Resolución nº 2021-0660 de Consejo Nacional Electoral - Normativa - VLEX 925371764

Resolución nº 2021-0660 de Consejo Nacional Electoral

Fecha17 Febrero 2021
Año de Publicación2021
RESOLUCIÓN No. 0660 DE 2021
(17 de febrero)
Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos a la Cámara de Representantes por
la Circunscripción Electoral de SANTANDER, JORGE EVELIO PALOMINO LÓPEZ,
MARTHA VIVIANA GIL LÓPEZ, STEPHANIE EILLEN CECILIA TELLEZ, JOHNNY
WALTER PEÑALOZA NIÑO, JENNY ROCÍO SEPÚLVEDA BLANCO y a sus exgerentes
de campaña EDILSON YAMID ROMERO CASTELLANOS, DEICY JOHANNA CARRILLO
RODRIGUEZ, ESTEBAN CAMILO TELLEZ ROMERO, CESAR AUGUSTO OSORIO
OSORIO, EDUIN ALEXIS VARGAS ROJAS y SE ABSUELVE DE LOS CARGOS
FORMULADOS al PARTIDO CAMBIO RADICAL y al excandidato OSCAR HOMERO
SERRANO AGUDELO, y su exgerente de campaña LUZ ALEXANDRA SUAREZ
BARAJAS, investigados por el incumplimiento de los deberes previstos en el artículo 25 de
la Ley 1475 de 2011, con referencia a la apertura de la cuenta única bancaria, y a la
administración de los recursos de campaña a través de esta, con ocasión de las elecciones
del 11 de marzo de 2018. dentro del expediente No.1016-19.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
numeral 6 del artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, el
artículo 13 de la Ley 1475 de 2011, el artículo 47 del Código de Procedimiento Administrativo
y de lo Contencioso Administrativo, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-0224, radicado con el N° 1016-19 del 4 de febrero de
2019, el asesor del Fondo Nacional de Financiación Política remitió a la
Subsecretaría de la Corporación el oficio CNE-FC-192 del 30 de enero de 2019, por
el cual el contador del mismo Fondo reportó que según el Alcance al Dictamen del
Auditor Interno del PARTIDO CAMBIO RADICAL, unos de sus candidatos de la lista
a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Electoral de SANTANDER,
no dieron apertura a la cuenta única y no manejaron los recursos a través de esta
o, dando apertura a la cuenta única bancaria, la manejaron parcialmente. En el
siguiente cuadro, se individualizan las conductas:
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Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Electo ral de
SANTANDER, JORGE EVELIO PALOMINO LÓPEZ, MARTHA VIVIANA GIL LÓPEZ, STEPHANIE EILLEN CECILIA
TELLEZ, JOHNNY WALTER PEÑALOZA NIÑO, JENNY ROCÍO SEPÚLVEDA BL ANCO y a sus exgerentes de campaña
EDILSON YAMID ROMERO CASTELLANOS, DEICY JOHANNA CARRILLO RODRIGUEZ, ESTEBAN CAMILO TELLEZ
ROMERO, CESAR AUGUSTO OSORIO OSORIO, EDUIN ALEXIS VARGAS ROJAS y SE ABSUELVE DE LOS CARGOS
FORMULADOS al PARTIDO CAMBIO RADICAL y al excandidato OSCAR HOMERO SERRANO AGUDELO, y su exgerente
de campaña LUZ ALEXANDRA SUAREZ BARAJAS, investigados por el incumplimiento de los deberes previstos en el
artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con referencia a la apertura de la cuenta única bancaria, y a la administración de los
recursos de campaña a través de esta, con ocasión de las elecciones del 11 de marzo de 2018. dentro del expediente
No.1016-19.
NOMBRE Y CÉDULA
Apertura de
cuenta única
Administró recursos a
través de cuenta única
bancaria
1
JORGE EVELIO PALOMINO LÓPEZ C.C. 5.600.275
NO
NO
2
MARTHA VIVIANA GIL LÓPEZ C.C. 1.095.908.612
NO
NO
3
STEPHANIE EILLEN CECILIA TELLEZ ROMEROC.C.
1.098.659.465
NO
NO
4
JOHNNY WALTER PEÑALOZA NIÑO C.C. 91.455.610
SI
PARCIAL
5
OSCAR HOMERO SERRANO AGUDELO C.C. 13.513.049
SI
PARCIAL
6
JENNY ROCÍO SEPÚLVEDA BLANCO C.C. 1.098.711.731
SI
PARCIAL
Abonado a lo anterior, el reporte está basado, a su vez, en el alcance al dictamen del auditor
Interno del Partido Cambio Radical, así:
I. El Informe individual de ingresos y gastos de las campañas de seis (6) excandidatos
de la lista avalada por el PARTIDO CAMBIO RADICAL, que incumplieron el deber legal
consagrado en el art. 25 de la Ley 1475 de 2011, formularios 5B.
