANO, candidatos a la cámara de
representantes por la circunscripción Electoral d e la ciudad de Bogotá D.C., de la lista avalada por de la lista avalada por el partido político PARTIDO
COLOMBIA JUSTAS LIBRES, contra el Gerente de esa campaña, el Sr. GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA y contra el PARTIDO POLÍTICO COLOMBIA
JUSTA LIBRE S en elecciones realizadas el pasado 11 de marzo de 2018, por la presunta vulneración del artículo 25 de la ley 1475 de 2011 conforme el
expediente con radicado 12619-18.
1.8. El Día 24 de septiembre de 2019, por medio de correo electrónico allegado a la
corporación, el señor CARLOS EDUARDO ACOSTA autoriza sea notificado por intermedio
del señor GABRIEL EDUARDO CASTRO ARDILA de la resolución N° 4414 del 27 de agosto
de 2019.
1.9. El día 26 de septiembre de 2019, estando dentro de los términos concedidos, el señor
WILLIAM ANDRÉS ORTÍZ GONZÁLEZ envía mediante escrito 201900026955-00 escrito de
descargos y solicita la práctica de la prueba siguiente:
“(…) Solicito se oficie a Bancolombia y que esta entidad bancaria certifique que
no me dió el llamado “token”, el cual se requería para hacer el manejo de la
cuenta a mi nombre.”
1.10. El Día 26 de septiembre de 2019, se realizó diligencia de notificación personal a la
señora LILIANA JUDITH MEDINA TRIANA, de la resolución N° 4414 del 27 de agosto de
2019.
1.11. El día 30 de septiembre de 2019, se notificó por medio de correo electrónico autorizado
al señor RICARDO ARIAS, de la resolución N° 4414 del 27 de agosto de 2019.
1.12. El Día 5 de octubre se notificó por medio de correo electrónico autorizado al señor
FABIO ALONSO PARDO, de la resolución N° 4414 del 27 de agosto de 2019.
1.13. El Día 7 de octubre de 2019, se notificó por medio de correo electrónico autorizado al
señor ANDRES FELIPE RANGEL GÓMEZ, de la resolución N° 4414 del 27 de agosto de
2019.
1.14. El Día 7 de octubre de 2019, se notificó por medio de correo electrónico autorizado al
señor DIEGO RODRIGUEZ NARANJO, de la resolución N° 4414 del 27 de agosto de 2019.
1.15. El Día 18 de diciembre de 2019 mediante documento con radicado CNE-SS-
JCC/27004/CAMM/201900012619-00, se notifica por medio de aviso por fijación en cartelera
a las señoras JANNETH IVONNE BOLIVAR PAEZ y MARCELA ARCHILA RUIZ, de la
resolución N° 4414 del 27 de agosto de 2019.

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