II. El histórico del potencial electoral nacional, para las elecciones al Congreso de la
República del 11 de marzo de 2018.
1.2. Mediante acta de reparto N° 004 del 11 de febrero de 2019, es asignado el asunto con
Radicado N°.1019-19, al Magistrado LUIS GUILLERMO PÉREZ CASAS.
1.3. Mediante Resolución 1938 de 20 de mayo de 2019, esta Corporación resolvió abrir
investigación y formular cargos contra el Partido CAMBIO RADICAL y seis (6) excandidatos
a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Electoral de SANTANDER, y contra
sus respectivos gerentes de campaña, por el presunto incumplimiento al deber de abrir
cuenta única bancaria para administrar los recursos de campaña o, abrir la cuenta y
administrar parcialmente los recursos de campaña, a través de esta, según lo previsto en el
artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con ocasión de las elecciones del 11 de marzo de 2018,
dentro del expediente No. 1016-19.
En dicho proveído se ordenó conceder de conformidad con la Ley Estatutaria 1475 de 2011,
a los excandidatos, exgerentes de campaña investigados y al Representante Legal de la
Organización Política, el término de quince (15) días hábiles siguientes al de la notificación
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Por medio de la cual se SANCIONA a los excandidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Electo ral de
SANTANDER, JORGE EVELIO PALOMINO LÓPEZ, MARTHA VIVIANA GIL LÓPEZ, STEPHANIE EILLEN CECILIA
TELLEZ, JOHNNY WALTER PEÑALOZA NIÑO, JENNY ROCÍO SEPÚLVEDA BL ANCO y a sus exgerentes de campaña
EDILSON YAMID ROMERO CASTELLANOS, DEICY JOHANNA CARRILLO RODRIGUEZ, ESTEBAN CAMILO TELLEZ
ROMERO, CESAR AUGUSTO OSORIO OSORIO, EDUIN ALEXIS VARGAS ROJAS y SE ABSUELVE DE LOS CARGOS
FORMULADOS al PARTIDO CAMBIO RADICAL y al excandidato OSCAR HOMERO SERRANO AGUDELO, y su exgerente
de campaña LUZ ALEXANDRA SUAREZ BARAJAS, investigados por el incumplimiento de los deberes previstos en el
artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, con referencia a la apertura de la cuenta única bancaria, y a la administración de los
recursos de campaña a través de esta, con ocasión de las elecciones del 11 de marzo de 2018. dentro del expediente
No.1016-19.
de la Resolución, para responder a los cargos formulados, así como para aportar y/o solicitar
la práctica de pruebas. Se tuvo en cuenta que los términos procesales en todas las
actuaciones administrativas del Consejo Nacional Electoral estuvieron interrumpidos a partir
del 17 de marzo, hasta el 31 de mayo de 2020, para un total de setenta y seis (76) días
calendario, dadas las medidas decretadas por el Gobierno Nacional en todo el país, debido a
la Emergencia Sanitaria.
1.4. La Resolución 1938 de 2019 fue notificada al Ministerio Público, el 10 de julio de 2019 y
a los demás investigados conforme al artículo 56, 67 y siguientes del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. de la siguiente manera:
No
.
Excandidatos y Partido investigados
Notificaciones
Fecha de
presentación
de descargos
1
JORGE EVELIO PALOMINO LÓPEZ
C.C. 5.600.275
18/07/2019
No presento
2
MARTHA VIVIANA GIL LÓPEZ
C.C. 1.095.908.612
18/07/2019
No presento
3
STEPHANIE EILLEN CECILIA TELLEZ
C.C. 1.098.659.465
18/07/2019
No presento
4
JOHNNY WALTER PEÑALOZA NIÑO
C.C. 91.455.610
16/07/2019
No presento
5
OSCAR HOMERO SERRANO AGUDELO
C.C. 13.513.049
02/08/2019
29/07/2019
6
JENNY ROCÍO SEPÚLVEDA BLANCO C.C.
1.098.711.731
18/07/2019
No presento
7
PARTIDO CAMBIO RADICAL
10/07/2019
No presento
No
.
Gerentes de campaña
Notificaciones
Fecha de
presentación
de descargos
1
EDILSON YAMID ROMERO CASTELLANOS
C.C. 1.097.638.604
25/02/2020
No presento
2
DEICY JOHANNA CARRILLO RODRÍGUEZ
C.C. 63.514.944
18/07/2019
No presento
3
ESTEBAN CAMILO TELLEZ ROMERO
C.C. 1.098.681.409
18/07/2019
No presento
4
CÉSAR AUGUSTO OSORIO OSORIO
C.C. 91.495.075
28/08/2019
No presento

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